Mejorada del Campo (BOCM-20230726-88)
Organización y funcionamiento. Nombramiento
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023

Pág. 253

BOCM-20230726-88

e) Firma, que comprende la facultad de firmar por delegación anuncios, edictos, convenios, oficios y otros actos de comunicación.
f) En relación con la documentación de sus respectivos ámbitos de delegación, los
procedimientos de acceso a la información pública y de ejercicio del derecho de
información de los concejales.
Las funciones señaladas en las letras anteriores se desarrollarán en el marco y de acuerdo con las directrices establecidas por la Alcaldía-Presidencia.
Cuarto.—Fijar los siguientes criterios de ejercicio de las atribuciones delegadas por la
Alcaldía en la Concejalía-Delegada:
1.o La delegación comporta la traslación del ejercicio de atribuciones mediante el desempeño por el órgano delegado de la función resolutoria sobre determinadas materias,
conservando la Alcaldía, como órgano delegante, su titularidad y la facultad de modificar,
suspender o revocar la delegación en todo momento o de avocación en casos concretos.
2.o La delegación mantendrá su eficacia con independencia de que cambien los titulares o miembros del órgano delegante o del órgano delegado.
3.o La delegación se confiere por tiempo indefinido.
4.o En caso de duda, prevalecerán las delegaciones conferidas a favor de Junta de
Gobierno Local respecto de las recibidas por Concejalías-Delegadas, y las posteriores sobre las anteriores.
5.o Los actos y las resoluciones dictadas por el órgano delegado en el ejercicio de
atribuciones delegadas se entienden dictados a todos los efectos administrativos por la Alcaldía, que no puede actuar en el ámbito delegado mientras no proceda a su modificación,
suspensión o revocación o la avoque en un caso concreto.
6.o En los actos y resoluciones que se dicten por delegación de atribuciones se indicará expresamente esta circunstancia, identificando al órgano titular de la competencia, el
decreto de Alcaldía en que se funda la delegación y su fecha de publicación, así como al órgano que la ejerce.
Quinto.—Notificar este decreto a la titular de la Concejalía-Delegada, para su conocimiento y aceptación, considerándose aceptada tácitamente salvo manifestación expresa
en contrario en el plazo de tres días hábiles.
Sexto.—Publicar este decreto en el tablón de anuncios electrónico; en el Portal de
Transparencia, así como el extracto de los nombramientos y delegaciones efectuadas en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Mejorada del Campo, a 14 de julio de 2023.—El alcalde, Jorge Capa Carralero.
(03/12.615/23)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791