D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231017-27)
Convenio – Convenio de colaboración de 27 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio para la formación práctico-clínica de los alumnos del grado de enfermería
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BOCM
Pág. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 247
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
Tercero
Que la Universidad Alfonso X el Sabio (en lo sucesivo, la Universidad), es una universidad privada reconocida legalmente por Ley 9/1993, de 19 de abril, teniendo entre sus
objetivos esenciales la ampliación del conocimiento a través de la investigación, y siendo
uno de sus fines la difusión, la valoración y la transferencia del conocimiento para ponerlo
al servicio de la ciencia, la técnica, la cultura, la calidad de vida y el desarrollo económico.
Asimismo, la Universidad, actuando en virtud de la autonomía universitaria reconocida en el artículo 3.2.q) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá establecer relaciones con otras entidades para desarrollar algunas de las funciones que le son propias.
Cuarto
Que para atender al objetivo de adecuación entre la función docente de la Universidad y
la función asistencial de las instituciones sanitarias establecido por la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, y por las Leyes 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y LOSCAM,
las universidades, conforme a lo dispuesto en el apartado a) del punto 1.o del anexo III, del
Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios,
deben garantizar en las enseñanzas de Medicina, Enfermería y Fisioterapia, la disponibilidad de un hospital y tres centros de atención primaria (de titularidad pública o privada) con
base en un convenio en el caso de las universidades privadas.
Quinto
Que la Comunidad de Madrid comparte, por tanto, con la Universidad Alfonso X el
Sabio, el interés en la formación de profesionales de la salud del grado de Enfermería, y el
fomento de actividades que contribuyan a un mejor desarrollo del conocimiento, no sólo de
las profesiones sanitarias, sino también de aquellas otras de cuyo buen hacer y adecuado soporte depende, en buena medida, el funcionamiento de los centros sanitarios.
Por los motivos expuestos las partes acuerdan suscribir el presente convenio con base
en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto de este convenio es establecer los términos y condiciones que regirán la relación entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio para la formación práctico clínica de
la enseñanza del grado de Enfermería que imparte dicha universidad.
Segunda
1. La Consejería de Sanidad y el SERMAS ponen a disposición de la Universidad, a
efectos docentes de la práctica clínica, los centros y servicios sanitarios que se especifican
en el anexo I.
2. Para la consecución del objeto del convenio, deberá conseguirse una plena y adecuada coordinación entre los diferentes dispositivos sanitarios de los centros asistenciales
y el programa formativo, de forma que pueda compatibilizarse el desarrollo de las actividades docentes con la actividad asistencial, respetando, en todo caso, las necesidades de organización y de gestión de los centros asistenciales.
3. La distribución de los alumnos se adaptará a la capacidad estructural y de soporte
de los centros asistenciales, debiendo respetar la Universidad el número máximo de alumnos que se establezca en cada uno de ellos para cada curso académico.
BOCM-20231017-27
Centros y servicios sanitarios adscritos al convenio
Pág. 302
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 17 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 247
obrar para el cumplimiento de sus fines, teniendo entre sus funciones la gestión de los centros, servicios y establecimientos sanitarios adscritos al mismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece su régimen jurídico y de funcionamiento.
Tercero
Que la Universidad Alfonso X el Sabio (en lo sucesivo, la Universidad), es una universidad privada reconocida legalmente por Ley 9/1993, de 19 de abril, teniendo entre sus
objetivos esenciales la ampliación del conocimiento a través de la investigación, y siendo
uno de sus fines la difusión, la valoración y la transferencia del conocimiento para ponerlo
al servicio de la ciencia, la técnica, la cultura, la calidad de vida y el desarrollo económico.
Asimismo, la Universidad, actuando en virtud de la autonomía universitaria reconocida en el artículo 3.2.q) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá establecer relaciones con otras entidades para desarrollar algunas de las funciones que le son propias.
Cuarto
Que para atender al objetivo de adecuación entre la función docente de la Universidad y
la función asistencial de las instituciones sanitarias establecido por la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, y por las Leyes 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y LOSCAM,
las universidades, conforme a lo dispuesto en el apartado a) del punto 1.o del anexo III, del
Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios,
deben garantizar en las enseñanzas de Medicina, Enfermería y Fisioterapia, la disponibilidad de un hospital y tres centros de atención primaria (de titularidad pública o privada) con
base en un convenio en el caso de las universidades privadas.
Quinto
Que la Comunidad de Madrid comparte, por tanto, con la Universidad Alfonso X el
Sabio, el interés en la formación de profesionales de la salud del grado de Enfermería, y el
fomento de actividades que contribuyan a un mejor desarrollo del conocimiento, no sólo de
las profesiones sanitarias, sino también de aquellas otras de cuyo buen hacer y adecuado soporte depende, en buena medida, el funcionamiento de los centros sanitarios.
Por los motivos expuestos las partes acuerdan suscribir el presente convenio con base
en las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El objeto de este convenio es establecer los términos y condiciones que regirán la relación entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y la Universidad Alfonso X el Sabio para la formación práctico clínica de
la enseñanza del grado de Enfermería que imparte dicha universidad.
Segunda
1. La Consejería de Sanidad y el SERMAS ponen a disposición de la Universidad, a
efectos docentes de la práctica clínica, los centros y servicios sanitarios que se especifican
en el anexo I.
2. Para la consecución del objeto del convenio, deberá conseguirse una plena y adecuada coordinación entre los diferentes dispositivos sanitarios de los centros asistenciales
y el programa formativo, de forma que pueda compatibilizarse el desarrollo de las actividades docentes con la actividad asistencial, respetando, en todo caso, las necesidades de organización y de gestión de los centros asistenciales.
3. La distribución de los alumnos se adaptará a la capacidad estructural y de soporte
de los centros asistenciales, debiendo respetar la Universidad el número máximo de alumnos que se establezca en cada uno de ellos para cada curso académico.
BOCM-20231017-27
Centros y servicios sanitarios adscritos al convenio