Mejorada del Campo (BOCM-20230726-88)
Organización y funcionamiento. Nombramiento
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 176
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
MEJORADA DEL CAMPO
El alcalde del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, ha dictado el decreto 1729/2023, de 13 de julio de 2023, de modificación del decreto 1527/2023, de 20 de junio de 2023, relativo a Concejalías-Delegadas con el contenido que, en extracto, se inserta a continuación, que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo
previsto en la normativa vigente:
(…)
Primero.—Designar a Dña. Isabel María Sánchez Olmedo, concejala-delegada de
Sanidad, Consumo y Protección Animal.
Segundo.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada de Sanidad, Consumo y
Protección Animal, dentro del ámbito de atribuciones delegables y no reservadas de la
Alcaldía y sin perjuicio de las funciones resolutorias delegadas en la Junta de Gobierno
Local, el ejercicio de las funciones señaladas en el pronunciamiento tercero sobre las siguientes materias:
a) En el ámbito de sanidad, todos los servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección y promoción de la salubridad públicas y, en particular, cementerio y servicios funerarios.
b) En el ámbito de consumo, todos los servicios, actuaciones e instalaciones en materia de protección de consumidores y usuarios, así como de venta ambulante.
c) En el ámbito de protección animal, todos los servicios, actuaciones e instalaciones
relativos a animales potencialmente peligrosos y, en general, todos aquellos relacionados con las competencias municipales en materia de protección de los animales.
Tercero.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada el ejercicio de las funciones
siguientes, circunscritas a sus respectivos ámbitos de competencia material:
a) Planificación, que comprende las facultades de elaborar estudios, de fijar prioridades y objetivos en las políticas municipales, y de darles seguimiento y evaluarlos.
b) Gestión, que comprende las facultades de impulsar, dirigir e inspeccionar actividades, servicios y el personal municipal mediante órdenes, instrucciones y circulares; de administrar los créditos presupuestarios asignados mediante solicitudes
de retención de los mismos y autorizaciones y disposiciones del gasto; de emitir y
rectificar actos de mero trámite procedimental mediante providencias y de elevar
propuestas de resolución al órgano competente; de formular propuestas de actuación a otros órganos municipales; y de ejecutar y de dar seguimiento a las decisiones municipales.
Dicha función incluye asimismo la gestión de los procedimientos en materia de
contratación del sector público; de subvenciones, becas, ayudas y premios; de
convenios; y de revisión de oficio, recursos administrativos, y requerimientos de
anulación o revocación.
c) Resolución, que comprende la facultad de aprobar y rectificar resoluciones administrativas con efectos jurídicos frente a terceros para la iniciación y finalización
de los procedimientos, decidiendo sobre el fondo de los asuntos y sobre aquéllas
otras cuestiones que no sean de mero trámite procedimental.
Dicha función incluye asimismo la resolución de los expedientes en materia de
contratos menores y de autorización demanial sobre bienes de dominio público,
en ambos casos en materias de su competencia atendiendo a las actividades o
servicios que se realicen o presten en los mismos.
d) Relación, que comprende las facultades de dirigir e impulsar las relaciones de colaboración y cooperación entre la Administración municipal y otras personas y entidades, públicas o privadas; y de ejercer la representación ordinaria en actos correspondientes a los mismos, si no estuviese presente o especialmente
representada la Alcaldía.
BOCM-20230726-88
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 252
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 176
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
88
MEJORADA DEL CAMPO
El alcalde del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, ha dictado el decreto 1729/2023, de 13 de julio de 2023, de modificación del decreto 1527/2023, de 20 de junio de 2023, relativo a Concejalías-Delegadas con el contenido que, en extracto, se inserta a continuación, que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de lo
previsto en la normativa vigente:
(…)
Primero.—Designar a Dña. Isabel María Sánchez Olmedo, concejala-delegada de
Sanidad, Consumo y Protección Animal.
Segundo.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada de Sanidad, Consumo y
Protección Animal, dentro del ámbito de atribuciones delegables y no reservadas de la
Alcaldía y sin perjuicio de las funciones resolutorias delegadas en la Junta de Gobierno
Local, el ejercicio de las funciones señaladas en el pronunciamiento tercero sobre las siguientes materias:
a) En el ámbito de sanidad, todos los servicios, actuaciones e instalaciones destinadas a la protección y promoción de la salubridad públicas y, en particular, cementerio y servicios funerarios.
b) En el ámbito de consumo, todos los servicios, actuaciones e instalaciones en materia de protección de consumidores y usuarios, así como de venta ambulante.
c) En el ámbito de protección animal, todos los servicios, actuaciones e instalaciones
relativos a animales potencialmente peligrosos y, en general, todos aquellos relacionados con las competencias municipales en materia de protección de los animales.
Tercero.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada el ejercicio de las funciones
siguientes, circunscritas a sus respectivos ámbitos de competencia material:
a) Planificación, que comprende las facultades de elaborar estudios, de fijar prioridades y objetivos en las políticas municipales, y de darles seguimiento y evaluarlos.
b) Gestión, que comprende las facultades de impulsar, dirigir e inspeccionar actividades, servicios y el personal municipal mediante órdenes, instrucciones y circulares; de administrar los créditos presupuestarios asignados mediante solicitudes
de retención de los mismos y autorizaciones y disposiciones del gasto; de emitir y
rectificar actos de mero trámite procedimental mediante providencias y de elevar
propuestas de resolución al órgano competente; de formular propuestas de actuación a otros órganos municipales; y de ejecutar y de dar seguimiento a las decisiones municipales.
Dicha función incluye asimismo la gestión de los procedimientos en materia de
contratación del sector público; de subvenciones, becas, ayudas y premios; de
convenios; y de revisión de oficio, recursos administrativos, y requerimientos de
anulación o revocación.
c) Resolución, que comprende la facultad de aprobar y rectificar resoluciones administrativas con efectos jurídicos frente a terceros para la iniciación y finalización
de los procedimientos, decidiendo sobre el fondo de los asuntos y sobre aquéllas
otras cuestiones que no sean de mero trámite procedimental.
Dicha función incluye asimismo la resolución de los expedientes en materia de
contratos menores y de autorización demanial sobre bienes de dominio público,
en ambos casos en materias de su competencia atendiendo a las actividades o
servicios que se realicen o presten en los mismos.
d) Relación, que comprende las facultades de dirigir e impulsar las relaciones de colaboración y cooperación entre la Administración municipal y otras personas y entidades, públicas o privadas; y de ejercer la representación ordinaria en actos correspondientes a los mismos, si no estuviese presente o especialmente
representada la Alcaldía.
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