Alcalá de Henares (BOCM-20230922-24)
Urbanismo. Plan especial
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 226

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 22 DE SEPTIEMBRE DE 2023

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1.2. Usos de la edificación. Se establece un uso característico Dotacional (Reserva
Dotacional-Equipamientos de carácter social). Se establecen como compatibles el resto de
los usos dotacionales.
1.3. Separación a linderos. Se establece un retranqueo de cinco metros a la alineación exterior (calle Arturo Soria) y de 4,5 m al resto de los linderos.
1.4. Alineaciones y rasantes. Serán libras dentro de los retranqueos marcados.
1.5. Edificabilidad máxima. La edificabilidad de la parcela será de 1 m2/m2 medidos
sobre la parcela neta. Se excluirá del cómputo de la edificabilidad las superficies bajo rasante destinadas a aparcamiento, instalaciones o servicios vinculados al uso.
1.6. Altura máxima de la edificación. La altura máxima de la edificación será de 12
(doce) metros, medidos sobre la rasante exterior. Por encima de dicha altura solo se permitirá la construcción de cuerpos singulares de la edificación en una superficie que no excederá el 20 % de la ocupación máxima, computando dicha superficie a efectos del establecimiento de la edificabilidad.
1.7. Dotación de plazas de aparcamiento. Se reservará espacio para aparcamiento,
bien sea en superficie, bien sea bajo rasante, con un número de plazas correspondiente a la
siguiente relación: 1 plaza por cada 75 m2 de superficie edificable.
1.8. Uso característico y usos secundarios. Tendrá la consideración de uso característico el que corresponde a la calificación del suelo que específicamente se establece en la
ordenación. Se considerarán compatibles con el uso dotacional característico el resto de los
equipamientos cuando sean objeto de agrupación para organizarse en un único edificio o
complejo de uso múltiple.
Capítulo III.06

BOCM-20230922-24

El presente Plan Especial seguirá la tramitación establecida en los artículos 59 y siguientes de la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid. La aprobación inicial del
Plan Especial es competencia la Comisión de Urbanismo de la Comunidad de Madrid».