C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230731-16)
Convocatoria subvenciones – Orden 2411/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2023 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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B.O.C.M. Núm. 180
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023
Pozuelo del Rey, Anchuelo, Orusco de Tajuña, Santa María de la Alameda, Estremera, Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, Titulcia, Villamantilla,
Navalafuente, Valdeavero, Villanueva de Perales, Fresnedillas de la Oliva, Belmonte de Tajo, Rascafría, Zarzalejo, Batres, Colmenar del Arroyo,
Buitrago del Lozoya, El Vellón, Cenicientos, Villar del Olmo, Carabaña,
Fuentidueña del Tajo, Venturada, Fresno de Torote, Chapinería, Bustarviejo, Villamanta, Navalagamella, Pelayos de la Presa, Los Santos de la
Humosa, La Cabrera, Tielmes, Navas del Rey, Aldea del Fresno, Valdilecha, Perales de Tajuña, Navacerrada, Villaconejos, Quijorna, Casarrubuelos, Talamanca de Jarama, Valdeolmos-Alalpardo, Serranillos del Valle,
Robledo de Chabela, Torrejón de Velasco, Los Molinos, Valdetorres de
Jarama, Ajalvir y Torrelaguna.
— Proyectos que se desarrollen en un mínimo de un municipio de menos de
30.000 habitantes de la Comunidad de Madrid: 8 puntos.
— A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria se considerarán municipios de menos de 30.000 habitantes: El Álamo, Algete, Alpedrete, Becerril de la Sierra, El Boalo, Brunete, Camarma de Esteruelas, Campo Real,
Cercedilla, Chinchón, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Mediano, Colmenar de Oreja, Colmenarejo, Cubas de la Sagra, Daganzo de Arriba, El Escorial, Fuente el Saz Jarama, Griñón, Guadalix de la Sierra, Guadarrama,
Hoyo de Manzanares, Humanes de Madrid, Loeches, Manzanares el Real,
Meco, Mejorada del Campo, Miraflores de la Sierra, El Molar, Moraleja
de Enmedio, Moralzarzal, Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Paracuellos
de Jarama, Pedrezuela, San Agustín de Guadalix, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, San Martín de Valdeiglesias, Sevilla la
Nueva, Soto del Real, Torrejón de la Calzada, Torrelodones, Torres de la
Alameda, Valdemorillo, Velilla de San Antonio, Villa del Prado, Villalbilla, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo, Villarejo de Salvanés y Villaviciosa de Odón.
— Proyectos que tengan ámbito territorial en al menos un municipio de la
Comunidad de Madrid, de los definidos como “municipios de gran población”, de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local: 3 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria se consideran municipios de gran población: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla,
Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes y Torrejón de Ardoz.
— Proyectos que tengan ámbito territorial en Madrid capital: 3 puntos.
En el caso de que el proyecto se desarrolle en diferentes localizaciones se
considerará aquel ámbito que sume la mayor inversión.
4. Actividades, calendario y medios técnicos: hasta 16 puntos, con la siguiente
distribución:
— Calendario de realización con inclusión de un cronograma de realización
de las actividades a ejecutar en el proyecto: hasta 2 puntos.
— La descripción detallada de las actividades que se pretenden realizar: 10
puntos
— La correspondencia y adecuación entre los medios personales, técnicos y
materiales implementados y las actividades propuestas: 4 puntos.
5. Presupuesto del proyecto: hasta 5 puntos.
— Coherencia del presupuesto del proyecto con las actividades, los destinatarios y los recursos humanos y materiales del proyecto: hasta 4 puntos.
— Se valorará con un punto más si existe claridad, concreción y detalle en la
explicación del presupuesto.
c) Plan de evaluación y grado de cumplimiento de los objetivos: hasta 4 puntos.
— Grado de consecución del objetivo general y de los objetivos intermedios establecidos.
— Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto en la
programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos.
— Indicación de quién efectuará la evaluación.
Pág. 105
BOCM-20230731-16
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023
Pozuelo del Rey, Anchuelo, Orusco de Tajuña, Santa María de la Alameda, Estremera, Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, Titulcia, Villamantilla,
Navalafuente, Valdeavero, Villanueva de Perales, Fresnedillas de la Oliva, Belmonte de Tajo, Rascafría, Zarzalejo, Batres, Colmenar del Arroyo,
Buitrago del Lozoya, El Vellón, Cenicientos, Villar del Olmo, Carabaña,
Fuentidueña del Tajo, Venturada, Fresno de Torote, Chapinería, Bustarviejo, Villamanta, Navalagamella, Pelayos de la Presa, Los Santos de la
Humosa, La Cabrera, Tielmes, Navas del Rey, Aldea del Fresno, Valdilecha, Perales de Tajuña, Navacerrada, Villaconejos, Quijorna, Casarrubuelos, Talamanca de Jarama, Valdeolmos-Alalpardo, Serranillos del Valle,
Robledo de Chabela, Torrejón de Velasco, Los Molinos, Valdetorres de
Jarama, Ajalvir y Torrelaguna.
— Proyectos que se desarrollen en un mínimo de un municipio de menos de
30.000 habitantes de la Comunidad de Madrid: 8 puntos.
— A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria se considerarán municipios de menos de 30.000 habitantes: El Álamo, Algete, Alpedrete, Becerril de la Sierra, El Boalo, Brunete, Camarma de Esteruelas, Campo Real,
Cercedilla, Chinchón, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Mediano, Colmenar de Oreja, Colmenarejo, Cubas de la Sagra, Daganzo de Arriba, El Escorial, Fuente el Saz Jarama, Griñón, Guadalix de la Sierra, Guadarrama,
Hoyo de Manzanares, Humanes de Madrid, Loeches, Manzanares el Real,
Meco, Mejorada del Campo, Miraflores de la Sierra, El Molar, Moraleja
de Enmedio, Moralzarzal, Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Paracuellos
de Jarama, Pedrezuela, San Agustín de Guadalix, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, San Martín de Valdeiglesias, Sevilla la
Nueva, Soto del Real, Torrejón de la Calzada, Torrelodones, Torres de la
Alameda, Valdemorillo, Velilla de San Antonio, Villa del Prado, Villalbilla, Villanueva de la Cañada, Villanueva del Pardillo, Villarejo de Salvanés y Villaviciosa de Odón.
— Proyectos que tengan ámbito territorial en al menos un municipio de la
Comunidad de Madrid, de los definidos como “municipios de gran población”, de conformidad con la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local: 3 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria se consideran municipios de gran población: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla,
Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes y Torrejón de Ardoz.
— Proyectos que tengan ámbito territorial en Madrid capital: 3 puntos.
En el caso de que el proyecto se desarrolle en diferentes localizaciones se
considerará aquel ámbito que sume la mayor inversión.
4. Actividades, calendario y medios técnicos: hasta 16 puntos, con la siguiente
distribución:
— Calendario de realización con inclusión de un cronograma de realización
de las actividades a ejecutar en el proyecto: hasta 2 puntos.
— La descripción detallada de las actividades que se pretenden realizar: 10
puntos
— La correspondencia y adecuación entre los medios personales, técnicos y
materiales implementados y las actividades propuestas: 4 puntos.
5. Presupuesto del proyecto: hasta 5 puntos.
— Coherencia del presupuesto del proyecto con las actividades, los destinatarios y los recursos humanos y materiales del proyecto: hasta 4 puntos.
— Se valorará con un punto más si existe claridad, concreción y detalle en la
explicación del presupuesto.
c) Plan de evaluación y grado de cumplimiento de los objetivos: hasta 4 puntos.
— Grado de consecución del objetivo general y de los objetivos intermedios establecidos.
— Determinación de las actividades realizadas, grado de ajuste a lo previsto en la
programación y estimación de su contribución al logro de los objetivos.
— Indicación de quién efectuará la evaluación.
Pág. 105
BOCM-20230731-16
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