C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230902-2)
Convenio colectivo –  Resolución de 21 de agosto de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa OHL Servicios-Ingesan para las y los trabajadoras/es del término municipal de Navalcarnero (Sección de recogida de basuras y limpieza viaria). Código número 28103691012023
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 209

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 2 DE SEPTIEMBRE DE 2023

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DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA
Las discrepancias producidas en el seno de la Comisión Mixta Paritaria se solventarán de acuerdo
con los procedimientos regulados en el acuerdo interprofesional sobre la creación del sistema de
solución extrajudicial de conflictos y del instituto Laboral de la Comunidad de Madrid y en su
Reglamento.
La solución de los conflictos que afecten a las personas trabajadoras y empresarios/as incluidos en
su ámbito de aplicación se efectuará conforme a los procedimientos regulados en el acuerdo
interprofesional sobre la creación del sistema de solución extrajudicial de conflictos y del Instituto
Laboral de la Comunidad de Madrid y en su Reglamento.

DISPOSICIÓN ADICIONAL SEGUNDA
Todos los vehículos recolectores compactadores de carga trasera de basura irán dotados un
conductor/a y dos peones.
DISPOSICIÓN ADICIONAL TERCERA
Cláusula de descuelgue
Se estará a los procedimientos que se establezcan a este respecto en los acuerdos
interprofesionales de ámbito estatal o autonómico conforme a lo dispuesto en el artículo 82.3 del
Estatuto de los Trabajadores para solventar de manera efectiva las discrepancias que puedan surgir
para la no aplicación de las condiciones de trabajo a que se refiere dicho artículo.

DISPOSICIÓN ADICIONAL CUARTA
Comisión de seguimiento absentismo
Ambas partes se comprometen, como medida de lucha contra el absentismo, a crear una comisión
de seguimiento del absentismo en el centro de trabajo.

DISPOSICIÓN FINAL
Planes de igualdad
Los/as firmantes del presente Convenio Colectivo declaran el compromiso en el establecimiento y
desarrollo de políticas que integren la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres,
sin discriminar directa o indirectamente por razón de sexo, así como en el impulso y fomento de
medidas para conseguir la igualdad real en el seno de la organización, estableciendo la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres en concordancia con el III Plan de Igualdad de OHL
Servicios-Ingresan que tiene instaurado el Grupo durante su vigencia hasta el año 2025, de acuerdo
con lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre
mujeres y hombres.

BOCM-20230902-2

De igual modo, dentro de las empresas, las personas trabajadoras no podrán ser discriminadas por
cuestiones de ideología, religión, raza, afiliación política o sindical, etc. Se respetará el principio de
igualdad de acceso a todos los puestos de trabajo en la empresa, tanto para el hombre como para
la mujer, sin discriminación alguna.