D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231013-26)
Convenio –  Convenio de 23 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Consejo Evangélico de Madrid por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 55.596 euros para la realización de actividades educativas durante 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 244

Consejo de Gobierno, el Decreto 38/2022, de 15 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se crea la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades y el Decreto 236/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía.
4. El Consejo Evangélico, según el artículo 1 de sus estatutos, se constituye como
una Federación de Iglesias y entidades asociativas de confesión evangélica o protestante y
que, conforme al artículo 4 de los citados estatutos, adopta como propios los fines religiosos de las entidades que lo componen, encaminado al desarrollo de los derechos y libertades legalmente establecidos.
5. El Consejo Evangélico ha presentado su programa y presupuesto de actividades
educativas y formativas para la anualidad de 2023, con el objeto de promover la participación de personas o grupos al servicio de los fines del citado Consejo, las cuales resultan
coincidentes con los intereses de la Comunidad de Madrid.
6. Esta subvención se tramita de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 4.5.c) 3.o de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,
constando el informe del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades de fecha 4 de abril de 2023 justificativo de las razones de interés en su tramitación, de conformidad con lo dispuesto el artículo 4.6 de la citada ley.
7. En fecha 19 de julio de 2023 el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid
autorizó la celebración de este convenio.
En virtud de lo anterior, las partes resuelven suscribir el presente convenio y en consecuencia acuerdan las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
El presente convenio tiene por objeto la concesión de una subvención directa por parte de la Comunidad de Madrid al Consejo Evangélico de Madrid, para la realización de actividades educativas y formativas que promuevan la participación de personas o grupos, al
servicio de los fines del citado Consejo y de los intereses de la Comunidad de Madrid, durante el año 2023.
Segunda
1. La Comunidad de Madrid se compromete a financiar las actividades a desarrollar
por el Consejo Evangélico de Madrid, hasta la cantidad máxima de cincuenta y cinco mil quinientos noventa y seis euros (55.596 euros), según figura en el anexo I al presente convenio.
Las cantidades especificadas por cada partida relacionada en el anexo tienen carácter
orientativo pudiendo admitirse una variación en las mismas que no supere el 40% de la
cuantía inicial, compensando unas partidas con otras hasta alcanzar la cantidad máxima
subvencionada. Las variaciones superiores a ese porcentaje se deberán comunicar a la Consejería a los efectos previstos en la cláusula décima primera.
2. Esta aportación se realizará con cargo al subconcepto 48035 del Programa 321M
del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid para 2023, conforme a lo establecido en la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para 2022, prorrogados para el 2023 por el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre,
del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga
automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la
entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023.
Dicha cantidad se abonará en un pago único con carácter anticipado y sin necesidad de
constituir garantía, previa autorización de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
de conformidad con la Orden de 5 de enero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid para el año 2022 y el artículo 10 de la Ley 2/1995, de 2 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

BOCM-20231013-26

Cuantía y pago de la subvención