D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20230801-22)
Convenio –  Convenio de 20 de julio de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Agrupación de Sociedades Laborales de Madrid (ASALMA), en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención directa para la implantación de la ventanilla única de la economía social, por un importe de 714.000 euros, correspondiente a los ejercicios económicos 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
18 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 296

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 1 DE AGOSTO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 181

I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
22

CONVENIO de 20 de julio de 2023, entre la Comunidad de Madrid, a través de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, y la Agrupación de Sociedades
Laborales de Madrid (ASALMA), en virtud del cual se formaliza la concesión directa de una subvención directa para la implantación de la ventanilla única de
la economía social, por un importe de 714.000 euros, correspondiente a los ejercicios económicos 2023, 2024, 2025, 2026 y 2027.

De una parte, D. Daniel Rodríguez Asensio, Viceconsejero de Economía y Empleo,
nombrado por Decreto 91/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio), en el ejercicio de las competencias recogidas en la Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra el
Protectorado de Fundaciones, en representación de la Comunidad de Madrid, con domicilio en Plaza de Chamberí, número 8, 28010 Madrid.
De otra parte, la Agrupación de Sociedades Laborales de Madrid (en adelante, ASALMA),
con domicilio social en Madrid, calle Sebastián Herrera, número 12, segunda planta, con
CIF: G-78458809, e inscrita en la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, en el Depósito de Estatutos de Organizaciones Sindicales y Empresariales bajo el número 1493, con fecha 15 de junio de 1987,
representada por D. Julián Menéndez Moreno con DNI número, en calidad de Director-Gerente de ASALMA, actuando en virtud de la escritura de poder otorgada el 21 de julio de 2011, ante
el notario de Madrid D. Luis Garay Cuadros, con el número 2052 de su orden de protocolo.
Reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del
presente documento, en uso de las competencias que ambas partes tienen otorgadas,

I. La Comunidad de Madrid tiene atribuida la competencia de ejecución de la legislación laboral a través del artículo 149.1.7.o de la Constitución Española, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.17 de la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de
Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, tiene atribuidas competencias exclusivas, entre otras materias, en el fomento del desarrollo económico dentro de los objetivos
de la política económica nacional, y en materia de ordenación y planificación de la actividad económica regional.
El Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de
Madrid, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, atribuye a su titular, en su artículo 1, entre otras competencias, el fomento del
desarrollo económico, autónomos, economía social, administración de fondos europeos, ordenación económico-financiera, trabajo, empleo y prevención de riesgos laborales.
Igualmente, dicho Decreto atribuye en su artículo 25 a la Dirección General de Autónomos y Emprendimiento, competencias en materia de promoción e impulso del trabajo autónomo, del emprendimiento y de la economía social, y en particular, el impulso y el fomento
del autoempleo, el emprendimiento y la economía social, así como el diseño, la ejecución y
la promoción de políticas públicas y programas que impulsen el trabajo autónomo y la economía social y promocionen la cultura emprendedora.
II. La Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid considera como objetivo prioritario promover el diseño y desarrollo de fórmulas para mejorar y desarrollar la economía social de la Región con el fin de mejorar la competitividad de las entidades y empresas que la conforman, y de las cooperativas y sociedades laborales en particular,
como modelo de desarrollo económico que muestra mayor resistencia ante situaciones de
convulsión económica. También tiene como objetivo prioritario promover el diseño y desarrollo de fórmulas para mejorar y desarrollar la economía social de la Región con el fin de
mejorar la competitividad de las entidades y empresas que la conforman, como modelo de desarrollo económico que muestra mayor resiliencia ante situaciones de convulsión económica.

BOCM-20230801-22

EXPONEN