A) Disposiciones Generales - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20231005-2)
Estructura orgánica – Decreto 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 237
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Sanidad
2
DECRETO 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
BOCM-20231005-2
El Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por
el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, señala, en su artículo 7, que la Administración de la Comunidad de Madrid queda
organizada, entre otras, por la Consejería de Sanidad, correspondiéndola a ésta las mismas
competencias que actualmente tenía atribuidas.
Mediante el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se define, en su artículo 6, la nueva estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, estableciendo sus órganos superiores y directivos, así como los organismos y entidades que integran la
administración institucional.
En consecuencia, procede ahora concretar las competencias y la estructura orgánica,
hasta el nivel de subdirección general, de los distintos órganos administrativos que la integran, y establecer su administración institucional y órganos colegiados adscritos.
Los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas
de carácter general en la Comunidad de Madrid, son observados en el contenido y tramitación seguida por este decreto.
Conforme a los principios de necesidad y eficacia se trata de una norma necesaria para el
desarrollo de la organización administrativa establecida en el Decreto 76/2023, de 5 de julio.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad contiene la regulación imprescindible para definir la estructura y competencias de los órganos superiores y directivos de la
Consejería de Sanidad.
Conforme al principio de seguridad jurídica se adecúa a la legislación estatal básica y
autonómica en la materia.
En aplicación del principio de transparencia, una vez aprobada la propuesta, será objeto de publicación en el Portal de Transparencia.
En aplicación del principio de eficiencia, tratándose de una norma de carácter organizativo, racionaliza en su aplicación la gestión de los recursos públicos.
Por su carácter organizativo, este decreto se ha tramitado conforme al procedimiento
simplificado y se han solicitado los informes preceptivos de coordinación y calidad normativa de la Oficina de Calidad Normativa de la Secretaría General Técnica de la Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local, de las secretarias generales técnicas de las
consejerías, de la Dirección General de Presupuestos y de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y los informes de impacto social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.u) y 40 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, a propuesta de la Consejera de Sanidad, previo informe de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 4 de octubre de 2023,
Pág. 20
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 5 DE OCTUBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 237
I. COMUNIDAD DE MADRID
A) Disposiciones Generales
Consejería de Sanidad
2
DECRETO 245 /2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
BOCM-20231005-2
El Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por
el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, señala, en su artículo 7, que la Administración de la Comunidad de Madrid queda
organizada, entre otras, por la Consejería de Sanidad, correspondiéndola a ésta las mismas
competencias que actualmente tenía atribuidas.
Mediante el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se define, en su artículo 6, la nueva estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, estableciendo sus órganos superiores y directivos, así como los organismos y entidades que integran la
administración institucional.
En consecuencia, procede ahora concretar las competencias y la estructura orgánica,
hasta el nivel de subdirección general, de los distintos órganos administrativos que la integran, y establecer su administración institucional y órganos colegiados adscritos.
Los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 2 del Decreto 52/2021, de 24 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula y simplifica el procedimiento de elaboración de las disposiciones normativas
de carácter general en la Comunidad de Madrid, son observados en el contenido y tramitación seguida por este decreto.
Conforme a los principios de necesidad y eficacia se trata de una norma necesaria para el
desarrollo de la organización administrativa establecida en el Decreto 76/2023, de 5 de julio.
De acuerdo con el principio de proporcionalidad contiene la regulación imprescindible para definir la estructura y competencias de los órganos superiores y directivos de la
Consejería de Sanidad.
Conforme al principio de seguridad jurídica se adecúa a la legislación estatal básica y
autonómica en la materia.
En aplicación del principio de transparencia, una vez aprobada la propuesta, será objeto de publicación en el Portal de Transparencia.
En aplicación del principio de eficiencia, tratándose de una norma de carácter organizativo, racionaliza en su aplicación la gestión de los recursos públicos.
Por su carácter organizativo, este decreto se ha tramitado conforme al procedimiento
simplificado y se han solicitado los informes preceptivos de coordinación y calidad normativa de la Oficina de Calidad Normativa de la Secretaría General Técnica de la Consejería
de Presidencia, Justicia y Administración Local, de las secretarias generales técnicas de las
consejerías, de la Dirección General de Presupuestos y de la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo y los informes de impacto social de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.u) y 40 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, a propuesta de la Consejera de Sanidad, previo informe de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 4 de octubre de 2023,