Batres (BOCM-20230726-64)
Organización y funcionamiento. Régimen dedicación
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 224
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 176
BOCM-20230726-64
Quinto.—Solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el alta de todos los
miembros de la corporación que desempeñan sus cargos en régimen de dedicación parcial,
asumiendo el Ayuntamiento las obligaciones que las normas del Régimen General de la Seguridad Social impone a las Empresas en relación con los trabajadores a su servicio.
Sexto.—Fijar el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias para los Concejales que no tengan reconocida dedicación exclusiva ni parcial:
— Por asistencia a las sesiones de Pleno 120 euros/sesión.
— Por asistencia a las sesiones de Junta de Portavoces 75 euros/sesión.
— Por asistencia a las sesiones de la Junta de Gobierno Local 75 euros/sesión.
— Por asistencia a las sesiones de la Comisión Especial de Cuentas 75 euros/sesión.
— Por asistencia a Mesa de Contratación, Comisiones especiales, Comisiones Paritarias
y otros órganos que el Ayuntamiento pueda crear 75 euros/sesión.
— Dietas por asistencia y desplazamiento a reuniones de trabajo fuera del término
municipal (excluyendo actos lúdicos-festivos, inauguraciones y similares). Estas
dietas no se percibirán por la asistencia a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid y otros organismos supramunicipales donde el Ayuntamiento
tenga representantes y estos perciban indemnizaciones, asistencias o dietas 150
euros/dieta.
— Gastos de desplazamientos realizados por la Alcaldía y concejales del equipo de
gobierno con vehículo privado a 0,40 euros/km para la realización de las tareas
relacionadas con su cargo.
Séptimo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, dando traslado del mismo a
la Administración General del Estado y a la de la Comunidad Autónoma de Madrid, a los
efectos previstos en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local (LRBRL)”.
Batres, a 13 de julio de 2023.—El alcalde, Juan Carlos Alañón Olmedo.
(03/12.597/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 224
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 176
BOCM-20230726-64
Quinto.—Solicitar ante la Tesorería General de la Seguridad Social el alta de todos los
miembros de la corporación que desempeñan sus cargos en régimen de dedicación parcial,
asumiendo el Ayuntamiento las obligaciones que las normas del Régimen General de la Seguridad Social impone a las Empresas en relación con los trabajadores a su servicio.
Sexto.—Fijar el siguiente régimen de indemnizaciones y asistencias para los Concejales que no tengan reconocida dedicación exclusiva ni parcial:
— Por asistencia a las sesiones de Pleno 120 euros/sesión.
— Por asistencia a las sesiones de Junta de Portavoces 75 euros/sesión.
— Por asistencia a las sesiones de la Junta de Gobierno Local 75 euros/sesión.
— Por asistencia a las sesiones de la Comisión Especial de Cuentas 75 euros/sesión.
— Por asistencia a Mesa de Contratación, Comisiones especiales, Comisiones Paritarias
y otros órganos que el Ayuntamiento pueda crear 75 euros/sesión.
— Dietas por asistencia y desplazamiento a reuniones de trabajo fuera del término
municipal (excluyendo actos lúdicos-festivos, inauguraciones y similares). Estas
dietas no se percibirán por la asistencia a la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid y otros organismos supramunicipales donde el Ayuntamiento
tenga representantes y estos perciban indemnizaciones, asistencias o dietas 150
euros/dieta.
— Gastos de desplazamientos realizados por la Alcaldía y concejales del equipo de
gobierno con vehículo privado a 0,40 euros/km para la realización de las tareas
relacionadas con su cargo.
Séptimo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, dando traslado del mismo a
la Administración General del Estado y a la de la Comunidad Autónoma de Madrid, a los
efectos previstos en el artículo 65 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases
del Régimen Local (LRBRL)”.
Batres, a 13 de julio de 2023.—El alcalde, Juan Carlos Alañón Olmedo.
(03/12.597/23)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791