Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20230928-77)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 231
Según las necesidades del servicio, los integrantes de la bolsa serán requeridos para
formalizar los correspondientes contratos y deberán presentar la siguiente documentación,
al objeto de proceder a su contratación, en el plazo máximo de 5 días naturales desde su llamamiento:
— Número de cuenta bancaria para el ingreso de la nómina.
— Número de afiliación a la Seguridad Social.
— Certificado Médico en el que se acredite no padecer enfermedad o defecto físico
que impida el normal ejercicio de la función a desarrollar.
— Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario ni
despido del servicio de cualesquiera Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme.
— Certificado de delitos de naturaleza sexual en vigor.
Las contrataciones de personal se producirán siguiendo el orden establecido en la bolsa de trabajo en función de las necesidades del servicio.
Las bajas temporales serán cubiertas por el tiempo necesario y como máximo serán la
duración del contrato del trabajador al que se sustituye. Las bajas definitivas, por renuncia
del trabajador, serán cubiertas como máximo hasta la finalización del contrato de trabajador que se sustituye.
El llamamiento para cubrir puestos vacantes, sustituciones u otras necesidades coyunturales debidamente acreditadas, se realizará por riguroso orden de lista, en función de las
necesidades de personal que en cada momento tenga la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, teniendo en cuenta las limitaciones de la normativa presupuestaria.
Para puestos de trabajo similares a los contemplados en esta bolsa, que se gestionen y
subvencionen por programas específicos o cualquier otro de similares características, y tengan establecido un proceso de selección específico, prevalecerá la normativa reguladora de
dichos programas.
Dado el carácter urgente de estas contrataciones y la celeridad de este tipo de llamamientos, basado en breves plazos temporales, se requiere disponibilidad absoluta de los/las
integrantes de la bolsa de empleo por lo que, de forma generalizada y para una mayor eficacia, dichos llamamientos se realizarán por correo electrónico a la dirección señalada por
el interesado/a en la solicitud y que deberá actualizar él/ella mismo/a cuando proceda, del
llamamiento quedará constancia en el expediente, entendido su rechazo trascurrido el plazo de 5 días naturales sin su aceptación expresa. En casos excepcionales debidamente acreditados, la Mancomunidad podrá habilitar otros procedimientos.
En estos casos, en el supuesto de que un/a aspirante seleccionado/a sea llamado para
trabajar, objeto de la presente bolsa, y simultáneamente sea requerido/a en alguno de los
programas específicos descritos en el párrafo anterior, el/la aspirante deberá contratar obligatoriamente con estos programas, pasando a ocupar el último lugar en la bolsa.
El/la aspirante deberá confirmar su disponibilidad a la propuesta de contratación o
nombramiento en el momento de la llamada o en el plazo máximo de 5 días naturales. En
caso de no ser localizado/a, se dará aviso inmediato al/a la siguiente de la lista. Si la no localización es justificada documentalmente, el aspirante pasará a la situación de reserva,
para ser llamado/a en la próxima contratación. Si dicha no localización no es justificada documentalmente, pasará a ocupar el último lugar de la lista.
Cuando la imposibilidad de localización se repita de nuevo en la misma persona situación,
con ocasión de dos ofrecimientos de contratación, pasará a estar excluido/a de la bolsa.
Igualmente, si en el momento del llamamiento el/la aspirante estuviera trabajando,
acreditándolo documentalmente, y no formalizara contrato con la Mancomunidad o no fuera posible su localización, pasará al último lugar de la lista.
Si en el momento de ser requerido/a para una contratación no pudiera incorporarse por
concurrir fuerza mayor, justificándose documentalmente dicha situación, se pasará a situación de reserva en la bolsa (permanecerá en el mismo lugar de la lista sin ser llamado/a para
ningún puesto de trabajo). Una vez finalizada la situación por la que se produjo la reserva,
el interesado/a deberá comunicar a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid
en el plazo de diez días que ya se encuentra disponible. Si no se hiciera así pasará a ocupar
el último lugar de la lista.
Se entiende por fuerza mayor:
a) Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
b) Enfermedad acreditada por parte médico oficial.
BOCM-20230928-77
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 231
Según las necesidades del servicio, los integrantes de la bolsa serán requeridos para
formalizar los correspondientes contratos y deberán presentar la siguiente documentación,
al objeto de proceder a su contratación, en el plazo máximo de 5 días naturales desde su llamamiento:
— Número de cuenta bancaria para el ingreso de la nómina.
— Número de afiliación a la Seguridad Social.
— Certificado Médico en el que se acredite no padecer enfermedad o defecto físico
que impida el normal ejercicio de la función a desarrollar.
— Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario ni
despido del servicio de cualesquiera Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia judicial firme.
— Certificado de delitos de naturaleza sexual en vigor.
Las contrataciones de personal se producirán siguiendo el orden establecido en la bolsa de trabajo en función de las necesidades del servicio.
Las bajas temporales serán cubiertas por el tiempo necesario y como máximo serán la
duración del contrato del trabajador al que se sustituye. Las bajas definitivas, por renuncia
del trabajador, serán cubiertas como máximo hasta la finalización del contrato de trabajador que se sustituye.
El llamamiento para cubrir puestos vacantes, sustituciones u otras necesidades coyunturales debidamente acreditadas, se realizará por riguroso orden de lista, en función de las
necesidades de personal que en cada momento tenga la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, teniendo en cuenta las limitaciones de la normativa presupuestaria.
Para puestos de trabajo similares a los contemplados en esta bolsa, que se gestionen y
subvencionen por programas específicos o cualquier otro de similares características, y tengan establecido un proceso de selección específico, prevalecerá la normativa reguladora de
dichos programas.
Dado el carácter urgente de estas contrataciones y la celeridad de este tipo de llamamientos, basado en breves plazos temporales, se requiere disponibilidad absoluta de los/las
integrantes de la bolsa de empleo por lo que, de forma generalizada y para una mayor eficacia, dichos llamamientos se realizarán por correo electrónico a la dirección señalada por
el interesado/a en la solicitud y que deberá actualizar él/ella mismo/a cuando proceda, del
llamamiento quedará constancia en el expediente, entendido su rechazo trascurrido el plazo de 5 días naturales sin su aceptación expresa. En casos excepcionales debidamente acreditados, la Mancomunidad podrá habilitar otros procedimientos.
En estos casos, en el supuesto de que un/a aspirante seleccionado/a sea llamado para
trabajar, objeto de la presente bolsa, y simultáneamente sea requerido/a en alguno de los
programas específicos descritos en el párrafo anterior, el/la aspirante deberá contratar obligatoriamente con estos programas, pasando a ocupar el último lugar en la bolsa.
El/la aspirante deberá confirmar su disponibilidad a la propuesta de contratación o
nombramiento en el momento de la llamada o en el plazo máximo de 5 días naturales. En
caso de no ser localizado/a, se dará aviso inmediato al/a la siguiente de la lista. Si la no localización es justificada documentalmente, el aspirante pasará a la situación de reserva,
para ser llamado/a en la próxima contratación. Si dicha no localización no es justificada documentalmente, pasará a ocupar el último lugar de la lista.
Cuando la imposibilidad de localización se repita de nuevo en la misma persona situación,
con ocasión de dos ofrecimientos de contratación, pasará a estar excluido/a de la bolsa.
Igualmente, si en el momento del llamamiento el/la aspirante estuviera trabajando,
acreditándolo documentalmente, y no formalizara contrato con la Mancomunidad o no fuera posible su localización, pasará al último lugar de la lista.
Si en el momento de ser requerido/a para una contratación no pudiera incorporarse por
concurrir fuerza mayor, justificándose documentalmente dicha situación, se pasará a situación de reserva en la bolsa (permanecerá en el mismo lugar de la lista sin ser llamado/a para
ningún puesto de trabajo). Una vez finalizada la situación por la que se produjo la reserva,
el interesado/a deberá comunicar a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid
en el plazo de diez días que ya se encuentra disponible. Si no se hiciera así pasará a ocupar
el último lugar de la lista.
Se entiende por fuerza mayor:
a) Parto, baja por maternidad o situaciones asimiladas.
b) Enfermedad acreditada por parte médico oficial.
BOCM-20230928-77
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