Coslada (BOCM-20231011-60)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 11 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 242

BOCM-20231011-60

4.4. Se compromete, en caso de ser necesario, ya que las acciones pueden realizarse 100 % online, a poner a disposición del proyecto, bien a través de medios propios, bien
a través de acuerdos con terceros, un espacio para la realización de las sesiones grupales
que debe estar disponible la duración de la intervención del proyecto:
— Al menos 40 m2.
— Conexión a internet por wifi y/o cable para que se puedan conectar a la vez al menos 10 equipos informáticos
— Al menos 10 equipos informáticos, operativos, actualizados y con conexión a Internet y de uso exclusivo por el proyecto durante las horas de sesiones grupales.
— Pizarra y/o rotafolios.
— Proyector de uso exclusivo por el proyecto durante las horas de sesiones grupales.
— Armario con llave para guardar material de trabajo, la documentación con datos
sensibles, el ordenador, etc.
— Medios para realizar impresiones en blanco y negro.
Correrán por cuenta de la entidad los costes de luz, agua, calefacción, limpieza, Internet u otros gastos corrientes derivados de los espacios cedidos.
La entidad garantizará la disponibilidad estable y continuada de este espacio, y en caso
de necesidad de cambio por causas justificadas y previamente informadas a la Fundación
Santa María la Real, buscará otros espacios alternativos, que cumplan con los requisitos y
las condiciones solicitadas y que permitan el correcto desarrollo del programa. Los espacios designados a tal efecto, siempre que sea posible, serán céntricos, de fácil acceso, a pie
o en transporte público y accesible para personas con discapacidad, contarán con condiciones óptimas de ventilación, iluminación, temperatura, salubridad y accesibilidad para personas con discapacidad. Se autorizará a la Fundación Santa María la Real a realizar una visita previa o durante el transcurso de la iniciativa, con el objeto de velar por el correcto
cumplimiento de este compromiso.
4.5. El Ayuntamiento de Coslada se compromete a no realizar iniciativas con el
nombre o los signos distintivos de los itinerarios de empleabilidad para hombres, que no estén amparadas por el presente Anexo, tanto por medios propios como a través de terceros,
sin la autorización de la Fundación Santa María la Real.
Quinta. Vigencia.—5.1. Los itinerarios de empleabilidad para hombres tiene una duración hasta el 30 de noviembre de 2023, pudiéndose prorrogar mediante acuerdo de las partes.
5.2. Se podrá resolver el anexo al Protocolo General por imposibilidad sobrevenida
que no posibilite su continuidad.
Sexta. Entrada en vigor.—El presente anexo entrará en vigor el mismo día de la firma del representante de la última parte en firmar.
Madrid, a 26 de septiembre de 2023.—Por el Ayuntamiento de Coslada, Ángel Viveros Gutiérrez.—Por la Fundación Santa María la Real, Álvaro Retortillo Osuna y José Luis
Vélez Unquera.
(02/16.388/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791