La Cabrera (BOCM-20231009-62)
Organización y funcionamiento. Reglamento Consejo Local Seguridad
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 240

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2023

Pág. 499

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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LA CABRERA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Al no haberse presentado alegaciones al acuerdo de este Ayuntamiento, de 23 de junio
de 2021, durante el período de exposición pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID número 171 de 20 de julio de 2021), queda aprobado definitivamente el Reglamento de Funcionamiento del Consejo Local de Seguridad de La Cabrera, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento de los artículos 49 y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local:
“REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO LOCAL
DE SEGURIDAD DEL MUNICIPIO DE LA CABRERA
CAPITULO I
Disposiciones generales
Artículo 1. Denominación.—Siendo la seguridad un derecho fundamental, reconocido por la Constitución, dentro del marco de la autonomía municipal y de la participación
ciudadana, se constituye el Consejo Local de Seguridad Ciudadana de La Cabrera como
Consejo Sectorial al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen
Jurídico de las Entidades Locales.
Art. 2. Naturaleza jurídica.—1. El Consejo Local de Seguridad Ciudadana es el
órgano de naturaleza consultiva, informativa y de participación institucional, social y ciudadana para el seguimiento de la política de seguridad municipal.
2. El Consejo Local de Seguridad Ciudadana se regirá por el presente Reglamento,
por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales y por las demás disposiciones que resulten de aplicación.
3. El Consejo gozará de autonomía funcional con respecto a la Corporación Municipal.
Art. 3. Funciones.—1. El Consejo Local de Seguridad Ciudadana se configura
como un órgano mixto, plural y vinculado al Ayuntamiento a través de la Concejalía de Seguridad Ciudadana.
2. Ejercerá las funciones de asesoramiento, estudio, informe de propuestas, canalizador de la participación ciudadana en los asuntos municipales relacionados con temas de
seguridad, circulación, transporte, prevención y protección civil.
3. El funcionamiento del Consejo se ajustará, en todo lo demás, al Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Art. 4. Ámbito de aplicación.—El ámbito de actuación del Consejo Local de Seguridad Ciudadana corresponde al término municipal de La Cabrera.
CAPÍTULO II
Composición y atribuciones

Art. 5. Composición.—El Consejo Local de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de La Cabrera tendrá la siguiente composición, con voz y voto:
— Presidente: El alcalde-presidente del Ayuntamiento o en su caso, el concejal-delegado del área de Seguridad Ciudadana.
— Vocales en representación institucional:
d El jefe del Cuerpo de la Policía Local.
d El comandante de puesto del Cuerpo de la Guardia Civil de Torrelaguna.

BOCM-20231009-62

Órganos