C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230826-3)
Convenio colectivo –  Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Parque de Atracciones Madrid, S. A. (código número 28003052011982)
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 203

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 26 DE AGOSTO DE 2023

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g) Grupo VII. Espectáculos.
- PRESENTADOR/A. Responsable de dar paso (presentar) los espectáculos o eventos que
se realizan en el Parque tanto con un guion propio como con guiones marcados por el Director/a Artístico.
- COREÓGRAFO/A. Creador/a de movimientos de danza y baile.
- ESCENÓGRAFO/A. Responsable de las decoraciones teatrales.
- FIGURINISTA. Creador/a y diseñador/a de los distintos vestuarios (trajes) que se utilizan en
las obras teatrales.
- BAILARÍN/A. Tiene por cometido la interpretación de los bailes que hayan de representarse,
de acuerdo con el reparto efectuado por la dirección artística o coreográfica.
- ACTOR/ACTRIZ. Tiene por cometido la interpretación de los personajes de las obras teatrales de acuerdo con el reparto efectuado por la dirección artística.
- MÚSICO. Tiene por cometido la interpretación instrumental de las músicas que hayan de
representarse de acuerdo con el reparto efectuado por la dirección artística.
- REGIDOR/A. Tiene por misión montar las obras conforme a lo acordado por la dirección
escénica y llevar el orden del espectáculo durante el transcurso del mismo, previniendo y
avisando a los actores de sus respectivas intervenciones escénicas, conforme con lo especificado en el correspondiente libreto, así como advertir por medio de las señales correspondientes al maestro director/a de orquesta para iniciar los números musicales. No podrá
separarse del escenario y no estará obligado a prevenir a ningún artista que se aleje del
mismo sin causa justificada. Será la máxima autoridad en el escenario y el responsable directo del espectáculo una vez comenzado.
- TÉCNICO/A DE SONIDO. Operador/a de la mesa de mezclas. Encargado/a de realizar los
montajes de megafonía y de las cajas acústicas.
- ACOMODADOR/A. Tendrá a su cargo la vigilancia de la sala, siendo responsables de la
distribución del servicio en la puerta que les haya correspondido. Permanecerán en sus
puestos hasta el momento de salida del público, procediendo a levantar las butacas y revisar la sala en cada sección, dando parte a su encargado/a de las novedades que hubiera,
haciendo entrega al mismo de cualquier objeto o valores que encontrasen.
- SASTRE. Tiene por misión la conservación de la ropa y su distribución a los artistas, así
como de mantener el orden y limpieza de la sastrería.
- ANIMADOR/A. Tiene por misión entretener y divertir al público que acude al Parque tanto
en animaciones al aire libre (pasacalles) como en las fijadas por el Director/a Artístico dentro de instalaciones.
- MAQUILLADOR/A. Encargado/a de las caracterizaciones tanto a otras personas trabajadoras de la Empresa como al público.
- DISC-JOCKEY. Es quien con amplios conocimientos musicales, selecciona, combina, programa y ejecuta mediante discos, cintas o cualquier otro medio mecánico actual o que se
cree, la música correspondiente al baile o actuaciones de Grupos de artistas o músicovocales, imprimiendo su sensibilidad artística en las referidas actuaciones, y siempre bajo
supervisión.
- MOZO/A DE TRAMOYA. Bajo la supervisión de un superior/a y sin poseer conocimientos
concretos de cualquier especialidad, limitan sus funciones a la ejecución de trabajos no especializados dentro del Departamento de Espectáculos.
- AUXILIAR. Persona trabajadora del Grupo Profesional Espectáculos con menos de dos
años cotizados en la Empresa según informe de vida laboral de la Seguridad Social, y según está registrado en el artículo 57.B del presente Convenio

A modo de ejemplo se enumeran las principales funciones de los distintos oficios de
mantenimiento.
-

ELECTRICISTA
Reparación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas de baja tensión.
Reparación y mantenimiento de las instalaciones eléctricas de las atracciones
Reparación y mantenimiento del alumbrado.

BOCM-20230826-3

h) Anexo de Oficios.