D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230929-55)
Convenio – Convenio de colaboración de 13 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 359
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Pretende favorecer la inclusión social de personas en riesgo o en situación de exclusión social, en
cualquiera de sus dimensiones, facilitando la promoción de su autonomía y el ejercicio de derechos
de ciudadanía.
A través de itinerarios de inclusión, que incluyan medidas de apoyo y acompañamiento, se movilizarán los recursos, capacidades y potencialidades de las personas, grupos y comunidades en la
que se integran, de cara a una integración plena y efectiva.
Va dirigido a personas y/o colectivos que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo
de exclusión vinculadas o combinadas con la pertenencia a sectores de población específicos
como personas migrantes, minorías étnicas, personas con discapacidad, personas sin hogar, mujeres víctimas de violencia de género, etc. y para los que se diseñarán estrategias de integración
comunitaria que impliquen medidas de sensibilización y promoción social.
En este programa se incorporan diferentes proyectos, grupales o comunitarios que desarrollen
cualquiera de las líneas definidas, dirigidos a distintos grupos de población.
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Comprende el conjunto de actuaciones profesionales preventivas, educativas y promocionales,
destinadas a garantizar una adecuada atención de las necesidades de protección y cuidado de los
menores y adolescentes por parte de sus familias, así como la promoción del desarrollo personal,
familiar y social de todos los miembros de la unidad de convivencia, contribuyendo a que los menores a cargo puedan desenvolverse con autonomía en su entorno.
Se promoverá, en el ámbito de la Atención Social Primaria, el ejercicio de la parentalidad, la promoción
de un entorno social favorable que incluya al resto de sistemas de protección (educación, salud, etc.),
previniendo posibles situaciones de riesgo, todo ello en busca del interés superior del menor.
Podrán desarrollarse con cargo a este programa, diferentes proyectos individuales, grupales o
comunitarios que desarrollen cualquiera de las líneas definidas. Así como la gestión de las siguientes prestaciones económicas:
a) Ayudas Comedor: incluyen las ayudas puntuales concedidas para la cobertura de los gastos
de utilización de comedores escolares, ya sea mediante pago directo a los beneficiarios o mediante pago a los centros educativos.
b) Ayudas de Escuelas Infantiles: incluyen las ayudas puntuales de guardería y/o escuelas infantiles.
Ambas prestaciones se entienden compatibles con el resto de ayudas económicas recogidas en
este convenio, siempre y cuando sean utilizadas dentro del proceso de intervención con el menor y
su unidad de convivencia.
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Dirigido, con carácter general, a todos los sectores de población no dependiente que se encuentren en una situación de necesidad o vulnerabilidad social o en razón de programas de prevención
y promoción.
a) Servicio de Ayuda a Domicilio: El Servicio de Ayuda a Domicilio comprende la atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria y la cobertura de las necesidades
domésticas. Estos servicios podrán aplicarse con mayor o menor intensidad, atendiendo a
la intervención más adecuada en cada caso.
Las entidades locales que inicien licitaciones de servicios de tele asistencia durante el período de vigencia del Convenio deberán solicitar de la Dirección General de Mayor y Dependencia informe relativo a los requerimientos técnicos del servicio con la finalidad de garantizar la integración de sistemas, la continuidad de la atención y el intercambio de información en beneficio del ciudadano.
La entidad local deberá comunicar así mismo la fecha de finalización del contrato de tele
asistencia y sus posibles prórrogas.
c) Ayudas complementarias para la mejora de las condiciones de la habitabilidad de la vivienda: son prestaciones económicas individuales, de pago único, no periódicas, destinadas a
BOCM-20230929-55
b) Servicio de Teleasistencia: la Teleasistencia es un recurso que ofrece atención y apoyo personal
y social continuado a través de un dispositivo tecnológico, que permite detectar situaciones de
crisis personal, social o médica y en su caso, intervenir inmediatamente en ellas.
B.O.C.M. Núm. 232
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 359
2TQITCOCFGRTGXGPEKÎPKPUGTEKÎP[RTQOQEKÎPUQEKCN
Pretende favorecer la inclusión social de personas en riesgo o en situación de exclusión social, en
cualquiera de sus dimensiones, facilitando la promoción de su autonomía y el ejercicio de derechos
de ciudadanía.
A través de itinerarios de inclusión, que incluyan medidas de apoyo y acompañamiento, se movilizarán los recursos, capacidades y potencialidades de las personas, grupos y comunidades en la
que se integran, de cara a una integración plena y efectiva.
Va dirigido a personas y/o colectivos que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo
de exclusión vinculadas o combinadas con la pertenencia a sectores de población específicos
como personas migrantes, minorías étnicas, personas con discapacidad, personas sin hogar, mujeres víctimas de violencia de género, etc. y para los que se diseñarán estrategias de integración
comunitaria que impliquen medidas de sensibilización y promoción social.
En este programa se incorporan diferentes proyectos, grupales o comunitarios que desarrollen
cualquiera de las líneas definidas, dirigidos a distintos grupos de población.
2TQITCOCFGCVGPEKÎPCNOGPQT[CNCWPKFCFEQPXKXGPEKCN
Comprende el conjunto de actuaciones profesionales preventivas, educativas y promocionales,
destinadas a garantizar una adecuada atención de las necesidades de protección y cuidado de los
menores y adolescentes por parte de sus familias, así como la promoción del desarrollo personal,
familiar y social de todos los miembros de la unidad de convivencia, contribuyendo a que los menores a cargo puedan desenvolverse con autonomía en su entorno.
Se promoverá, en el ámbito de la Atención Social Primaria, el ejercicio de la parentalidad, la promoción
de un entorno social favorable que incluya al resto de sistemas de protección (educación, salud, etc.),
previniendo posibles situaciones de riesgo, todo ello en busca del interés superior del menor.
Podrán desarrollarse con cargo a este programa, diferentes proyectos individuales, grupales o
comunitarios que desarrollen cualquiera de las líneas definidas. Así como la gestión de las siguientes prestaciones económicas:
a) Ayudas Comedor: incluyen las ayudas puntuales concedidas para la cobertura de los gastos
de utilización de comedores escolares, ya sea mediante pago directo a los beneficiarios o mediante pago a los centros educativos.
b) Ayudas de Escuelas Infantiles: incluyen las ayudas puntuales de guardería y/o escuelas infantiles.
Ambas prestaciones se entienden compatibles con el resto de ayudas económicas recogidas en
este convenio, siempre y cuando sean utilizadas dentro del proceso de intervención con el menor y
su unidad de convivencia.
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Dirigido, con carácter general, a todos los sectores de población no dependiente que se encuentren en una situación de necesidad o vulnerabilidad social o en razón de programas de prevención
y promoción.
a) Servicio de Ayuda a Domicilio: El Servicio de Ayuda a Domicilio comprende la atención personal en la realización de las actividades de la vida diaria y la cobertura de las necesidades
domésticas. Estos servicios podrán aplicarse con mayor o menor intensidad, atendiendo a
la intervención más adecuada en cada caso.
Las entidades locales que inicien licitaciones de servicios de tele asistencia durante el período de vigencia del Convenio deberán solicitar de la Dirección General de Mayor y Dependencia informe relativo a los requerimientos técnicos del servicio con la finalidad de garantizar la integración de sistemas, la continuidad de la atención y el intercambio de información en beneficio del ciudadano.
La entidad local deberá comunicar así mismo la fecha de finalización del contrato de tele
asistencia y sus posibles prórrogas.
c) Ayudas complementarias para la mejora de las condiciones de la habitabilidad de la vivienda: son prestaciones económicas individuales, de pago único, no periódicas, destinadas a
BOCM-20230929-55
b) Servicio de Teleasistencia: la Teleasistencia es un recurso que ofrece atención y apoyo personal
y social continuado a través de un dispositivo tecnológico, que permite detectar situaciones de
crisis personal, social o médica y en su caso, intervenir inmediatamente en ellas.