Madrid (BOCM-20230914-35)
Otros anuncios. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Período aviso dispositivos
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 219
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 107
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35
MADRID
OTROS ANUNCIOS
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
I. Entre los medios técnicos automatizados para la vigilancia y denuncia automatizada
de las infracciones de tráfico y seguridad vial que se cometan el Ayuntamiento de Madrid emplea dispositivos foto-rojos, con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en su calidad de medios de captación gráfica o videográfica destinados a asegurar el respeto de las prioridades de paso de los semáforos, evitar atropellos y colisiones de vehículos, así como para el
control del cumplimiento de la normativa de tráfico, circulación y seguridad vial, incluyendo
ordenaciones permanentes y temporales.
II. De conformidad con lo previsto en el artículo 15.1.d) de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018 (en adelante, OMS), el Ayuntamiento de Madrid
emplea los dispositivos foto-rojo “para controlar el cumplimiento de la normativa de: seguridad vial; ordenaciones permanentes y temporales de tráfico de los artículos 21 a 25 ambos inclusive, 35, 195, las disposiciones transitorias primera y segunda”, y de “las normas
legales y reglamentarias en materia de tráfico, circulación, seguridad vial”.
En materia de seguridad vial los dispositivos foto rojos constituyen el medio técnico
idóneo para la vigilancia y el control automatizado del cumplimiento de las prioridades de
paso semafóricas y la denuncia automatizada de la infracción grave de tráfico consistente en
“no respetar la luz roja de un semáforo” tipificada en el artículo 76.k) del texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado mediante Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en adelante, LTSV), sancionada con
multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos conforme a lo previsto en el artículo 80.1 y el
apartado 10 del anexo II de la LTSV.
Asimismo, la detección automatizada de la circulación de vehículos y la obtención de
medios probatorios gráficos convierte a los dispositivos foto rojos en medios técnicos idóneos para el control automatizado de infracciones de: a) de las ordenaciones temporales de
tráfico adoptadas por motivos de seguridad, seguridad vial y grave congestión de tráfico del
artículo 25 de la OMS cuando resulte posible; b) de las medidas extraordinarias de tráfico
durante episodios de contaminación atmosférica para proteger la salud humana y el medio
ambiente, reguladas en el artículo 35 de la OMS; y c) de los requisitos ambientales para la
circulación de autotaxis y vehículos de turismo en arrendamiento con conductor regulados
en el artículo 195 y la disposición transitoria segunda de la OMS.
La OMS contempla expresamente la utilización de los dispositivos foto-rojos como
mecanismos de control automatizado del cumplimiento de la normativa reguladoras de las
zonas de bajas emisiones, concretamente en el artículo 21.5 de la OMS respecto a Madrid
Zona de Bajas Emisiones y en el artículo 22.10 de la OMS respecto de las Zonas de Bajas
Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP).
III. Desde el 2 de mayo de 2022 el control automatizado del cumplimiento de la normativa de Madrid ZBE en el interior de la M-30 viene realizándose mediante quince dispositivos foto-rojos situados en el interior de M-30 que fueron sometidos, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2021 de esta Dirección General (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID n.o 311 de 30 de diciembre de 2021), al oportuno período de aviso de dos meses realizado entre el 1 de enero y el 1 de marzo de 2022, que fue ampliado por
dos meses más del 1 de marzo de 2022 al 1 de mayo de 2022 mediante Resolución de 25 de
febrero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 51 de 1 de marzo
de 2022).
BOCM-20230914-35
Resolución de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, por la
que se establece el período de aviso respecto de los dispositivos foto-rojos instalados en la
calle Joaquín Costa, número 36 y en la calle Francisco Silvela, número 99.
B.O.C.M. Núm. 219
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE SEPTIEMBRE DE 2023
Pág. 107
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
35
MADRID
OTROS ANUNCIOS
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
I. Entre los medios técnicos automatizados para la vigilancia y denuncia automatizada
de las infracciones de tráfico y seguridad vial que se cometan el Ayuntamiento de Madrid emplea dispositivos foto-rojos, con sujeción a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, en su calidad de medios de captación gráfica o videográfica destinados a asegurar el respeto de las prioridades de paso de los semáforos, evitar atropellos y colisiones de vehículos, así como para el
control del cumplimiento de la normativa de tráfico, circulación y seguridad vial, incluyendo
ordenaciones permanentes y temporales.
II. De conformidad con lo previsto en el artículo 15.1.d) de la Ordenanza de Movilidad Sostenible de 5 de octubre de 2018 (en adelante, OMS), el Ayuntamiento de Madrid
emplea los dispositivos foto-rojo “para controlar el cumplimiento de la normativa de: seguridad vial; ordenaciones permanentes y temporales de tráfico de los artículos 21 a 25 ambos inclusive, 35, 195, las disposiciones transitorias primera y segunda”, y de “las normas
legales y reglamentarias en materia de tráfico, circulación, seguridad vial”.
En materia de seguridad vial los dispositivos foto rojos constituyen el medio técnico
idóneo para la vigilancia y el control automatizado del cumplimiento de las prioridades de
paso semafóricas y la denuncia automatizada de la infracción grave de tráfico consistente en
“no respetar la luz roja de un semáforo” tipificada en el artículo 76.k) del texto refundido de
la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado mediante Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre (en adelante, LTSV), sancionada con
multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos conforme a lo previsto en el artículo 80.1 y el
apartado 10 del anexo II de la LTSV.
Asimismo, la detección automatizada de la circulación de vehículos y la obtención de
medios probatorios gráficos convierte a los dispositivos foto rojos en medios técnicos idóneos para el control automatizado de infracciones de: a) de las ordenaciones temporales de
tráfico adoptadas por motivos de seguridad, seguridad vial y grave congestión de tráfico del
artículo 25 de la OMS cuando resulte posible; b) de las medidas extraordinarias de tráfico
durante episodios de contaminación atmosférica para proteger la salud humana y el medio
ambiente, reguladas en el artículo 35 de la OMS; y c) de los requisitos ambientales para la
circulación de autotaxis y vehículos de turismo en arrendamiento con conductor regulados
en el artículo 195 y la disposición transitoria segunda de la OMS.
La OMS contempla expresamente la utilización de los dispositivos foto-rojos como
mecanismos de control automatizado del cumplimiento de la normativa reguladoras de las
zonas de bajas emisiones, concretamente en el artículo 21.5 de la OMS respecto a Madrid
Zona de Bajas Emisiones y en el artículo 22.10 de la OMS respecto de las Zonas de Bajas
Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP).
III. Desde el 2 de mayo de 2022 el control automatizado del cumplimiento de la normativa de Madrid ZBE en el interior de la M-30 viene realizándose mediante quince dispositivos foto-rojos situados en el interior de M-30 que fueron sometidos, mediante Resolución de 17 de diciembre de 2021 de esta Dirección General (BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID n.o 311 de 30 de diciembre de 2021), al oportuno período de aviso de dos meses realizado entre el 1 de enero y el 1 de marzo de 2022, que fue ampliado por
dos meses más del 1 de marzo de 2022 al 1 de mayo de 2022 mediante Resolución de 25 de
febrero de 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 51 de 1 de marzo
de 2022).
BOCM-20230914-35
Resolución de la Directora General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, por la
que se establece el período de aviso respecto de los dispositivos foto-rojos instalados en la
calle Joaquín Costa, número 36 y en la calle Francisco Silvela, número 99.