San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20231006-62)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 238
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28 de septiembre de 2023, por
la que se convocan las ayudas 2023 para gastos de vivienda y transporte.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web municipal
(https://www.aytosanlorenzo.es):
Primero. Objeto de la convocatoria.—La finalidad de la presente subvención es la de
contribuir a sufragar parte de los gastos ordinarios de la unidad familiar:
— Luz.
— Agua.
— Gas.
— Teléfono.
— Internet.
— Seguro del Hogar.
— Comunidad de vecinos.
— Gastos de transporte para desplazamiento al lugar de trabajo o centro de estudios
para todos los miembros de la unidad familiar de 7 a 64 años.
— Gastos de tratamiento psicológico.
No se incluyen como gastos subvencionables los de la hipoteca y el alquiler.
Los gastos subvencionables corresponden a los meses de enero a junio de 2023.
Segundo. Beneficiarios y requisitos.—1. Para poder solicitar estas ayudas es requisito que el solicitante y toda su unidad familiar tengan residencia legal en España. Además
deben estar empadronados en San Lorenzo de El Escorial antes del día 1 de enero de 2022.
Todos ellos tienen que estar empadronados ininterrumpidamente desde la fecha establecida y continuar estándolo en la fecha de resolución de esta convocatoria.
2. No podrán optar a la presente subvención quienes ostenten la titularidad inmobiliaria de más de un inmueble en todo el territorio nacional (vivienda, terreno, solar, parcela, local, nave…), siendo el titular el solicitante de la ayuda o cualquier miembro de la unidad familiar.
3. No podrán acceder a la presente subvención aquellos que accedan a otro tipo de
ayudas gestionadas desde los servicios sociales, para los mismos conceptos.
4. No podrán solicitar esta ayuda quienes estén incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
5. Para poder optar a la presente subvención el solicitante debe ser una persona física, que además sea titular del derecho de propiedad o copropiedad sobre la vivienda o del
derecho de arrendamiento o del derecho de usufructo sobre la referida vivienda y que acredite que deba hacerse cargo de los gastos de la misma (gastos distintos de los de la hipoteca o el alquiler).
6. Para poder optar a la presente subvención, la renta per cápita de la unidad familiar
deberá estar comprendida entre 3500 euros y 7000 euros.
En el momento de solicitar esta ayuda, el solicitante y su unidad familiar, no deben tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial. Si existiesen,
se le concederá el plazo de diez días desde la resolución provisional para subsanar. De no
hacerlo, su solicitud será excluida.
BOCM-20231006-62
BDNS (Identif.): 718768
Pág. 214
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 238
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62
SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
RÉGIMEN ECONÓMICO
Extracto del acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 28 de septiembre de 2023, por
la que se convocan las ayudas 2023 para gastos de vivienda y transporte.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web municipal
(https://www.aytosanlorenzo.es):
Primero. Objeto de la convocatoria.—La finalidad de la presente subvención es la de
contribuir a sufragar parte de los gastos ordinarios de la unidad familiar:
— Luz.
— Agua.
— Gas.
— Teléfono.
— Internet.
— Seguro del Hogar.
— Comunidad de vecinos.
— Gastos de transporte para desplazamiento al lugar de trabajo o centro de estudios
para todos los miembros de la unidad familiar de 7 a 64 años.
— Gastos de tratamiento psicológico.
No se incluyen como gastos subvencionables los de la hipoteca y el alquiler.
Los gastos subvencionables corresponden a los meses de enero a junio de 2023.
Segundo. Beneficiarios y requisitos.—1. Para poder solicitar estas ayudas es requisito que el solicitante y toda su unidad familiar tengan residencia legal en España. Además
deben estar empadronados en San Lorenzo de El Escorial antes del día 1 de enero de 2022.
Todos ellos tienen que estar empadronados ininterrumpidamente desde la fecha establecida y continuar estándolo en la fecha de resolución de esta convocatoria.
2. No podrán optar a la presente subvención quienes ostenten la titularidad inmobiliaria de más de un inmueble en todo el territorio nacional (vivienda, terreno, solar, parcela, local, nave…), siendo el titular el solicitante de la ayuda o cualquier miembro de la unidad familiar.
3. No podrán acceder a la presente subvención aquellos que accedan a otro tipo de
ayudas gestionadas desde los servicios sociales, para los mismos conceptos.
4. No podrán solicitar esta ayuda quienes estén incursos en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
5. Para poder optar a la presente subvención el solicitante debe ser una persona física, que además sea titular del derecho de propiedad o copropiedad sobre la vivienda o del
derecho de arrendamiento o del derecho de usufructo sobre la referida vivienda y que acredite que deba hacerse cargo de los gastos de la misma (gastos distintos de los de la hipoteca o el alquiler).
6. Para poder optar a la presente subvención, la renta per cápita de la unidad familiar
deberá estar comprendida entre 3500 euros y 7000 euros.
En el momento de solicitar esta ayuda, el solicitante y su unidad familiar, no deben tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial. Si existiesen,
se le concederá el plazo de diez días desde la resolución provisional para subsanar. De no
hacerlo, su solicitud será excluida.
BOCM-20231006-62
BDNS (Identif.): 718768