B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20231006-16)
Bolsa de trabajo –  Resolución de 3 de octubre de 2023, de la Dirección General de Función Pública por la que se aprueba y publica la constitución del primer bloque de la bolsa de trabajo a efectos de contrataciones temporales de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 6 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 238

En virtud de cuanto antecede, una vez efectuadas las comprobaciones oportunas y
practicadas las actuaciones correspondientes en atención a lo dispuesto en la referida Resolución de 25 de julio de 2023, este centro directivo, en uso de las facultades atribuidas en el
artículo 15.g) del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el
que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo,
en relación con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de
las consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 150, de 26 de junio),
RESUELVE
Primero
Aprobar y publicar, como anexo a la presente Resolución, la constitución del primer
bloque de la bolsa de trabajo de personal laboral temporal de la categoría profesional de
Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid,
convocadas por Orden 1177/2019, de 10 de abril, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID número 98, de 26 de abril).
Segundo
De acuerdo con lo determinado en el artículo 44.4 de la Resolución de 27 de abril
de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro, depósito y publicación del Convenio Colectivo Único para el
Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024), el órgano
gestor de la bolsa de trabajo será la Dirección General de Función Pública de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo, a la que deberán dirigirse los órganos competentes de
las Consejerías, Organismos Autónomos o Entes, cuando, en su caso, corresponda.
Tercero
La bolsa de trabajo contenida en el anexo de esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, dejando sin efecto las que pudieran existir en la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid, todo ello
en los términos establecidos en la Resolución de 27 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, sobre registro,
depósito y publicación del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024) y, en la Resolución de 24 de enero
de 2023, de la Directora General de Función Pública, por la que se dispone la publicación del
Acuerdo de 19 de enero de 2023, de la comisión paritaria de desarrollo, interpretación, vigilancia y aplicación del convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024), por el que se establecen las condiciones de constitución y el procedimiento de gestión de las bolsas únicas permanentemente
abiertas de trabajo temporal de personal laboral.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social
de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social, y en el
artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Dado en Madrid, a 3 de octubre de 2023.—La Directora General de Función Pública,
María José Esteban Raposo.

BOCM-20231006-16

Cuarto