B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL (BOCM-20231009-1)
Concurso de traslados – Resolución de 27 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones con la Administración de Justicia de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se convocan a concurso de traslado plazas vacantes entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 21
Novena
Resolución definitiva y plazo posesorio
1. Una vez resueltas las alegaciones, la presente convocatoria se resolverá definitivamente, de forma coordinada con los órganos competentes de las Comunidades autónomas con competencias transferidas.
2. Las resoluciones del concurso podrán separarse por Cuerpos, a fin de que los ceses de los funcionarios concursantes puedan ser escalonados en el tiempo, si la Administración considera que su acumulación en una misma fecha pudiera ser perjudicial para el servicio público.
3. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución con los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
4. El plazo de toma de posesión será de tres días naturales si no implica cambio de
localidad del funcionario; ocho días naturales si implica cambio de localidad dentro de la
Comunidad Autónoma y veinte días naturales si implica cambio de Comunidad Autónoma,
con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de
trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la resolución definitiva del concurso.
5. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones,
los permisos o licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios, salvo que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el disfrute de los
mismos.
Décima
Carácter de los destinos adjudicados
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
Decimoprimera
Limitación para concursar
Aquellos funcionarios que obtengan destino definitivo en el presente concurso, no podrán
participar en otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta que no transcurran los plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de
diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Decimosegunda
Recursos
BOCM-20231009-1
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Ilma. Sra. Viceconsejera de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 27 de septiembre de 2023.—La Directora General de Recursos Humanos y
Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.
B.O.C.M. Núm. 240
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 9 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 21
Novena
Resolución definitiva y plazo posesorio
1. Una vez resueltas las alegaciones, la presente convocatoria se resolverá definitivamente, de forma coordinada con los órganos competentes de las Comunidades autónomas con competencias transferidas.
2. Las resoluciones del concurso podrán separarse por Cuerpos, a fin de que los ceses de los funcionarios concursantes puedan ser escalonados en el tiempo, si la Administración considera que su acumulación en una misma fecha pudiera ser perjudicial para el servicio público.
3. Si no se lograra la simultaneidad de publicación de la resolución con los Boletines Oficiales de las Comunidades Autónomas, los plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
4. El plazo de toma de posesión será de tres días naturales si no implica cambio de
localidad del funcionario; ocho días naturales si implica cambio de localidad dentro de la
Comunidad Autónoma y veinte días naturales si implica cambio de Comunidad Autónoma,
con excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma de las Illes
Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que será de un mes tanto si el puesto de
trabajo en las islas o en las ciudades es el de origen como si es el de destino.
Dicho plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese,
que deberá efectuarse en las fechas que se indiquen en la resolución definitiva del concurso.
5. El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones,
los permisos o licencias que se encuentren disfrutando los funcionarios, salvo que, por circunstancias excepcionales debidamente motivadas, se suspenda o revoque el disfrute de los
mismos.
Décima
Carácter de los destinos adjudicados
1. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios a los efectos previstos en el Real Decreto 462/2002, de 24 de
mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
2. Los destinos adjudicados en la resolución definitiva serán irrenunciables.
Decimoprimera
Limitación para concursar
Aquellos funcionarios que obtengan destino definitivo en el presente concurso, no podrán
participar en otro concurso de traslados para el mismo Cuerpo o Escala hasta que no transcurran los plazos establecidos en el artículo 529.3 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de
diciembre, que modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.
Decimosegunda
Recursos
BOCM-20231009-1
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Ilma. Sra. Viceconsejera de Justicia y Víctimas en el plazo de un mes, desde el día siguiente al de su publicación de conformidad con lo establecido en los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 27 de septiembre de 2023.—La Directora General de Recursos Humanos y
Relaciones con la Administración de Justicia, Alejandra Alonso Bernal.