C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230731-16)
Convocatoria subvenciones – Orden 2411/2023, de 26 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan para 2023 subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general considerados de interés social, con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid, al 0,7 por 100 del rendimiento de los impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas y de Sociedades y al Plan Corresponsables, en el ámbito de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 180
fría, Zarzalejo, Batres, Colmenar del Arroyo, Buitrago del Lozoya, El
Vellón, Cenicientos, Villar del Olmo, Carabaña, Fuentidueña del Tajo,
Venturada, Fresno de Torote, Chapinería, Bustarviejo, Villamanta, Navalagamella, Pelayos de la Presa, Los Santos de la Humosa, La Cabrera, Tielmes, Navas del Rey, Aldea del Fresno, Valdilecha, Perales de
Tajuña, Navacerrada, Villaconejos, Quijorna, Casarrubuelos, Talamanca de Jarama, Valdeolmos-Alalpardo, Serranillos del Valle, Robledo de Chabela, Torrejón de Velasco, Los Molinos, Valdetorres de Jarama, Ajalvir y Torrelaguna.
3.2. Proyectos que se desarrollen en un mínimo de dos municipios de menos de 30.000 habitantes de la Comunidad de Madrid: 6 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria se considerarán municipios de menos de 30.000 habitantes: El Álamo, Algete, Alpedrete,
Becerril de la Sierra, El Boalo, Brunete, Camarma de Esteruelas, Campo Real, Cercedilla, Chinchón, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Mediano, Colmenar de Oreja, Colmenarejo, Cubas de la Sagra, Daganzo
de Arriba, El Escorial, Fuente el Saz Jarama, Griñón, Guadalix de la
Sierra, Guadarrama, Hoyo de Manzanares, Humanes de Madrid, Loeches, Manzanares el Real, Meco, Mejorada del Campo, Miraflores de
la Sierra, El Molar, Moraleja de Enmedio, Moralzarzal, Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Paracuellos de Jarama, Pedrezuela, San Agustín
de Guadalix, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, San
Martín de Valdeiglesias, Sevilla la Nueva, Soto del Real, Torrejón de
la Calzada, Torrelodones, Torres de la Alameda, Valdemorillo, Velilla
de San Antonio, Villa del Prado, Villalbilla, Villanueva de la Cañada,
Villanueva del Pardillo, Villarejo de Salvanés y Villaviciosa de Odón.
3.3. Proyectos que tengan ámbito territorial en al menos dos municipios de la
Comunidad de Madrid, de los definidos como “municipios de gran población”, de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local: 3 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria se consideran municipios de gran población: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes y Torrejón de Ardoz.
3.4. Proyectos que tengan como único ámbito territorial Madrid capital:
2 puntos.
4. Número de profesionales dedicados al proyecto: hasta 5 puntos,
A efectos de valoración de este apartado solo se contabilizarán los profesionales con dedicación plena conforme a las horas anuales previstas en el convenio calculado en proporción a la duración del proyecto; en caso de que la dedicación al proyecto fuera inferior a la jornada ordinaria, se realizará el
correspondiente cálculo proporcional, datos que las entidades deberán aportar en el anexo 5.
— Mayor de 0 y menor de 2: 0.5 puntos.
— Mayor o igual a 2 e inferior a 4: 1 punto.
— Mayor o igual a 4 e inferior a 6: 1.5 puntos.
— Mayor o igual a 6 e inferior a 8: 2 puntos.
— Mayor o igual a 8 e inferior a 10: 2.5 puntos.
— Mayor o igual a 10 e inferior a 12: 3 puntos.
— Mayor o igual a 12 e inferior a 20: 3.5 puntos.
— Mayor o igual a 20 e inferior a 30: 4 puntos.
— Mayor o igual a 30 e inferior a 50: 4.5 puntos.
— Mayor o igual a 50: 5 puntos.
5. Actividades, calendario y medios técnicos: hasta 18 puntos, con la siguiente
distribución:
— Calendario de realización con inclusión de un cronograma de realización
de las actividades a ejecutar en el proyecto: hasta 2 puntos.
— La descripción detallada de las actividades que se pretenden realizar: 12
puntos.
— La correspondencia y adecuación entre los medios personales, técnicos y
materiales implementados y las actividades propuestas: 4 puntos.
BOCM-20230731-16
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 31 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 180
fría, Zarzalejo, Batres, Colmenar del Arroyo, Buitrago del Lozoya, El
Vellón, Cenicientos, Villar del Olmo, Carabaña, Fuentidueña del Tajo,
Venturada, Fresno de Torote, Chapinería, Bustarviejo, Villamanta, Navalagamella, Pelayos de la Presa, Los Santos de la Humosa, La Cabrera, Tielmes, Navas del Rey, Aldea del Fresno, Valdilecha, Perales de
Tajuña, Navacerrada, Villaconejos, Quijorna, Casarrubuelos, Talamanca de Jarama, Valdeolmos-Alalpardo, Serranillos del Valle, Robledo de Chabela, Torrejón de Velasco, Los Molinos, Valdetorres de Jarama, Ajalvir y Torrelaguna.
3.2. Proyectos que se desarrollen en un mínimo de dos municipios de menos de 30.000 habitantes de la Comunidad de Madrid: 6 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria se considerarán municipios de menos de 30.000 habitantes: El Álamo, Algete, Alpedrete,
Becerril de la Sierra, El Boalo, Brunete, Camarma de Esteruelas, Campo Real, Cercedilla, Chinchón, Ciempozuelos, Cobeña, Collado Mediano, Colmenar de Oreja, Colmenarejo, Cubas de la Sagra, Daganzo
de Arriba, El Escorial, Fuente el Saz Jarama, Griñón, Guadalix de la
Sierra, Guadarrama, Hoyo de Manzanares, Humanes de Madrid, Loeches, Manzanares el Real, Meco, Mejorada del Campo, Miraflores de
la Sierra, El Molar, Moraleja de Enmedio, Moralzarzal, Morata de Tajuña, Nuevo Baztán, Paracuellos de Jarama, Pedrezuela, San Agustín
de Guadalix, San Lorenzo de El Escorial, San Martín de la Vega, San
Martín de Valdeiglesias, Sevilla la Nueva, Soto del Real, Torrejón de
la Calzada, Torrelodones, Torres de la Alameda, Valdemorillo, Velilla
de San Antonio, Villa del Prado, Villalbilla, Villanueva de la Cañada,
Villanueva del Pardillo, Villarejo de Salvanés y Villaviciosa de Odón.
3.3. Proyectos que tengan ámbito territorial en al menos dos municipios de la
Comunidad de Madrid, de los definidos como “municipios de gran población”, de la Comunidad de Madrid, de conformidad con la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de Bases del Régimen Local: 3 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en esta convocatoria se consideran municipios de gran población: Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Las Rozas de Madrid, Leganés, Madrid, Móstoles, Parla, Pozuelo de Alarcón, San Sebastián de los Reyes y Torrejón de Ardoz.
3.4. Proyectos que tengan como único ámbito territorial Madrid capital:
2 puntos.
4. Número de profesionales dedicados al proyecto: hasta 5 puntos,
A efectos de valoración de este apartado solo se contabilizarán los profesionales con dedicación plena conforme a las horas anuales previstas en el convenio calculado en proporción a la duración del proyecto; en caso de que la dedicación al proyecto fuera inferior a la jornada ordinaria, se realizará el
correspondiente cálculo proporcional, datos que las entidades deberán aportar en el anexo 5.
— Mayor de 0 y menor de 2: 0.5 puntos.
— Mayor o igual a 2 e inferior a 4: 1 punto.
— Mayor o igual a 4 e inferior a 6: 1.5 puntos.
— Mayor o igual a 6 e inferior a 8: 2 puntos.
— Mayor o igual a 8 e inferior a 10: 2.5 puntos.
— Mayor o igual a 10 e inferior a 12: 3 puntos.
— Mayor o igual a 12 e inferior a 20: 3.5 puntos.
— Mayor o igual a 20 e inferior a 30: 4 puntos.
— Mayor o igual a 30 e inferior a 50: 4.5 puntos.
— Mayor o igual a 50: 5 puntos.
5. Actividades, calendario y medios técnicos: hasta 18 puntos, con la siguiente
distribución:
— Calendario de realización con inclusión de un cronograma de realización
de las actividades a ejecutar en el proyecto: hasta 2 puntos.
— La descripción detallada de las actividades que se pretenden realizar: 12
puntos.
— La correspondencia y adecuación entre los medios personales, técnicos y
materiales implementados y las actividades propuestas: 4 puntos.
BOCM-20230731-16
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