C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES (BOCM-20231011-16)
Regulación prácticum – Orden 3836/2023, de 6 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, sobre el reconocimiento de los centros educativos no universitarios de titularidad privada para la realización del prácticum del alumnado de los grados de Magisterio, Pedagogía y Psicología, Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas y de la formación equivalente, durante el curso 2023-2024 en la Comunidad de Madrid
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 72
MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 242
Décimo
Relaciones entre tutores, coordinadores, universidad y Consejería
de Educación, Ciencia y Universidades
1. El tutor de prácticas de la universidad realizará el seguimiento del desarrollo y
evolución de las mismas con el tutor del centro educativo al inicio, durante y al final del
proceso, estableciendo al menos una reunión obligatoria.
2. Los tutores universitarios elaborarán, conjuntamente con el tutor del centro educativo no universitario un programa individual de trabajo del alumno, realizando durante el
transcurso del período de prácticas un seguimiento y valoración del mismo.
La universidad desarrollará acciones de asesoramiento y colaboración con los coordinadores y tutores de prácticas tanto del centro como con los propios de la universidad.
Al finalizar el período de prácticas, cada universidad elaborará un informe sobre el desarrollo de las mismas, que será remitido a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad
de la Enseñanza y a la Comisión de Seguimiento, e incluirá una valoración de la participación de los centros educativos y del trabajo realizado por los tutores.
Undécimo
Producción de efectos
La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 6 de octubre de 2023.
LETÍN
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20231011-16
(03/17.135/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 72
MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 242
Décimo
Relaciones entre tutores, coordinadores, universidad y Consejería
de Educación, Ciencia y Universidades
1. El tutor de prácticas de la universidad realizará el seguimiento del desarrollo y
evolución de las mismas con el tutor del centro educativo al inicio, durante y al final del
proceso, estableciendo al menos una reunión obligatoria.
2. Los tutores universitarios elaborarán, conjuntamente con el tutor del centro educativo no universitario un programa individual de trabajo del alumno, realizando durante el
transcurso del período de prácticas un seguimiento y valoración del mismo.
La universidad desarrollará acciones de asesoramiento y colaboración con los coordinadores y tutores de prácticas tanto del centro como con los propios de la universidad.
Al finalizar el período de prácticas, cada universidad elaborará un informe sobre el desarrollo de las mismas, que será remitido a la Dirección General de Bilingüismo y Calidad
de la Enseñanza y a la Comisión de Seguimiento, e incluirá una valoración de la participación de los centros educativos y del trabajo realizado por los tutores.
Undécimo
Producción de efectos
La presente orden producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el BOOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 6 de octubre de 2023.
LETÍN
El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,
EMILIO VICIANA DURO
BOCM-20231011-16
(03/17.135/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791