Morata de Tajuña (BOCM-20230828-43)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 204
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
MORATA DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
En calidad de secretario/a de este Órgano, certifico:
Que en la sesión celebrada el 27 de julio de 2023, correspondiente al expediente de
Pleno PLN/2023/9, se adoptó el siguiente acuerdo:
Expediente 1750/2023: Aprobación, si procede, régimen de dedicación, retribuciones
e indemnizaciones a percibir por los miembros de la Corporación:
— Favorable.
d Tipo de votación: Ordinaria.
d A favor: 12. En contra: 1. Abstenciones: 0, Ausentes: 0.
Resolución
Propuesta de acuerdo
Expediente número: 1750/2023.
Asunto: Régimen de dedicaciones.
Propuesta de acuerdo
Se da cuenta del expediente incoado a los efectos de que se examine en el presente Pleno la procedencia de aprobar la dedicación exclusiva y parcial de los cargos que a continuación se mencionan, tal y como es la voluntad del Equipo de Gobierno surgido de las últimas elecciones locales.
De acuerdo con lo expuesto, y con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), y en el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Primero.—Determinar que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva
y, por tanto, con derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, siendo
las retribuciones brutas anuales, pagaderas en catorce mensualidades, los cargos siguientes:
— Concejal de Seguridad y Emergencias, Fiestas y Tradiciones, D.a Elena Ortiz-Portada Martínez: 45.000 euros brutos/anuales.
— Concejal de Urbanismo, Obras y Mantenimiento, y Deportes, D. Raúl García Carretero: 45.000 euros brutos/anuales.
Segundo.—Determinar que podrán desempeñarse en régimen de dedicación parcial y,
por tanto, con derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, siendo
las retribuciones brutas anuales, pagaderas en catorce mensualidades, los cargos siguientes:
— Concejal de Educación, Transporte y Atención Ciudadana, D.a Sara Macarrón López: 31.000 euros brutos/anuales.
— Concejal Cultura, Turismo y Comercio, D. Alberto Villalba de la Torre: 31.000 euros
brutos/anuales.
Tercero.— El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de los indicados cargos implica la compatibilidad con el desempeño de las actividades públicas o privadas
que cada uno de ellos haya reflejado en la declaración de intereses respectiva, todo ello dentro de los márgenes establecidos por el artículo 75 de la LBRL y en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Dicho nombramiento solo supondrá la aplicación del régimen de dedicación exclusiva o parcial si es aceptado por el concejal, por lo que se da cuenta al Pleno de la aceptación
de la dedicación exclusiva y parcial de los concejales designados para dichos puestos.
BOCM-20230828-43
Determinación de los cargos con dedicación exclusiva y parcial
y régimen de dedicación mínima de los mismos
Pág. 100
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 204
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
43
MORATA DE TAJUÑA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
En calidad de secretario/a de este Órgano, certifico:
Que en la sesión celebrada el 27 de julio de 2023, correspondiente al expediente de
Pleno PLN/2023/9, se adoptó el siguiente acuerdo:
Expediente 1750/2023: Aprobación, si procede, régimen de dedicación, retribuciones
e indemnizaciones a percibir por los miembros de la Corporación:
— Favorable.
d Tipo de votación: Ordinaria.
d A favor: 12. En contra: 1. Abstenciones: 0, Ausentes: 0.
Resolución
Propuesta de acuerdo
Expediente número: 1750/2023.
Asunto: Régimen de dedicaciones.
Propuesta de acuerdo
Se da cuenta del expediente incoado a los efectos de que se examine en el presente Pleno la procedencia de aprobar la dedicación exclusiva y parcial de los cargos que a continuación se mencionan, tal y como es la voluntad del Equipo de Gobierno surgido de las últimas elecciones locales.
De acuerdo con lo expuesto, y con lo dispuesto en el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2
de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), y en el artículo 13 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
se propone al Pleno la adopción del siguiente acuerdo:
Primero.—Determinar que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva
y, por tanto, con derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, siendo
las retribuciones brutas anuales, pagaderas en catorce mensualidades, los cargos siguientes:
— Concejal de Seguridad y Emergencias, Fiestas y Tradiciones, D.a Elena Ortiz-Portada Martínez: 45.000 euros brutos/anuales.
— Concejal de Urbanismo, Obras y Mantenimiento, y Deportes, D. Raúl García Carretero: 45.000 euros brutos/anuales.
Segundo.—Determinar que podrán desempeñarse en régimen de dedicación parcial y,
por tanto, con derecho a retribución en las cuantías que a continuación se expresan, siendo
las retribuciones brutas anuales, pagaderas en catorce mensualidades, los cargos siguientes:
— Concejal de Educación, Transporte y Atención Ciudadana, D.a Sara Macarrón López: 31.000 euros brutos/anuales.
— Concejal Cultura, Turismo y Comercio, D. Alberto Villalba de la Torre: 31.000 euros
brutos/anuales.
Tercero.— El nombramiento de un miembro de la Corporación para uno de los indicados cargos implica la compatibilidad con el desempeño de las actividades públicas o privadas
que cada uno de ellos haya reflejado en la declaración de intereses respectiva, todo ello dentro de los márgenes establecidos por el artículo 75 de la LBRL y en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Dicho nombramiento solo supondrá la aplicación del régimen de dedicación exclusiva o parcial si es aceptado por el concejal, por lo que se da cuenta al Pleno de la aceptación
de la dedicación exclusiva y parcial de los concejales designados para dichos puestos.
BOCM-20230828-43
Determinación de los cargos con dedicación exclusiva y parcial
y régimen de dedicación mínima de los mismos