Majadahonda (BOCM-20231016-51)
Régimen económico. Ordenanza general precios públicos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 246
Art. 14. Infracciones y sanciones.—Sin perjuicio de las infracciones y sancione que
en otro orden pudieran corresponder, el incumplimiento de las normas y la defraudación de
los derechos que correspondan al Ayuntamiento en materia de precios públicos, será calificado y sancionado en la ordenanza reguladora de cada precio público conforme a la normativa vigente en la normativa vigente.
Art. 15. Derecho Supletorio.—Para lo no previsto en las normas citadas en el artículo 1, se aplicara la Ley General Presupuestaria y demás normas que resulten de aplicación
a los mismos.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Las vigentes ordenanzas reguladoras de los precios públicos quedaran derogadas cuando, tras la entrada en vigor de la presente Ordenanza general, se proceda al primer establecimiento, modificación o fijación de los precios públicos vigentes conforme al procedimiento previsto en esta Ordenanza General.
DISPOSICIÓN FINAL
BOCM-20231016-51
La presente Ordenanza una vez aprobada por el Pleno conforme a lo dispuesto en el
artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, entrara en vigor por la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la misma ley producirá efectos hasta su modificación o derogación.
Los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo directo contra
el Acuerdo definitivo, ante los órganos, y en los términos y plazos que se establecen en la
Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa”.
Majadahonda, a 2 de octubre de 2023.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores
Moreno Molinos.
(03/16.776/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 150
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 246
Art. 14. Infracciones y sanciones.—Sin perjuicio de las infracciones y sancione que
en otro orden pudieran corresponder, el incumplimiento de las normas y la defraudación de
los derechos que correspondan al Ayuntamiento en materia de precios públicos, será calificado y sancionado en la ordenanza reguladora de cada precio público conforme a la normativa vigente en la normativa vigente.
Art. 15. Derecho Supletorio.—Para lo no previsto en las normas citadas en el artículo 1, se aplicara la Ley General Presupuestaria y demás normas que resulten de aplicación
a los mismos.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Las vigentes ordenanzas reguladoras de los precios públicos quedaran derogadas cuando, tras la entrada en vigor de la presente Ordenanza general, se proceda al primer establecimiento, modificación o fijación de los precios públicos vigentes conforme al procedimiento previsto en esta Ordenanza General.
DISPOSICIÓN FINAL
BOCM-20231016-51
La presente Ordenanza una vez aprobada por el Pleno conforme a lo dispuesto en el
artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, entrara en vigor por la publicación de su texto íntegro en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la misma ley producirá efectos hasta su modificación o derogación.
Los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo directo contra
el Acuerdo definitivo, ante los órganos, y en los términos y plazos que se establecen en la
Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa”.
Majadahonda, a 2 de octubre de 2023.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores
Moreno Molinos.
(03/16.776/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791