C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20230927-20)
Concesión subvenciones –  Orden 1484/2023, de 11 de septiembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, para la concesión de una subvención directa al Ayuntamiento de Madrid para la ejecución de su “plan de sostenibilidad turística en destino” que forma parte del correspondiente “Plan Territorial de la Comunidad de Madrid 2022”, a cargo del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (fondos de la Unión Europea-NextGenerationEU)
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 230

MIÉRCOLES 27 DE SEPTIEMBRE DE 2023

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lo 14 de la misma ley y en el artículo 8 de la Ley 2/95, de 8 de marzo, de subvenciones de
la Comunidad de Madrid (acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución
de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y
frente a la Seguridad Social, en la forma que se determine reglamentariamente, y sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional decimoctava de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común”, así como no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que estén debidamente garantizadas) y una declaración responsable del beneficiario respecto a la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos, o recursos que financien las actuaciones subvencionadas.
Una vez finalizada la fase de instrucción de acuerdo al artículo 71.3 de la Ley 4/2021,
de 23 de diciembre, se formaliza el siguiente paso en la Orden de concesión directa a los
beneficiarios singularizados.
En lo que respecta a las entidades beneficiarias, el mencionado Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre de 2022 establece que “las beneficiarias de
estas líneas de financiación son las comunidades autónomas, si bien los destinatarios finales de las mismas serán las entidades locales ejecutoras de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destinos, así como las entidades locales en las que se realizan las Actuaciones de
Cohesión entre Destinos”
Por otro lado, dicho Acuerdo contempla que:
“Se creará una Comisión de Seguimiento para cada Plan Territorial en la que participará la Secretaría de Estado de Turismo y la comunidad autónoma correspondiente. En esta
Comisión se controlará el desarrollo de las inversiones, la ejecución del gasto y el cumplimiento de los hitos de cada una de las intervenciones que compongan el Plan Territorial. En
dichas reuniones, podrán participar, cuando se trate el seguimiento de las diferentes intervenciones, y a petición de cualquiera de los dos miembros de la Comisión, las entidades
gestoras de los diferentes instrumentos de intervención incluidos en el Plan Territorial para
aclarar los aspectos que se consideren necesarios”.
“La Comisión de Seguimiento tendrá capacidad de modificar algunas de las actuaciones previstas, previa solicitud motivada del destino, siempre que respondan a la misma finalidad, así como de ajustar la distribución de remanentes”.
Finalmente, en el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 14 de diciembre
de 2022 se determina que, para la ejecución del Plan Territorial, le corresponden a la Comunidad de Madrid, en la convocatoria 2022, un total de 37.400.000 euros que se destinarán según el siguiente reparto de PSTD:
37,4 M€

PSTD ARANJUEZ

AYUNTAMIENTO DE ARANJUEZ

2.000.894,38 €

PSTD SAN LORENZO DE EL
ESCORIAL

AYUNTAMIENTO DE SAN
LORENZO DE EL ESCORIAL

2.200.000,00 €

PSTD BUITRAGO DEL LOZOYA

AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO
DEL LOZOYA

1.800.000,00 €

PSTD CENICIENTOS

AYUNTAMIENTO DE
CENICIENTOS

1.800.000,00 €

PSTD SAN MARTÍN
DE VALDEIGLESIAS

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTIN
DE VALDEIGLESIAS

1.800.000,00 €

PSTD ALCALÁ DE HENARES

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE
HENARES

2.191.245,89 €

PSTD MANZANARES EL REAL

AYUNTAMIENTO DE
MANZANARES EL REAL

1.800.000,00 €

PSTD RASCAFRÍA

AYUNTAMIENTO DE RASCAFRÍA

PSTD CIUDAD DE MADRID

AYUNTAMIENTO DE MADRID

1.744.110,80 €
22.063.748,93 €

Por otra parte, la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, configura el sistema de gestión del Plan de recuperación, Transformación y Resiliencia, junto a la Orden HFP/1031/2021,
de 29 de septiembre.
Por tanto, cada entidad beneficiaria de un PSTD, está sometida como responsable de
la ejecución de la actuación aprobada, a lo establecido en ambas órdenes en cuanto a la gestión, seguimiento, ejecución y justificación de éstos, con especial incidencia en la consecución de los hitos y objetivos CID incluidos en la Decisión de Ejecución del Consejo, y su
cumplimiento se verificará de acuerdo con los mecanismos pactados con la Comisión
Europea en las disposiciones operativas a las que se refiere el artículo 20.6 del Reglamento 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que
se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Será obligatorio tanto el cumpli-

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DE MADRID 2022