Madrid (BOCM-20230828-23)
Régimen económico. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Concesión subvenciones
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BOCM
Pág. 70
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 204
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
23
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Decreto de 24 de agosto de 2023, del delegado del Área de Gobierno de Urbanismo,
Medio Ambiente y Movilidad, por el que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la micromovilidad en la ciudad de Madrid (Cambia 360) de la
anualidad de 2022.
Visto el informe-propuesta de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras
de Movilidad, de 21 de agosto de 2023, y en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
A los anteriores antecedentes de hecho, resultan de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.—Según se establece en el artículo 26.5 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid
de 30 de octubre de 2013 (en adelante OBRGS) y en el apartado 4.1 de la Convocatoria, en
BOCM-20230828-23
Primero.—Mediante Decreto de 27 de abril de 2022, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la micromovilidad en la ciudad de Madrid (Cambia 360) de la anualidad 2022 (en adelante, Convocatoria).
Segundo.—Según lo previsto en el apartado 3.2 de la Convocatoria, “el crédito destinado a esta convocatoria asciende a quinientos mil euros (500.000 euros)”.
Tercero.—De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), la gestión de esta línea de ayudas
se realiza por la Entidad Colaboradora denominada “Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid” (en adelante, AECIM), que resultó seleccionada por
Decreto de 10 de agosto de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente
y Movilidad, una vez resuelto el correspondiente procedimiento de concurrencia competitiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.5 de la LGS, habiéndose suscrito el
correspondiente convenio de colaboración de fecha 7 de septiembre de 2021.
Según lo estipulado en el apartado 3 de la cláusula quinta del referido convenio, AECIM
hizo entrega de la relación de interesados que cumplen los requisitos para recibir la ayuda
y puso a disposición del Ayuntamiento de Madrid, por medios electrónicos, los documentos contenidos en los expedientes relativos a cada solicitud de subvención recibida.
Cuarto.—Con fecha 1 de junio de 2023 se publicó en el BOAM la Propuesta de resolución provisional, de 30 de mayo de 2023, de la directora general de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, y con fecha 12 de julio de 2023, la Propuesta de resolución definitiva de 10 de julio de 2023, otorgando un plazo de diez días hábiles para que los
beneficiarios incluidos en esta última pudieran expresar su oposición o manifestar su renuncia a aceptar la subvención.
Quinto.—Con fecha 21 de agosto de 2023, la Dirección General ha hecho constar que
se ha recibido una renuncia y propone, a la vista de las alegaciones presentadas por dos interesados cuyas solicitudes habían sido desestimadas en la Propuesta de resolución definitiva, la estimación de ambas, al haber quedado acreditado el cumplimiento de los requisitos
para la percepción de la subvención, elevando al delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad propuesta de Decreto de resolución de la Convocatoria.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 204
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
23
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad
Decreto de 24 de agosto de 2023, del delegado del Área de Gobierno de Urbanismo,
Medio Ambiente y Movilidad, por el que se resuelve la convocatoria pública de subvenciones destinadas al fomento de la micromovilidad en la ciudad de Madrid (Cambia 360) de la
anualidad de 2022.
Visto el informe-propuesta de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras
de Movilidad, de 21 de agosto de 2023, y en base a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
A los anteriores antecedentes de hecho, resultan de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.—Según se establece en el artículo 26.5 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid
de 30 de octubre de 2013 (en adelante OBRGS) y en el apartado 4.1 de la Convocatoria, en
BOCM-20230828-23
Primero.—Mediante Decreto de 27 de abril de 2022, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la micromovilidad en la ciudad de Madrid (Cambia 360) de la anualidad 2022 (en adelante, Convocatoria).
Segundo.—Según lo previsto en el apartado 3.2 de la Convocatoria, “el crédito destinado a esta convocatoria asciende a quinientos mil euros (500.000 euros)”.
Tercero.—De acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), la gestión de esta línea de ayudas
se realiza por la Entidad Colaboradora denominada “Asociación de Empresas del Comercio e Industria del Metal de Madrid” (en adelante, AECIM), que resultó seleccionada por
Decreto de 10 de agosto de 2021, del delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente
y Movilidad, una vez resuelto el correspondiente procedimiento de concurrencia competitiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 16.5 de la LGS, habiéndose suscrito el
correspondiente convenio de colaboración de fecha 7 de septiembre de 2021.
Según lo estipulado en el apartado 3 de la cláusula quinta del referido convenio, AECIM
hizo entrega de la relación de interesados que cumplen los requisitos para recibir la ayuda
y puso a disposición del Ayuntamiento de Madrid, por medios electrónicos, los documentos contenidos en los expedientes relativos a cada solicitud de subvención recibida.
Cuarto.—Con fecha 1 de junio de 2023 se publicó en el BOAM la Propuesta de resolución provisional, de 30 de mayo de 2023, de la directora general de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, y con fecha 12 de julio de 2023, la Propuesta de resolución definitiva de 10 de julio de 2023, otorgando un plazo de diez días hábiles para que los
beneficiarios incluidos en esta última pudieran expresar su oposición o manifestar su renuncia a aceptar la subvención.
Quinto.—Con fecha 21 de agosto de 2023, la Dirección General ha hecho constar que
se ha recibido una renuncia y propone, a la vista de las alegaciones presentadas por dos interesados cuyas solicitudes habían sido desestimadas en la Propuesta de resolución definitiva, la estimación de ambas, al haber quedado acreditado el cumplimiento de los requisitos
para la percepción de la subvención, elevando al delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad propuesta de Decreto de resolución de la Convocatoria.