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Convenio –  Convenio de 25 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y la Real Federación Madrileña de Vela, para el desarrollo del Programa Madrid Azul 2024
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 243

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 12 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 47

Madrid, el desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de Cultura, Turismo y Deporte.
III. Que, asimismo, de conformidad con el artículo 13 del Decreto 229/2021, de 13 de
octubre, corresponde a la Dirección General de Deportes, entre otras, “el impulso, organización, en su caso, y colaboración en el desarrollo de la competición deportiva en general entre los distintos colectivos de la población, prestando especial atención a la competición deportiva escolar y universitaria, así como en categorías inferiores, y la implementación de los
programas de actividad física y deporte para toda la población determinados en el plan estratégico, ya sea directamente o en colaboración con otras entidades públicas o privadas”.
IV. Que las federaciones deportivas de la Comunidad de Madrid ejercen por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores de la Administración pública.
En relación con ello, el artículo 36.b) de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, atribuye
a las federaciones deportivas la promoción, con carácter general, de su modalidad o modalidades deportivas en todo el territorio de la Comunidad de Madrid, bajo la coordinación y
la tutela del órgano competente de la Administración deportiva.
Por último, el artículo 6 del Decreto 159/1996, de 14 de noviembre, por el que se regulan las Federaciones Deportivas de la Comunidad de Madrid, les otorga la representación
de ese deporte a efectos públicos y la colaboración con la política de promoción deportiva
de la Comunidad de Madrid, recibiendo para ello las ayudas que permitan las disponibilidades presupuestarias.
V. Que la Dirección General de Deportes, en el ejercicio de sus competencias y en
colaboración con la Real Federación Madrileña de Vela, tiene intención de continuar un año
más con el Programa de Promoción del deporte de la vela en la Comunidad de Madrid, denominado “Madrid Azul” (en adelante, Programa) abierto a todos los centros educativos de
la Comunidad de Madrid.
VI. Que, en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, programa 336A, existe dotación económica en el subconcepto 22802 con el fin de suscribir los
convenios necesarios para la promoción del deporte, entre otros, en los centros educativos.
Dada la coincidencia en cuanto a fines y objetivos de las instituciones firmantes, dentro de los respectivos marcos competenciales de cada una de ellas, con el objetivo de establecer un instrumento de colaboración para desarrollo del Programa de Promoción del deporte de la vela en la Comunidad de Madrid y en virtud de todo lo anteriormente expuesto,
es por lo que ambas partes acuerdan la formalización del presente convenio conforme a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Objeto
Es objeto del presente convenio, regular la colaboración entre la Comunidad de
Madrid y la Real Federación Madrileña de Vela (en adelante, la Federación), para el desarrollo del Programa “Madrid Azul” (en adelante, el Programa) de promoción y difusión de
los deportes de vela en la Comunidad de Madrid, cuyas actividades se realizarán en el embalse de San Juan en el primer semestre del año 2024, concluyendo antes de la finalización
del curso escolar 2023/2024, con alumnos de centros educativos de la Comunidad de
Madrid con edades comprendidas entre los 8 y los 16 años.
Segunda
La Federación deberá realizar las siguientes actuaciones concretas:
— Coordinar las actuaciones de los centros escolares que participen en el Programa,
informando de forma continua a los técnicos de la Dirección General de Deportes
y respetando, en todo caso, las siguientes directrices:
d El Programa se distribuirá con un máximo de 50 participantes por centro. No
podrá repetir la actividad ningún centro que ya la haya realizado, salvo que quedasen plazas sin cubrir por otros centros.

BOCM-20231012-7

Obligaciones de las partes