D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230825-11)
Convenio –  Convenio de colaboración de 12 de agosto de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y Autoescuela del Sur, S. L., para la adhesión al proyecto “Financiación de formación (microcréditos) P4”, programa de ayudas para la financiación de acciones de formación conducentes a la obtención de permisos de conducción profesionales de las clases C, D y C+E, a personas trabajadoras ocupadas y desempleadas para la mejora de su empleabilidad en autoescuelas de la Comunidad de Madrid, en el marco del Componente_Inversión C23.I3 “Adquisición de nuevas competencias para la transformación digital, verde y productiva” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU
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B.O.C.M. Núm. 202

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 25 DE AGOSTO DE 2023

Conducción sostenible-conducción eficiente:
1) Conceptos básicos de los motores de combustión/eléctrico:
— Térmicos: funcionamiento, combustible, impacto económico/medioambiental.
— Eléctricos: funcionamiento, baterías, impacto económico/medioambiental,
nuevas tecnologías/logística y micromovilidad.
2) Conceptos generales de la conducción eficiente:
— Anticipación, climatización, navegación, diseño de ruta, sistemas predictivos, distribución de la carga.
— EVS instrumentación/interpretación y lectura.
— EVS recuperación.
3) Técnicas de Conducción eficiente en motores de combustión y eléctricos.
f) Módulo de utilización de dispositivos tecnológicos, con al menos el 30 por 100 de
la formación impartida, con el siguiente temario:
Tacógrafo digital:
1) Información básica de la legislación actual sobre la inclusión del tacógrafo
digital.
2) Aprender los conceptos y la instalación del tacógrafo.
3) Conocer los elementos principales de la tarjeta digital.
4) Conocer los tiempos de conducción: Conducción ininterrumpida, diaria, semanal, bisemanal. Casos especiales.
g) La duración mínima de la formación de los apartados d), e) y f) anteriores será, en
su conjunto, de 20 horas mínimo. Esta formación podrá ser impartida en cualquier
modalidad (virtual, presencial o teleformación), o una combinación de ellas.
h) El coste del certificado médico y las tasas de examen de la Dirección General de
Tráfico (DGT) no se incluyen en los gastos subvencionables.
i) Se abonará a la autoescuela en función de los alumnos finalizados, considerando
como tales, los que hayan participado y se incluyan a partir de la finalización de
la última sesión de las clases de maniobras o circulación para los alumnos con resultado de Apto teórico y completen las 10 clases de maniobras.
2. Comprobar que la identidad de quien entrega el bono de formación se corresponde con la persona que figura en el mismo mediante su identificación por DNI o NIE o documento identificativo equivalente.
En los casos en los que existan discrepancias sobre la veracidad de la identidad del beneficiario o de los datos del bono, se verificará dicha información con el personal técnico
de la Comunidad de Madrid asignado a este proyecto.
En el supuesto de que no exista correspondencia no podrá procederse a suministrar la formación y el material necesario, y por consiguiente, al posterior abono del importe de 600 euros
por cada alumno que haya completado la formación.
Igualmente, deberá comprobar que los bonos se encuentran en vigor, que recogen el
nombre del alumno/a, el número de bono CM/BONO/000000, así como el importe de la
ayuda y la fecha de caducidad.
Una vez recibido el bono de formación y comprobados los datos enumerados en el
apartado anterior, se procederá a la matriculación del alumnado beneficiario, al inicio de la
formación y la entrega del material necesario para la obtención de permisos de conducción
de las clases C, D y C+E. El beneficiario dispone del plazo de un mes contado desde la fecha de notificación del correspondiente “Bono Formación” para acudir a la autoescuela de
su elección e iniciar la formación en los términos establecidos por la autoescuela.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiera iniciado la formación, o el beneficiario renuncie a la formación, el bono se considerará caducado emitiéndose un nuevo bono en sustitución del bono así caducado.
Es obligatorio que los alumnos presenten ante la autoescuela el Apto Teórico expedido por la Dirección General de Tráfico en el plazo máximo de cuatro meses desde la fecha
de inicio de la formación. En caso de sobrepasar este plazo sin haber superado dicho examen, se perderá el derecho a la subvención concedida, anulándose el bono emitido. Se podrá emitir un nuevo bono en sustitución del bono así anulado.
3. Justificar ante la Dirección General de Formación la formación teórica-práctica
impartida mediante la aportación de memoria justificativa mensual que se presentará dentro

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