D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20231003-72)
Convenio – Convenio de 15 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita, por el que se instrumenta la concesión directa de una subvención por importe de 60.000,00 euros, para el “Proyecto Amanecer” en 2023
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 235
MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 249
IV. El presente proyecto tiene por objeto facilitar durante el año 2023 la atención integral a mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual.
V. El artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, autoriza la concesión de forma directa, con carácter excepcional, de aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública, previa aprobación por Acuerdo de Consejo de Gobierno.
VI. De conformidad con la Orden 136/2023, de 30 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, en la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de
Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de febrero de 2023), Villa Teresita, se encuentra incluida en el citado Plan como Entidad susceptible de ser beneficiaria de subvención a través de la firma de convenio de subvención, de los previstos en
el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, en virtud de la concurrencia en el presente proyecto de razones de interés público
y humanitario.
VII. De conformidad con el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, se ha emitido informe justificativo de la concurrencia
de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión
directa, firmado por el titular de la Consejería competente.
A través del presente convenio se articula una subvención, dándose cumplimiento a lo
previsto en la Orden 136/2023, de 30 de enero, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben el presente Convenio
conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente Convenio tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la subvención
otorgada a Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita, para la realización del proyecto “Proyecto Amanecer”, cuya finalidad es ofrecer un hogar de protección y seguridad, para mujeres víctimas de trata, violencia y/o explotación sexual.
Segunda
El objetivo general del “Proyecto Amanecer” es ofrecer a las mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual un espacio de acogida integral, orientación, acompañamiento y mediación que le permita recuperase psicológicamente y emocionalmente, desarrollar sus capacidades y potencialidades y realizar un itinerario personalizado de inserción
laboral que les posibilite construir un nuevo proyecto de vida de forma autónoma, solas o
junto a sus hijos e hijas.
La Casa-Hogar acoge a mujeres víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y/o mujeres en situación de explotación sexual y a sus hijos e hijas con independencia de su situación administrativa en España y de que se hayan acogido o no al periodo de restablecimiento y reflexión previsto en el artículo 59bis de la Ley Orgánica 4/2000,
del 11 de enero y o que hayan sido identificadas por las FCSE previamente a su ingreso.
Las actividades que comprenden el proyecto están basadas en las siguientes actuaciones y recursos:
La Casa-Hogar es un lugar de acogida temporal donde se les proporciona un entorno
afectivo y de seguridad, en el que reciben una atención integral que les va a permitir recuperarse de las situaciones de violencia vividas y donde van a poder construir un proyecto de vida
autónomo. Se profundiza en la recuperación de las mujeres potenciando el desarrollo personal y afectivo además de iniciar itinerarios individuales de formación e inserción laboral.
La temporalidad de permanencia en la Casa-Hogar, depende de la situación y la evolución del proceso de cada mujer. La estancia en la misma, puede variar, desde un año como
mínimo hasta dos años, siempre teniendo en cuenta, como ya se ha mencionado, la situa-
BOCM-20231003-72
Características del Proyecto
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 235
MARTES 3 DE OCTUBRE DE 2023
Pág. 249
IV. El presente proyecto tiene por objeto facilitar durante el año 2023 la atención integral a mujeres víctimas de trata, violencia y explotación sexual.
V. El artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, autoriza la concesión de forma directa, con carácter excepcional, de aquellas subvenciones en las que se acrediten razones de interés público, social, económico o
humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública, previa aprobación por Acuerdo de Consejo de Gobierno.
VI. De conformidad con la Orden 136/2023, de 30 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, en la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de
Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de febrero de 2023), Villa Teresita, se encuentra incluida en el citado Plan como Entidad susceptible de ser beneficiaria de subvención a través de la firma de convenio de subvención, de los previstos en
el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de
Madrid, en virtud de la concurrencia en el presente proyecto de razones de interés público
y humanitario.
VII. De conformidad con el artículo 4.6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, se ha emitido informe justificativo de la concurrencia
de las razones excepcionales que aconsejan la utilización del procedimiento de concesión
directa, firmado por el titular de la Consejería competente.
A través del presente convenio se articula una subvención, dándose cumplimiento a lo
previsto en la Orden 136/2023, de 30 de enero, de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones 2023 de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes suscriben el presente Convenio
conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera
Objeto del convenio
El presente Convenio tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la subvención
otorgada a Auxiliares del Buen Pastor-Villa Teresita, para la realización del proyecto “Proyecto Amanecer”, cuya finalidad es ofrecer un hogar de protección y seguridad, para mujeres víctimas de trata, violencia y/o explotación sexual.
Segunda
El objetivo general del “Proyecto Amanecer” es ofrecer a las mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual un espacio de acogida integral, orientación, acompañamiento y mediación que le permita recuperase psicológicamente y emocionalmente, desarrollar sus capacidades y potencialidades y realizar un itinerario personalizado de inserción
laboral que les posibilite construir un nuevo proyecto de vida de forma autónoma, solas o
junto a sus hijos e hijas.
La Casa-Hogar acoge a mujeres víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y/o mujeres en situación de explotación sexual y a sus hijos e hijas con independencia de su situación administrativa en España y de que se hayan acogido o no al periodo de restablecimiento y reflexión previsto en el artículo 59bis de la Ley Orgánica 4/2000,
del 11 de enero y o que hayan sido identificadas por las FCSE previamente a su ingreso.
Las actividades que comprenden el proyecto están basadas en las siguientes actuaciones y recursos:
La Casa-Hogar es un lugar de acogida temporal donde se les proporciona un entorno
afectivo y de seguridad, en el que reciben una atención integral que les va a permitir recuperarse de las situaciones de violencia vividas y donde van a poder construir un proyecto de vida
autónomo. Se profundiza en la recuperación de las mujeres potenciando el desarrollo personal y afectivo además de iniciar itinerarios individuales de formación e inserción laboral.
La temporalidad de permanencia en la Casa-Hogar, depende de la situación y la evolución del proceso de cada mujer. La estancia en la misma, puede variar, desde un año como
mínimo hasta dos años, siempre teniendo en cuenta, como ya se ha mencionado, la situa-
BOCM-20231003-72
Características del Proyecto