B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231013-2)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 2394/2023, de 28 de septiembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a plazas de la categoría profesional de Técnico Agropecuario, especialidad Investigación Agropecuaria, Alimentaria y Medioambiental (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 244

aspirantes en los procesos selectivos que se celebren durante el año 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 69, de 22 de marzo).
9. La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se hará constar, a propuesta del tribunal de selección en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una
antelación mínima de diez días hábiles.
La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, sucesivos ejercicios,
así como la de la lista de personas aprobadas de los mismos, se efectuará en la página web correspondiente a esta convocatoria, accesible desde el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/oposiciones-administracion-servicios-comunidad-madrid o en la Sede Electrónica
de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid .
10. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre de 2024.
Octava
Calificación del proceso selectivo
1. Para la calificación de los ejercicios de la oposición el tribunal calificador se ajustará a lo previsto en la base decimotercera de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y a lo establecido en la presente base.
2. Los ejercicios de este proceso selectivo se calificarán de la forma siguiente:
2.1. Primer ejercicio: se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para
superarlo obtener un mínimo de veinte puntos.
2.2. Segundo ejercicio: cada uno de los supuestos prácticos se calificará de cero a
treinta puntos, siendo necesario obtener un mínimo de quince puntos en cada
uno de ellos.
3. En cuanto a la calificación final, el orden de las personas aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que conforman esta convocatoria, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones,
constituyendo la suma de dichas puntuaciones la calificación final de cada una de las personas aspirantes.
4. En el supuesto de que se produzca un empate en la calificación final obtenida por
las personas participantes, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre
estas personas, se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se
relacionan a continuación.
— Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicio, por este orden.
— De continuar el empate, se deshará mediante la celebración por parte del tribunal
calificador de un sorteo público, que se anunciará con la suficiente antelación.
En el caso de que, como resultado de la calificación final obtenida, y a la vista de la limitación contemplada en la base decimocuarta.4 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, alguna de las personas aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho
cupo, pero tuviera acreditada en cada uno de los ejercicios de la oposición una puntuación
que, conforme a los criterios de valoración aplicado a las personas aspirantes del turno libre al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el tribunal
calificador deberá incluir automáticamente a dicha persona aspirante en el citado turno libre, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en dicho turno en condiciones de
igualdad con el resto de las personas que concurren por el mismo.
Novena
1. El tribunal calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, la relación de aspirantes que han superado el
proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación
total alcanzada.
— Identificación de la persona aspirante, en los términos dispuestos en la normativa
aplicable.

BOCM-20231013-2

Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación de cumplimiento de requisitos