D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230927-34)
Convenio –  Convenio de 8 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales) y la Asociación Movimiento contra la Intolerancia, en virtud del cual se instrumenta la concesión directa de una subvención por un importe de 50.000 euros, para la financiación, durante la anualidad 2023, de actuaciones destinadas a promover la convivencia democrática y pacífica en la sociedad madrileña
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023

B.O.C.M. Núm. 230

ción de la Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, para cualquier inspección, no
habiendo sido presentados ante otras entidades públicas o privadas como justificantes de ayudas concedidas por las mismas.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre.
B) Comprobación material de la subvención:
De conformidad con el artículo 32.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, la Dirección General de Integración llevará a cabo la comprobación de la subvención,
a cuyos fines suscribirá la correspondiente certificación de conformidad, ajustada
al artículo 25.7.b) del Decreto 45/1997, de 20 de marzo, por el que se desarrolla
el Régimen de Control Interno y Contable ejercido por la Intervención General de
la Comunidad de Madrid.
En particular, dicha certificación expresará que la documentación justificativa se
ha presentado en el tiempo y la forma previstos en el presente convenio; que los
gastos efectivamente realizados se adecuan en su naturaleza a la finalidad de la
subvención y que se acredita la aplicación del total importe concedido.
La presentación de la documentación prevista en este apartado, se realizará en el
registro electrónico de la Comunidad de Madrid o en cualquiera de las oficinas de
asistencia en materia de registro a las que se refiere el artículo 16.4.a) de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Novena
Control
La Dirección General de Servicios Sociales e Integración de la Consejería de Familia,
Juventud y Asuntos Sociales, a través de las personas que designe su titular, podrá llevar a
cabo actuaciones de verificación de la ejecución y gestión de las actuaciones previstas en
el Convenio. Para ello, los representantes y responsables de su ejecución deberán facilitar,
durante la vigencia del mismo el acceso de dichas personas al lugar de la acción y a sus inmuebles, así como a los libros, cuentas y documentos justificativos correspondientes.
Asimismo, la Asociación “Movimiento contra la Intolerancia” queda sometida al control financiero de la Intervención General de la Comunidad de Madrid y a la fiscalización
del Tribunal de Cuentas, de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid y cualesquiera otros órganos competentes, debiendo facilitar cuanta información le sea requerida
por aquellos.
Las previsiones de esta cláusula deberán preservar en todo caso la inviolabilidad domiciliaria, cuando ello sea preciso, en orden al acceso a los inmuebles, libros, cuentas y documentos justificativos de la Asociación Movimiento contra la Intolerancia.
Décima

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.
En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento
de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a
cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 y de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, y cualquier
otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia
de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de
confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.

BOCM-20230927-34

Protección de datos personales