Brunete (BOCM-20231017-47)
Urbanismo. Estatutos junta compensación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 247

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE OCTUBRE DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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BRUNETE
OTROS ANUNCIOS

En Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Brunete, en sesión celebrada el 20 de
julio de 2023, se adoptó el siguiente acuerdo:
RESOLUCIÓN
Primero.—Aprobar definitivamente las bases y estatutos de la Junta de Compensación
del sector SR7 “La Pellejera”, con los ajustes no sustanciales presentados mediante el escrito aportado por el promotor con registro de entrada 1362 de 9 de junio de 2023.
Segundo.—Estimar parcialmente la alegación presentada por Manuel Avilés García,
con RE 1096 de 25 de febrero de 2019, en base al informe técnico de 6 de mayo de 2019.
Tercero.—Nombrar representante del Ayuntamiento ante en el órgano rector de la
mencionada Junta de Compensación, al concejal de Urbanismo del Ayuntamiento, cargo
que actualmente recae en don Eduardo Recio Álvarez.
Cuarto.—Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el acuerdo de aprobación definitiva, incluyendo el texto completo de bases y estatutos.
Quinto.—Notificar individualmente el acuerdo de aprobación definitiva a todos los
propietarios afectados y a los interesados que hayan comparecido en el mismo. Los propietarios que no hubiesen formado parte de la iniciativa de desarrollo deberán incorporarse a
la Junta, dentro del mes siguiente a la notificación individualizada de la aprobación definitiva de los estatutos y bases de actuación.
Transcurrido este plazo, serán expropiados a favor de la Junta de Compensación todos
los propietarios que no se hubieran incorporado a ella.
Sexto.—Requerir a los interesados para que procedan a la constitución de la Junta de Compensación mediante escritura pública, en las que se designarán los cargos del órgano rector.
SECTOR 7 “LA PELLEJERA” DEL PLAN GENERAL
DE ORDENACIÓN URBANA DE BRUNETE
BASES DE ACTUACIÓN
La Junta de Compensación del Sector-7 “La Pellejera” del Plan General de BruneteMadrid y sin perjuicio del régimen estatutario que definitivamente resulte, ajustará su actuación a las siguientes Bases:

1. El ámbito es el que resulta de la ficha de planeamiento del Sector-7 “La Pellejera”
del Plan General Ordenación Urbana de Brunete-Madrid una vez aprobada definitivamente
su revisión por la Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de noviembre de 2012, aprobación
definitiva que fue publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 83, de 9 de abril de 2013, teniendo lugar la publicación de las Normas Urbanísticas en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 111, de 11 de mayo de 2013.
Por acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Madrid de 20 de mayo de 2019 fue aprobado definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras del PGOU de Brunete y de las ordenaciones pormenorizadas que incorpora (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 126, de 29 de mayo de 2019).
2. Para el desarrollo del citado PGOU y con carácter previo a su aprobación, la Sociedad AKN España, S. L. (actualmente, La Finca Real Estate Management, S. L.) suscribió el 24 de mayo de 2001 un Convenio Urbanístico Normativo y de Gestión del Sector-7
“La Pellejera”, en el que se establecían los criterios y compromisos para la inclusión del
ámbito como Suelo Urbanizable Sectorizado en la citada revisión del PGOU, así como los
compromisos de desarrollo y ejecución y la compensación económica sustitutoria de la ce-

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I. Ámbito