C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR (BOCM-20230726-22)
Bases ayudas –  Orden 17/2023, de 12 de julio, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYMES), y empresas intermedias para el fomento de las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, y se aprueba la convocatoria para 2023
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B.O.C.M. Núm. 176

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 26 DE JULIO DE 2023

intervenciones o medidas con las que quiere alcanzar los objetivos de la PAC y la ambición
del Pacto Verde Europeo.
El 31 de agosto de 2022 la Comisión Europea aprobó el Plan Estratégico de la PAC para
España que consta de una parte común a nivel nacional y unos anejos territoriales que se corresponden con cada comunidad autónoma, que es la responsable directa de la aplicación de
la PAC en su territorio y del diseño específico de las intervenciones de carácter territorial.
La industria agroalimentaria regional es un sector estratégico y relevante en el sector
industrial madrileño. Madrid, como fuerte centro logístico de distribución, ha atraído inversiones industriales y ha obligado a la industria madrileña a alcanzar unas cotas de competitividad elevadas ante las exigencias de demanda de grandes volúmenes de producto, de
mayor calidad y con mayores garantías higiénico-sanitarias.
En el marco de las directrices estratégicas comunitarias, con el reconocimiento de que
las industrias agroalimentarias constituyen un fuerte pilar en el que se sustenta la economía
rural de la Unión Europea, debe animarse a las empresas a seguir invirtiendo en el futuro,
para la consecución de una industria regional transformadora y comercializadora de productos agrarios tecnológicamente avanzada, basada en empresas técnica y económicamente viables y medioambientalmente sostenibles, preparada para acceder a un mercado cada
vez más globalizado.
Se precisa prestar apoyo a las empresas del sector agroalimentario regional para mejorar la posición de las mismas, contribuyendo de este modo a lograr los objetivos de un
crecimiento integrador y sostenible.
El apoyo a la industria agroalimentaria madrileña, en el marco de las intervenciones
programadas para la Comunidad de Madrid dentro del Plan Estratégico de la PAC de España (PEPAC) aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto, se incluye en la intervención 6842.2 denominada “Ayudas a inversiones en transformación, comercialización y/o
desarrollo de productos agrarios”. Esta intervención apoyará un amplio abanico de inversiones en el ámbito de la transformación y de la comercialización de productos agroalimentarios, que busquen, entre otros objetivos, mejorar el rendimiento y desarrollo económico de
las empresas; fomentar los productos de calidad; mejorar la seguridad alimentaria, favorecer
la creación de cadenas cortas de comercialización, potenciar la innovación y la transformación digital, el desarrollo de nuevos productos, la búsqueda de nuevos mercados, valorización de subproductos agrarios, etc.
Cabe señalar que esta intervención contribuirá al cumplimiento de los siguientes objetivos específicos, indicados en el artículo 6 del Reglamento (UE) 2021/2115:
OE2: Mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las explotaciones agrícolas a corto y largo plazo, también mediante una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización.
OE8: Promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, incluida la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas
rurales, entre ellas la bioeconomía circular y la silvicultura sostenible.
Esta ayuda, con cofinanciación comunitaria, tiene como beneficiarios a las microempresas, pequeñas y medianas empresas definidas en la Recomendación 2003/361/CE de la
Comisión, así como a las que no estando incluidas en dicha categoría, tengan menos de 750 empleados o un volumen de negocios inferior a 200 millones de euros (en adelante, empresas
intermedias), y como objeto apoyar las inversiones materiales e inmateriales en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas contemplados en el Anexo I
del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) o del algodón, exceptuados
los productos de la pesca o productos alimentarios distintos de los recogidos en este Anexo
siempre y cuando la inversión se ubique en el medio rural. El resultado del proceso de producción podrá ser un producto no contemplado en dicho Anexo.
En las operaciones no reguladas por el artículo 42 del TFUE, como consecuencia de que
la transformación de un producto incluido en el Anexo I del Tratado dé como resultado un
producto no incluido en él, el régimen de ayudas para estos últimos productos se ajustará a
lo dispuesto en el Reglamento (UE) número 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre
de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
En el contexto mundial actual, en el que los mercados están cada vez más globalizados
se hace necesario mejorar la competitividad de las Cooperativas y Sociedades Agrarias de
Transformación (Entidades Asociativas Agrarias). Debe valorizarse, en consecuencia, la misión de este tipo de entidades asociativas ligadas a la producción agrícola local, que requieren apoyo para la modernización y mejora de su actividad y tecnificación, modernizando sus

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