C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230828-4)
Regulación concesión subvenciones –  Acuerdo de 26 de julio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y la convocatoria del procedimiento de concesión directa de subvenciones destinadas a desarrollar proyectos de inversión para fomentar la autonomía de los usuarios y el modelo de atención centrado en la persona y para la adquisición de equipamiento técnico y tecnológico de los centros de servicios sociales, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 204

También deberán informar con inmediatez de la existencia de cualquier procedimiento judicial tendente a la determinación de conductas que puedan ser constitutivas de
infracción penal y que afecten a las actuaciones financiadas total o parcialmente con
cargo a estas subvenciones, así como de cualquier otra incidencia que pueda perjudicar a la reputación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
n) Establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros aporten
la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los indicadores, hitos y objetivos pertinentes Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
o) Cumplir con la obligación de suministro de información sobre los beneficiarios últimos de las ayudas, contratistas y subcontratistas, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la Orden HAP/1030/2021.
p) Adoptar las medidas necesarias para la prevención, detección y corrección del fraude, corrupción y conflicto de intereses, durante la ejecución de actuaciones financiadas por el MRR. En caso de apreciarse sospechas de comportamientos fraudulentos,
las entidades podrán comunicar sus denuncias a través del canal público de la IGAE:
( https://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/esES/snca/Paginas/ComunicacionSNCA.aspx ),
en el buzón de consultas inserto en el portal de transparencia de la Comunidad de
Madrid ( www.comunidad.madrid/transparencia ) y en el buzón de consultas abierto a
toda la ciudadanía ( www.gestiona3.madrid.org/suque_inter/run/j/QuejaAlta.icm ).
Artículo 21.
Publicidad y difusión
Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones de información y publicidad que las autoridades competentes establezcan relativas a la financiación del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
A tal efecto, deben adoptar medidas de información, comunicación y visibilidad de las
actuaciones financiadas (banners en webs o aplicaciones informáticas, carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), incluyendo los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea.
b) Junto con el emblema de la Unión, se incluirá el texto «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
c) Se tendrán en cuenta las normas gráficas y los colores normalizados establecidos
en el Anexo I del Reglamento de Ejecución 821/2014 de la Comisión de 28 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento
(UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo que se refiere a las
modalidades concretas de transferencia y gestión de las contribuciones del programa,
la presentación de información sobre los instrumentos financieros, las características técnicas de las medidas de información y comunicación de las operaciones, y el
sistema para el registro y el almacenamiento de datos. También se pueden consultar
las siguientes páginas web: http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y
https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual y descargar distintos ejemplos del
emblema en https://europa.eu/european-union/about-eu/symbols/flag_es#download
d) Se incluirá el logo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
del Reino de España, y una referencia a la gestión por la Consejería de Familia,
Juventud y Política Social. A tal efecto se tendrán en consideración las indicaciones que se adopten sobre la comunicación digital del PRTR.
Artículo 22.
1. La Consejería de Familia, Juventud y Política Social, el Tribunal de Cuentas, la
Cámara de Cuentas y la Intervención General de la Comunidad de Madrid podrán realizar
todas las comprobaciones necesarias respecto al destino y aplicación de las ayudas concedidas. Podrán igualmente realizar las visitas que sean precisas a las instalaciones de la entidad beneficiaria, que estará obligada a colaborar para facilitar estas actuaciones en los términos previstos en el artículo 46 de la Ley 38/2003 y en el artículo 12.4 de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo.

BOCM-20230828-4

Control, seguimiento e incumplimiento