Madrid (BOCM-20231006-76)
Sala de lo Social. Sección Cuarta. Procedimiento 747/2021
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 238
dencia al desestimar el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto y declarar firme la sentencia de esta Sala.
A más a más, al constar notificada la resolución de 20-06-2023 al letrado reiteradamente mencionado, y el mismo reconoce, el 23-06-2023 a aportarse por el mismo la remisión vía Lexnet al TS de incidente de nulidad frente a la primeramente mencionada, en fecha 26-06-2023, fecha esta posterior a la notificación, esta Sala no tenía conocimiento de
ello, sin que hasta la fecha haya comunidad nada al respecto por el Tribunal Supremo, que
una vez, en su caso sea admitido, y si lo estima pertinente solicitará la documentación oportuna, por lo que al tratarse de una archivo provisional, no se produce perjuicio alguno.
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20231006-76
Acuerda desestimar el recurso de reposición interpuesto por el letrado D. JOSÉ LUIS LINARES, manteniendo todos los pronunciamientos contenidos en la resolución de 20-06-2023.
Notifíquese esta resolución.
Modo de impugnación: Contra el decreto que se notifica cabe interponer recurso de revisión ante este Tribunal, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, debiendo citarse la infracción en que la resolución recurrida hubiere incurrido, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículo 188 LRJS), previa constitución del depósito
de 25 euros, al que vendrán obligados todos aquellos que no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que deberán efectuar en la
en la cuenta corriente n.o 2829-0000-00-0747-21 que esta sección tiene abierta en Banco de
Santander y sita en Paseo del General Martínez Campos, 35; 28010 Madrid (Disposición
Adicional Decimoquinta L. O. 1/2009 de 3 de noviembre).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Abogados LYR S. L., en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados
de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 22 de septiembre de 2023.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.352/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 236
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 238
dencia al desestimar el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto y declarar firme la sentencia de esta Sala.
A más a más, al constar notificada la resolución de 20-06-2023 al letrado reiteradamente mencionado, y el mismo reconoce, el 23-06-2023 a aportarse por el mismo la remisión vía Lexnet al TS de incidente de nulidad frente a la primeramente mencionada, en fecha 26-06-2023, fecha esta posterior a la notificación, esta Sala no tenía conocimiento de
ello, sin que hasta la fecha haya comunidad nada al respecto por el Tribunal Supremo, que
una vez, en su caso sea admitido, y si lo estima pertinente solicitará la documentación oportuna, por lo que al tratarse de una archivo provisional, no se produce perjuicio alguno.
PARTE DISPOSITIVA
BOCM-20231006-76
Acuerda desestimar el recurso de reposición interpuesto por el letrado D. JOSÉ LUIS LINARES, manteniendo todos los pronunciamientos contenidos en la resolución de 20-06-2023.
Notifíquese esta resolución.
Modo de impugnación: Contra el decreto que se notifica cabe interponer recurso de revisión ante este Tribunal, en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación, debiendo citarse la infracción en que la resolución recurrida hubiere incurrido, sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso (artículo 188 LRJS), previa constitución del depósito
de 25 euros, al que vendrán obligados todos aquellos que no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que deberán efectuar en la
en la cuenta corriente n.o 2829-0000-00-0747-21 que esta sección tiene abierta en Banco de
Santander y sita en Paseo del General Martínez Campos, 35; 28010 Madrid (Disposición
Adicional Decimoquinta L. O. 1/2009 de 3 de noviembre).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe”.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Abogados LYR S. L., en ignorado
paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados
de esta Sección, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a 22 de septiembre de 2023.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
(03/16.352/23)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791