Madrid (BOCM-20230828-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Decreto peatonalización
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 204

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 28 DE AGOSTO DE 2023

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BOCM-20230828-22

La circulación de entrada y salida a la Puerta del Sol será la siguiente:
— Calles de entrada a Puerta del Sol:
d Calle Mayor.
d Calle Preciados.
d Calle Alcalá.
d Calle Espoz y Mina.
— Calles de salida de Puerta del Sol:
d Calle Arenal.
d Calle Montera.
d Calle Carrera de San Jerónimo.
d Calle Carretas.
Desde la calle del Carmen y Correo no se podrá acceder ni salir de la Puerta del Sol.
B) El acceso al aparcamiento de la Comunidad de Madrid en plaza de Marqués Viudo
de Pontejos y a la sede de Presidencia de la Comunidad de Madrid se realizará por
calle Esparteros y calle Marques Viudo de Pontejos a la calle San Ricardo. De salida desde la calle San Ricardo por calle Carretas a Plaza Jacinto Benavente.
C) El acceso a los aparcamientos de la calle Alcalá, entre Sevilla y Puerta del Sol,
se realizará por calle Alcalá y de salida por Puerta del Sol a calle Carrera de San
Jerónimo.
D) El paso de ciclistas por la zona peatonalizada se realizará a través del itinerario 2
del apartado A del artículo segundo: calle Mayor-calle Carrera de San Jerónimo
(frente al edificio de la Casa de Correos) por carril habilitado como acera-bici bidireccional. Dicha acera-bici bidireccional se ha ejecutado en plataforma única,
con una diferencia de cota de 4 cm, absorbida en un plano inclinado donde se ubica una banda de baldosa de 40 cm de botones (pavimento podotáctil).
Tercero.—El presente decreto surtirá efectos desde su publicación en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de su publicación en el “Boletín
Oficial del Ayuntamiento de Madrid”.
Cuarto.—Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el delegado del Área de Gobierno de
Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso
contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y así como por el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro
que se estime pertinente.
Madrid, a 4 de agosto de 2023.—El delegado del Área de Gobierno de Urbanismo,
Medio Ambiente y Movilidad, P. S. (Decreto del alcalde de 27 de julio de 2023), la delegada del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, Paloma García Romero.
(03/14.394/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791