San Lorenzo de El Escorial (BOCM-20230726-107)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
Pág. 282

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 176

BOCM-20230726-107

cuestiones incidentales que se formulen durante el procedimiento (artículo 74 LPACAP),
en las materias objeto de delegación, salvo la recusación, que será resuelta por la Alcaldía
en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre; en la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y en el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Sin perjuicio del contenido antes señalado la delegación en las Áreas de Coordinación
de las Áreas de Gobierno; Planificación Económico-Financiera; Desarrollo Urbano; Seguridad Ciudadana y Movilidad y Protección Civil; Personal, incluye, además:
(…) j) la formalización de todos los contratos del personal laboral, con independencia de su modalidad.
La facultad de resolver incluso mediante actos administrativos que afecten a terceros
sobre: 1) El reconocimiento, ordenación y realización del pago de las obligaciones derivadas de gastos autorizados y dispuestos, incluyendo los que lo hayan sido por el Pleno o la
Junta de Gobierno Local. Esta delegación incluye, por tanto, la aprobación de las facturas,
de las nóminas de retribuciones y de los anticipos al personal, de las transferencias a las
Mancomunidades y restantes Administraciones Públicas, de los premios y subvenciones,
así como de las tasas del Estado, de la Comunidad de Madrid o de otras Entidades Locales. 2) La contratación de las operaciones de crédito y de tesorería que sean competencia de
la Alcaldía. 3) La ordenación y realización del pago de los gastos incluidos en los procedimientos de reconocimiento extrajudicial de créditos. 4) La expedición y aprobación de las
órdenes de pago a justificar de acuerdo con lo estipulado en la normativa reguladora de las
Haciendas Locales y en las bases de ejecución del presupuesto. 5) Los actos de gestión y
recaudación de todos los ingresos de Derecho público y privado. Esta delegación incluye,
por tanto, la aprobación de los padrones y liquidaciones de los ingresos de derecho público, de las devoluciones de ingresos indebidos y los expedientes de anulación de derechos,
de derivación de responsabilidad y de declaración de crédito incobrable. 6) La tramitación
de los procedimientos de ingresos y pagos de carácter no presupuestario. 7) La autorización
y constitución de anticipos de caja fija, de acuerdo con lo estipulado en la normativa reguladora de las Haciendas Locales y en las bases de ejecución del presupuesto. 8) La firma de
los documentos que impliquen la formalización de ingresos, pagos y movimientos de fondos de la tesorería municipal. 9) La aprobación de la liquidación del presupuesto y la rendición de la cuenta general.
La facultad de resolver incluso mediante actos administrativos que afecten a terceros
los procedimientos sancionadores en materia de tráfico, los procedimientos relacionados
con la intervención administrativa en los actos de edificación y uso del suelo regulados en
la Ley 9/2001, que sean competencia de la Alcaldía y no hayan sido delegados expresamente en otro órgano de gobierno.
La facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros sobre intervención administrativa en el ejercicio de actividades, estén o no sujetas a procedimientos ambientales o a la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, órdenes de
ejecución por razones de urgencia respecto del desarrollo de estas actividades y cambios de
titularidad de estas licencias de actividad.
San Lorenzo de El Escorial, a 13 de julio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Carlota
López Esteban.
(03/12.598/23)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791