C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20231002-29)
Bases ayudas –  Orden 590/2023, de 15 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para el mantenimiento de las razas autóctonas en peligro de extinción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y la Administración General del Estado en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el período 2023-2027 y se aprueba la convocatoria para el año 2023
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 2 DE OCTUBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 234

zas autóctonas en riesgo de erosión genética” cuyo objetivo es el fomento de las siguientes
razas autóctonas de la Comunidad de Madrid en peligro de extinción:
1.
2.
3.

Bovino: Berrenda en negro y Berrenda en colorado.
Ovino: Colmenareña y Rubia del Molar.
Caprino: Cabra del Guadarrama.

Cabe señalar que la actuación desarrollada por esta orden contribuirá al cumplimiento
del siguiente objetivo específico, indicado en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115:

La Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 26.3.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, tiene la competencia exclusiva en materia de agricultura y
ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actividad económica general.
La Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, a través de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, tiene competencias en materia de fomento y asesoramiento en materia de producciones agrícolas y ganaderas, de sus medios de producción, de la sanidad animal, sanidad vegetal, medicamentos, fertilizantes y productos
fitosanitarios, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de
las Consejerías de la Comunidad de Madrid y en el artículo 10 del Decreto 235/2023, de 6
de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior.
Con el fin de agilizar el procedimiento administrativo y en base al artículo 61 del Real
Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la
modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia, la presente orden, además de establecer las bases reguladoras, aprueba la convocatoria para el año 2023 de “Ayudas al mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción” (Intervención 6505.1).
En cumplimiento de lo establecido en el apartado 2 del citado artículo 61, con carácter previo a la aprobación de la presente Orden, se han recabado los preceptivos informes
favorables de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid y el de la Intervención de
la Comunidad de Madrid. Así como informes favorables de la Dirección General de Transparencia y Atención al Ciudadano, de la Dirección General de Economía y de la Autoridad de
Gestión de su adecuación al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 de la
Comunidad de Madrid.
Las presentes bases reguladoras responden a los principios de buena regulación de
conformidad con lo previsto en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Concretamente, se
actúa conforme a los principios de necesidad y eficacia, en tanto que la aprobación de estas bases reguladoras es el sistema más adecuado para el fomento de razas autóctonas en
peligro de extinción en la Comunidad de Madrid.
Se actúa con proporcionalidad ya que el contenido de las bases reguladoras se limita
al contenido necesario exigido por la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Se ha cumplido, igualmente, con el principio de seguridad jurídica dado que esta orden es
coherente con la reglamentación comunitaria y con la legislación nacional y autonómica aplicable en la materia y se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Por lo que respecta al principio de transparencia queda plenamente garantizado debido a que la elaboración de estas bases reguladoras, tal y como se ha señalado, pretende la
aplicación de intervenciones incluidas en el Plan Estratégico de la PAC de España y sus
anexos 2023-2027 y, este fue sometido a consulta con el objeto de recibir observaciones
tanto de los aspectos ambientales del mismo en el marco del procedimiento ambiental como de
otros aspectos que se encuadraban dentro del proceso de aprobación del PEPAC tal y como
se refiere detenidamente en el apartado relativo a la tramitación de la norma (anexo I sobre
la evaluación ex ante y la evaluación estratégica medioambiental (EEM) contemplada en la
Directiva 2001/42/CE). Por lo que los interesados han podido participar en la definición del
contenido del PEPAC que es el que marca los aspectos esenciales que se desarrollan normativamente a través de estas bases reguladoras. Asimismo, esta subvención está incluida
en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería aprobado por la Orden 611/2020,
de 5 de mayo, modificada por la Orden 1532/2023, de 22 de mayo.

BOCM-20231002-29

OE6 - Contribuir a la protección de la biodiversidad, potenciar los servicios ecosistémicos y conservar los hábitats y los paisajes.