D) Anuncios - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231013-26)
Convenio –  Convenio de 23 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Consejo Evangélico de Madrid por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 55.596 euros para la realización de actividades educativas durante 2023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 244

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 13 DE OCTUBRE DE 2023

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I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
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CONVENIO de 23 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Consejo Evangélico de Madrid por el que se formaliza la concesión directa de una subvención por importe de 55.596 euros para la realización de actividades educativas
durante 2023.
En Madrid, a 23 de septiembre de 2023.
REUNIDOS

De una parte, don Emilio Viciana Duro, Consejero de Educación, Ciencia y Universidades del Gobierno de la Comunidad de Madrid.
De otra, Don Manuel Cerezo Garrido, Secretario Ejecutivo del Consejo Evangélico
de Madrid.
INTERVIENEN
El primero, en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, Consejería de
Educación, Ciencia y Universidades (en adelante Consejería) de la Comunidad de Madrid,
en virtud de nombramiento efectuado por 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la
Comunidad de Madrid, y de conformidad con las competencias atribuidas por el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de
Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
El segundo, en nombre del Consejo Evangélico de Madrid (en adelante Consejo
Evangélico), Entidad Religiosa con domicilio en Madrid, calle Pablo Serrano, 7 posterior
28043 Madrid, que tiene el número 018316, antiguo número 5147-SE/D en el Registro de
Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia, a la cual representa en virtud de poder especial protocolizado por escritura pública de 18 de mayo de 2006 ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Antonio Crespo Monerri (protocolo número 1358).
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad suficientes para formalizar el
presente convenio y, en consecuencia,

1. Todos los poderes públicos conforme al artículo 53 de nuestra norma fundamental están vinculados por los preceptos constitucionales contenidos en el Capítulo II, Título I, entre los que se encuentran, de una parte, la igualdad ante la ley establecida en el artículo 14, sin que pueda prevalecer discriminación alguna, por razón de religión; de otra, la
libertad ideológica y religiosa, a que se refiere el artículo 16, a cuyo efecto los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas y mantendrán las consiguientes relaciones
de cooperación con las distintas confesiones; y finalmente, el derecho a la educación, contenido en el artículo 27, que tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades
fundamentales.
2. La Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de Libertad Religiosa, en su artículo 2.1.c)
establece el derecho de toda persona a “recibir e impartir enseñanza e información religiosa de toda índole, ya sea oralmente, por escrito o por cualquier otro procedimiento”.
3. La Comunidad de Madrid ostenta competencias en materia de educación, de conformidad con el artículo 29 de su Estatuto de Autonomía, que ejerce a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, conforme al Decreto 38/2023, de 23 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el Decreto 76/2023, de 5 de julio del

BOCM-20231013-26

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