D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230928-37)
Convenio – Convenio de colaboración de 12 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo, para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2023
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 184
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 231
Delimitación de programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
FINANCIA CM
INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN, ASESORAMIENTO,
DIAGNOSTICO Y VALORACIÓN
%
FINANCIA EL
%
TOTAL
0,00
50
0,00
50
0,00
EMERGENCIA SOCIAL
62.000,00
50
62.000,00
50
124.000,00
PREVENCIÓN, INSERCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL
10.000,00
50
10.000,00
50
20.000,00
ATENCIÓN AL MENOR Y A LA UNIDAD CONVIVENCIAL
10.000,00
50
10.000,00
50
20.000,00
ATENCIÓN DOMICILIARIA
20.000,00
50
20.000,00
50
40.000,00
3.750,00
50
3.750,00
50
7.500,00
20.000,00
50
20.000,00
50
40.000,00
ALOJAMIENTO ALTERNATIVO
PROMOCIÓN AUTONOMÍA PERSONAL
TOTAL
125.750,00
125.750,00
251.500,00
Con carácter general dentro de cada uno de los programas pueden quedar incluidas las prestaciones
y servicios que se concretan en cada caso.
1. Programa de información, orientación, asesoramiento, diagnóstico y valoración
Comprende el conjunto de actuaciones profesionales de carácter técnico y/o de gestión que permiten
a la ciudadanía ejercer su derecho de información y acceso a los servicios y prestaciones del Sistema
Público de Servicios Sociales, así como a otros sistemas de protección social destinados a la
inclusión, la autonomía y el bienestar social de la población.
2. Programa de emergencia social
Destinado a la atención de necesidades motivadas por circunstancias excepcionales, que requieren
de ayudas económicas de carácter transitorio, que pueden ser de pago único o periódico, destinadas
a facilitar la superación de esas situaciones en las que concurra una necesidad económica
circunstancial.
Se trata de prestaciones puntuales económicas y/o en especie, de carácter temporal y urgente, y
que pueden ser relativas a:
a)
Ayudas familiares: Se consideran como tales aquellas ayudas puntuales de apoyo a procesos
de integración social y prevención de situaciones de riesgo que afecten a personas o grupos
familiares. Se trata de ayudas destinadas a cubrir necesidades básicas de subsistencia y ayudas
por acogimientos familiares.
b)
Vivienda: Este tipo de ayudas económicas se conceden puntualmente para alquileres, fianzas,
desahucios y gastos corrientes derivados del mantenimiento y conservación de la vivienda.
c)
Pobreza energética: Ayudas específicas para el pago de facturas de energía eléctrica y de gas
a hogares en situación de pobreza energética.
d)
Alimentos: Son ayudas puntuales destinadas a alimentación, ayudas para comedores (excepto
comedores escolares), vales de comida, pago directo a casas suministradoras, bolsas de
alimentos, leches infantiles, entre otras, que de forma puntual o con escasa periodicidad
gestione el centro de servicios sociales. Aparecerán claramente diferenciadas de otras ayudas
que se puedan incluir entre otras finalidades destinadas a la manutención del grupo familiar.
e)
Ayudas complementarias: Son aquellas ayudas puntuales relacionadas con la atención al menor
y a la familia, cuyo objeto sea la cobertura de gastos de carácter extraordinario: libros, material
escolar, transporte escolar o de otro tipo, formación no reglada, actividades ocupacionales,
campamentos, ayudas económicas destinadas a tratamientos especializados, gastos
farmacéuticos, prótesis, y otras.
f)
Otras ayudas: Comprende otras ayudas, también de carácter excepcional, no tipificadas en
epígrafes anteriores.
3. Programa de prevención, inserción y promoción social
A través de itinerarios de inclusión, que incluyan medidas de apoyo y acompañamiento, se
movilizarán los recursos, capacidades y potencialidades de las personas, grupos y comunidades en
la que se integran, de cara a una integración plena y efectiva.
Va dirigido a personas y/o colectivos que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo
de exclusión vinculadas o combinadas con la pertenencia a sectores de población específicos como
personas migrantes, minorías étnicas, personas con discapacidad, personas sin hogar, mujeres
víctimas de violencia de género, etc. y para los que se diseñarán estrategias de integración
comunitaria que impliquen medidas de sensibilización y promoción social.
BOCM-20230928-37
Pretende favorecer la inclusión social de personas en riesgo o en situación de exclusión social, en
cualquiera de sus dimensiones, facilitando la promoción de su autonomía y el ejercicio de derechos
de ciudadanía.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 184
JUEVES 28 DE SEPTIEMBRE DE 2023
B.O.C.M. Núm. 231
Delimitación de programas y definición de prestaciones y servicios
PROGRAMA
FINANCIA CM
INFORMACIÓN, ORIENTACIÓN, ASESORAMIENTO,
DIAGNOSTICO Y VALORACIÓN
%
FINANCIA EL
%
TOTAL
0,00
50
0,00
50
0,00
EMERGENCIA SOCIAL
62.000,00
50
62.000,00
50
124.000,00
PREVENCIÓN, INSERCIÓN Y PROMOCIÓN SOCIAL
10.000,00
50
10.000,00
50
20.000,00
ATENCIÓN AL MENOR Y A LA UNIDAD CONVIVENCIAL
10.000,00
50
10.000,00
50
20.000,00
ATENCIÓN DOMICILIARIA
20.000,00
50
20.000,00
50
40.000,00
3.750,00
50
3.750,00
50
7.500,00
20.000,00
50
20.000,00
50
40.000,00
ALOJAMIENTO ALTERNATIVO
PROMOCIÓN AUTONOMÍA PERSONAL
TOTAL
125.750,00
125.750,00
251.500,00
Con carácter general dentro de cada uno de los programas pueden quedar incluidas las prestaciones
y servicios que se concretan en cada caso.
1. Programa de información, orientación, asesoramiento, diagnóstico y valoración
Comprende el conjunto de actuaciones profesionales de carácter técnico y/o de gestión que permiten
a la ciudadanía ejercer su derecho de información y acceso a los servicios y prestaciones del Sistema
Público de Servicios Sociales, así como a otros sistemas de protección social destinados a la
inclusión, la autonomía y el bienestar social de la población.
2. Programa de emergencia social
Destinado a la atención de necesidades motivadas por circunstancias excepcionales, que requieren
de ayudas económicas de carácter transitorio, que pueden ser de pago único o periódico, destinadas
a facilitar la superación de esas situaciones en las que concurra una necesidad económica
circunstancial.
Se trata de prestaciones puntuales económicas y/o en especie, de carácter temporal y urgente, y
que pueden ser relativas a:
a)
Ayudas familiares: Se consideran como tales aquellas ayudas puntuales de apoyo a procesos
de integración social y prevención de situaciones de riesgo que afecten a personas o grupos
familiares. Se trata de ayudas destinadas a cubrir necesidades básicas de subsistencia y ayudas
por acogimientos familiares.
b)
Vivienda: Este tipo de ayudas económicas se conceden puntualmente para alquileres, fianzas,
desahucios y gastos corrientes derivados del mantenimiento y conservación de la vivienda.
c)
Pobreza energética: Ayudas específicas para el pago de facturas de energía eléctrica y de gas
a hogares en situación de pobreza energética.
d)
Alimentos: Son ayudas puntuales destinadas a alimentación, ayudas para comedores (excepto
comedores escolares), vales de comida, pago directo a casas suministradoras, bolsas de
alimentos, leches infantiles, entre otras, que de forma puntual o con escasa periodicidad
gestione el centro de servicios sociales. Aparecerán claramente diferenciadas de otras ayudas
que se puedan incluir entre otras finalidades destinadas a la manutención del grupo familiar.
e)
Ayudas complementarias: Son aquellas ayudas puntuales relacionadas con la atención al menor
y a la familia, cuyo objeto sea la cobertura de gastos de carácter extraordinario: libros, material
escolar, transporte escolar o de otro tipo, formación no reglada, actividades ocupacionales,
campamentos, ayudas económicas destinadas a tratamientos especializados, gastos
farmacéuticos, prótesis, y otras.
f)
Otras ayudas: Comprende otras ayudas, también de carácter excepcional, no tipificadas en
epígrafes anteriores.
3. Programa de prevención, inserción y promoción social
A través de itinerarios de inclusión, que incluyan medidas de apoyo y acompañamiento, se
movilizarán los recursos, capacidades y potencialidades de las personas, grupos y comunidades en
la que se integran, de cara a una integración plena y efectiva.
Va dirigido a personas y/o colectivos que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo
de exclusión vinculadas o combinadas con la pertenencia a sectores de población específicos como
personas migrantes, minorías étnicas, personas con discapacidad, personas sin hogar, mujeres
víctimas de violencia de género, etc. y para los que se diseñarán estrategias de integración
comunitaria que impliquen medidas de sensibilización y promoción social.
BOCM-20230928-37
Pretende favorecer la inclusión social de personas en riesgo o en situación de exclusión social, en
cualquiera de sus dimensiones, facilitando la promoción de su autonomía y el ejercicio de derechos
de ciudadanía.