Morata de Tajuña (BOCM-20230828-43)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 204

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023

Pág. 101

BOCM-20230828-43

Las dedicaciones exclusivas y parciales de las Concejalías mencionadas serán efectivas a partir del día 23 de junio de 2023, fecha de nombramiento como concejales responsables de las distintas áreas en que autoorganiza el Ayuntamiento, sin perjuicio de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto.—El régimen de dedicación mínima a las tareas municipales por los concejales con dedicación exclusiva será la presencia en el Ayuntamiento la jornada laboral todos
los días laborables de lunes a viernes, sin perjuicio de las actividades y viajes oficiales que
fueran necesarios para el desempeño de las funciones inherentes a su cargo.
El régimen de dedicación mínima a las tareas municipales por los concejales con dedicación parcial será la presencia en el Ayuntamiento de un 80 por 100 de jornada laboral
todos los días laborables de lunes a viernes, sin perjuicio de las actividades y viajes oficiales que fueran necesarios para el desempeño de las funciones inherentes a su cargo.
Quinto.—Dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social a los miembros de
la Corporación que desempeñen tales cargos en régimen de dedicación exclusiva y parcial,
y en este último caso en tal concepto parcial, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan.
Sexto.—Autorizar y disponer el gasto con cargo a la aplicación correspondiente del
presupuesto general en vigor, autorizándose, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el Real Decreto 500/1990.
Séptimo.—Establecer el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias, cuya
aprobación y pago quedará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente:
— Asistencia a sesiones y comisiones.
Los miembros de la Corporación que no tengan dedicación parcial o exclusiva,
percibirán por la asistencia a las sesiones que celebren los órganos colegiados municipales, las cuantías siguientes:
d 200 euros/sesión, Pleno.
d 160 euros/sesión, Junta de Gobierno Local.
d 100 euros/sesión, Comisiones Informativas.
En lo que se refiere a derechos por asistencias a sesiones de órganos colegiados, en
caso de celebrarse una o más sesiones del mismo órgano en el mismo día, solamente podrán percibirse derechos por una de ellas.
— Por comisiones de servicios:
d Gastos de viaje: se abonará el importe correspondiente por la utilización de
cualquier medio de transporte. En el supuesto de utilizar vehículo propio se
abonará la cantidad de 0,19 euros/km.
Octavo.—Que se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de
forma íntegra el acuerdo plenario, a los efectos de su general conocimiento, dada su trascendencia.
Morata de Tajuña, a 28 de julio de 2023.—El alcalde, Fernando Villalaín González.
(03/14.395/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791