C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES (BOCM-20230726-25)
Bases subvenciones –  Orden 2261/2023, de 17 de julio, de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas al 40 por 100 por el Fondo Social Europeo, en el marco del Programa FSE Plus 2021/2027 de la Comunidad de Madrid, Prioridad de Inclusión Social, Objetivo específico h
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 152

MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 176

Artículo 27
Protección de datos de carácter personal
1. Sin perjuicio de los deberes y obligaciones que asumen las entidades beneficiarias
participantes, como responsables de los tratamientos de datos personales que deban desarrollar como consecuencia de esta convocatoria, se informa que los datos relativos a los
usuarios de los servicios sociales destinatarios finales se integrarán en el tratamiento de datos personales de “Ayudas para la inserción sociolaboral”.
2. El tratamiento de actividad es necesario para gestionar la acción subvencionable solicitada, recabando el consentimiento informado e inequívoco para esta finalidad y las conexas
a la misma, bajo la responsabilidad de la Dirección General de Integración, calle O’Donnell,
número 50, Madrid, pudiendo consultar más información al respecto en http://comunidad.madrid/gobierno/informacion-juridica-legislacion/proteccion-datoscomunidad-madrid
3. Los datos personales que se obtengan de los beneficiarios de estas prestaciones serán tratados o en su caso, comunicados a los órganos de esta Administración y otras Administraciones para la finalidad declarada. Se mantendrán durante el tiempo que sea necesario
para cumplir con la finalidad para que se recabaron, así como el período en el que pudieran
derivarse responsabilidades jurídicas y deberán conservarse durante los períodos establecidos en la normativa de archivos y patrimonio documental de la Comunidad de Madrid.
4. Para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y los demás que le
otorga la normativa vigente ha de dirigir al responsable de tratamiento una solicitud firmada, preferentemente mediante el formulario de solicitud “Ejercicio de derechos en materia
de protección de datos personales” por cualquier medio admitido en derecho, donde conste copia de DNI o consintiendo su consulta.
Datos de contacto del delegado de protección de datos: acceder a protecciondatospsociales@madrid.org , o bien a la dirección postal calle O’Donnell, número 50, Madrid.
Artículo 28
Recursos
La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer,
con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que
la ha dictado o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la sala
de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos
contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo
ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
Normas que se derogan

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación
Se habilita al titular de la Consejería competente en materia relativa a inclusión social para
adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de lo establecido en esta orden.

BOCM-20230726-25

Queda derogada la Orden 1425/2016, de 1 de septiembre, de la Consejería de Políticas
Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para acciones dirigidas a la realización de Proyectos de Integración definidos en la Ley 15/2001, de Renta Mínima de Inserción
en la Comunidad de Madrid, cofinanciadas al 50 por 100 por el Fondo Social Europeo PLUS
en el marco del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid (2014-2020), Eje Prioritario 2, Objetivo Temático 9 y las normas por las que se modifica la citada Orden de bases (Orden 1302/2017, de 2 de agosto, y Orden 62/2019, de 30 de enero, ambas de la Consejería de
Políticas Sociales y Familia).