San Martín de la Vega (BOCM-20230929-76)
Organización y funcionamiento. Reglamento Control Interno
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 232

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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SAN MARTÍN DE LA VEGA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Transcurrido el plazo de exposición pública mediante anuncio publicado en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 180, de 31 de julio de 2023, sin que
se hayan presentado alegaciones al Reglamento de Control Interno del Ayuntamiento de
San Martín de la Vega, se eleva a definitivo el acuerdo de aprobación inicial adoptado por
el Pleno, en sesión celebrada el 12 de julio de 2023, cuyo texto íntegro se hace público a
continuación, en cumplimiento del artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Los anexos del Reglamento de Control Interno del
Ayuntamiento de San Martín de la Vega estarán disponibles en el apartado de Normativa
del Portal de Transparencia, en la dirección www.sanmartindelavega.sedelectronica.es

TÍN

El control interno, regulado en el artículo 213 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y desarrollado por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local, es el ejercido
en las Entidades Locales respecto de su gestión económica, y, en su caso, la de los organismos autónomos y de las sociedades mercantiles de ellas dependientes, en su triple acepción
de función interventora, control financiero y controles de eficacia y eficiencia.
De acuerdo con lo recogido en el artículo 3 del referido Real Decreto 424/2017, de 28 de
abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector
Público Local y en consonancia con lo recogido en el artículo 214 del Texto Refundido de la
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo, el objeto de la función interventora será controlar los actos de la Entidad Local y de sus organismos autónomos, cualquiera que sea su calificación, que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que
de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de sus fondos públicos, con el fin
de asegurar que su gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.
Por su parte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del referido Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno
en las entidades del Sector Público Local, el objeto del control financiero, ejercido mediante el control permanente y la auditoría pública, será verificar el funcionamiento de los servicios, y organismos autónomos, en el aspecto económico financiero para comprobar el cumplimiento de la normativa y directrices que los rigen y, en general, que su gestión se ajusta
a los principios de buena gestión financiera, de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera en el uso de los recursos públicos locales.
La citada normativa se debe considerar de mínimos, reguladora del régimen general
aplicable al ejercicio del control interno en las Entidades Locales.
En este sentido, y al igual que procede la Administración General del Estado a través
de su Intervención General, se establece por el Pleno de la Entidad y mediante el presente
Reglamento, las normas básicas para el adecuado ejercicio de las funciones del control interno recogidas en el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen
jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local; atendiendo siempre
al principio de plena autonomía de los órganos de control respecto de las autoridades y órganos controlados.
Así, con el fin de disponer de un modelo de control eficaz en virtud del artículo 3.3 del
Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control
interno en las entidades del Sector Público Local, y en virtud del principio de auto-organización y potestad reglamentaria reconocido en el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril a las

BOCM-20230929-76

REGLAMENTO POR EL QUE SE DESARROLLA EL RÉGIMEN
DE CONTROL INTERNO EXCMO. AYUNTAMIENTO
DE SAN MARTÍN DE LA VEGA