Alcorcón (BOCM-20230830-23)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 50
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 30 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 206
BOCM-20230830-23
1.11. Todas las correspondientes al padrón municipal de habitantes y al censo electoral y su gestión que correspondan a la Alcaldía, establecidas en la legislación vigente aplicable a la materia o cuantas normas o resoluciones pudieran emitirse. A título enunciativo:
altas, bajas, edictos, suscripción y emisión de los volantes y certificados de inscripción padronal, pudiendo ser autorizada la firma de estos volantes a los funcionarios adscritos a los
servicios centrales de estadística o a los centros descentralizados del servicio de atención
ciudadana.
1.12. La redacción, actualización y seguimiento del plan de prevención de riesgos
laborales del Ayuntamiento y su Organismo Autónomo y la aplicación de dicho plan al
personal adscrito a la Concejalía y en general a todo el personal administrativo en sentido
amplio del Ayuntamiento (personal que preste sus servicios en despachos y oficinas del
Ayuntamiento).
1.13. La justificación, con la suscripción de cuantas resoluciones sean precisas, de
las subvenciones recibidas de terceros por el Ayuntamiento, en materias correspondientes
a las competencias atribuidas a la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos y Atención
Ciudadana. Igualmente, cuando se trate de convenios que afecten a estas materias y requieran justificación del cumplimiento del convenio, ante el tercero firmante del mismo con este
Ayuntamiento.
1.14. Las facultades precisas para resolver los recursos de reposición, incluidas
cuantas facultades sean precisas para la plena efectividad del recurso resuelto, que puedan
formularse contra los actos que haya emitido en virtud de las competencias que le hayan
sido delegadas para resolver actos que afecten a terceros mediante el presente decreto.
1.15. La facultad de suscribir edictos y anuncios en los diferentes boletines oficiales
de las actuaciones realizadas en los expedientes tramitados correspondientes a las materias
de Recursos Humanos y Atención Ciudadana y restantes materias competencia de la Concejalía. Igualmente, cuando se trate de anuncios en periódicos, cuando resulten obligados
por norma legal o reglamentaria en el expediente en cuestión.
1.16. Designación nominativa de los miembros de jurados y comisiones de calificación, para la concesión de cualquier premio, beneficio, becas, ayudas, etc., gestionados por
la Concejalía.
1.17. La totalidad de competencias que en materia de Protección de Datos y Transparencia pudieran corresponder a la Alcaldía-Presidencia.
Segundo.—El presente decreto deja sin efecto los decretos de la alcaldesa–presidenta
de fechas 17 de junio de 2019 y 10 de febrero de 2020 y cualquier otro anterior que se oponga a lo dispuesto en este.
Se notificará personalmente al interesado y sin perjuicio de su inmediata ejecutividad,
se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a
los efectos legales pertinentes.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
Alcorcón, a 18 de agosto de 2023.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/14.473/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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MIÉRCOLES 30 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 206
BOCM-20230830-23
1.11. Todas las correspondientes al padrón municipal de habitantes y al censo electoral y su gestión que correspondan a la Alcaldía, establecidas en la legislación vigente aplicable a la materia o cuantas normas o resoluciones pudieran emitirse. A título enunciativo:
altas, bajas, edictos, suscripción y emisión de los volantes y certificados de inscripción padronal, pudiendo ser autorizada la firma de estos volantes a los funcionarios adscritos a los
servicios centrales de estadística o a los centros descentralizados del servicio de atención
ciudadana.
1.12. La redacción, actualización y seguimiento del plan de prevención de riesgos
laborales del Ayuntamiento y su Organismo Autónomo y la aplicación de dicho plan al
personal adscrito a la Concejalía y en general a todo el personal administrativo en sentido
amplio del Ayuntamiento (personal que preste sus servicios en despachos y oficinas del
Ayuntamiento).
1.13. La justificación, con la suscripción de cuantas resoluciones sean precisas, de
las subvenciones recibidas de terceros por el Ayuntamiento, en materias correspondientes
a las competencias atribuidas a la Concejalía-Delegada de Recursos Humanos y Atención
Ciudadana. Igualmente, cuando se trate de convenios que afecten a estas materias y requieran justificación del cumplimiento del convenio, ante el tercero firmante del mismo con este
Ayuntamiento.
1.14. Las facultades precisas para resolver los recursos de reposición, incluidas
cuantas facultades sean precisas para la plena efectividad del recurso resuelto, que puedan
formularse contra los actos que haya emitido en virtud de las competencias que le hayan
sido delegadas para resolver actos que afecten a terceros mediante el presente decreto.
1.15. La facultad de suscribir edictos y anuncios en los diferentes boletines oficiales
de las actuaciones realizadas en los expedientes tramitados correspondientes a las materias
de Recursos Humanos y Atención Ciudadana y restantes materias competencia de la Concejalía. Igualmente, cuando se trate de anuncios en periódicos, cuando resulten obligados
por norma legal o reglamentaria en el expediente en cuestión.
1.16. Designación nominativa de los miembros de jurados y comisiones de calificación, para la concesión de cualquier premio, beneficio, becas, ayudas, etc., gestionados por
la Concejalía.
1.17. La totalidad de competencias que en materia de Protección de Datos y Transparencia pudieran corresponder a la Alcaldía-Presidencia.
Segundo.—El presente decreto deja sin efecto los decretos de la alcaldesa–presidenta
de fechas 17 de junio de 2019 y 10 de febrero de 2020 y cualquier otro anterior que se oponga a lo dispuesto en este.
Se notificará personalmente al interesado y sin perjuicio de su inmediata ejecutividad,
se remitirá para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a
los efectos legales pertinentes.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.
Alcorcón, a 18 de agosto de 2023.—El titular de la Oficina de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Emilio Antonio Larrosa Hergueta.
(03/14.473/23)
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ISSN 1989-4791