B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20231009-1)
Concurso de traslados –  Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convocan a concurso de traslado plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 240

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2023

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bieren obtenido un destino definitivo en el presente concurso, quedando obligado el
interesado a comunicarlo al órgano convocante. De incumplir este deber de comunicación,
deberá el funcionario tomar posesión en el primero de los destinos adjudicados, según lo
establecido en el artículo 53 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Si el concurso específico se resuelve con anterioridad a la resolución definitiva del
concurso ordinario, previéndose también el transcurso del plazo posesorio de aquél, el funcionario afectado deberá tomar posesión del destino obtenido en el concurso específico, no
teniendo ya opción para el concurso ordinario. Si el concurso específico se resuelve con
posterioridad al concurso ordinario, habiendo transcurrido el plazo posesorio de éste, perderá la opción para el concurso específico.
Tercera
Baremos
La valoración de méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo se hará de
acuerdo con el baremo establecido para valorar la antigüedad [artículo 48.1.a) del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre] y el conocimiento de la lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas, según lo establecido en el apartado b) del mismo artículo.
1. Antigüedad.—Por los servicios efectivos prestados como funcionario de carrera en
el Cuerpo o Escala para el que participa se otorgará dos puntos por cada año completo de
servicios, computándose proporcionalmente los períodos inferiores (0,00555556 por día). A
estos efectos los meses se considerarán de treinta días y hasta un máximo de 60 puntos.
Los méritos se valorarán a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Estos certificados no serán acumulativos, por lo que, en caso de que el concursante
posea títulos de varios niveles, sólo se valorará el superior.
Cuarta
El modelo de la solicitud de inscripción es el anexo II que aparece publicado en esta
Resolución, el cual no tiene validez para su presentación salvo como dato informativo de
los apartados que contiene, ya que se confeccionará y presentará exclusivamente por los
medios indicados en el punto 7 de la presente base.
1. Anexo II. Recuadro V-1: el personal funcionario destinado definitivamente en
puestos de trabajo de los Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación y Auxilio, así como
los que se encuentren en situación de servicios especiales y excedentes por cuidado de familiares que tengan reservado su puesto de trabajo, radicados en el territorio de la Comunidad de Madrid, presentarán su solicitud señalando el recuadro V-1 del anexo II de esta
Resolución, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, en el plazo comprendido
entre el día 10 y el 24 de octubre de 2023, según el mecanismo indicado en el punto 7 de la
presente base.
2. Anexo II. Recuadro V-2: los/las funcionarios/as destinados en puestos de trabajo
de otros Cuerpos y Escalas de la Administración de Justicia o de otras Administraciones
que se encuentren en excedencia del artículo 506.d) de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de
diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en los
Cuerpos y Escalas de Gestión, Tramitación o Auxilio, que deseen solicitar plazas ofertadas
en el presente concurso, presentarán su solicitud, señalando el recuadro V-2 del anexo II de
esta Resolución, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, en el plazo comprendido entre el día 10 y el 24 de octubre de 2023, según el mecanismo indicado en el punto 7 de
la presente base.
3. Anexo II. Recuadro V-3: los/las solicitantes que se encuentren en cualquiera de
las siguientes situaciones:
— Excedencia voluntaria por agrupación familiar o por interés particular.
— Adscripción provisional por haber reingresado desde la situación de suspensión
definitiva.
— Adscripción provisional por haber reingresado al haber sido rehabilitados.
— Adscripción provisional por haber reingresado al servicio activo que no tengan reserva de puesto de trabajo.
— Adscripción provisional por cese o renuncia de un puesto obtenido por libre designación o por haber renunciado a un puesto obtenido por concurso específico.

BOCM-20231009-1

Modelos y plazos de presentación de solicitudes