Coslada (BOCM-20230721-37)
Organización y funcionamiento. Delegación funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 399
En concreto, la delegación implica las siguientes cuestiones:
BOCM-20230721-37
1.o Aprobar los acuerdos de establecimiento y regulación de los precios públicos, sin
perjuicio de la subsistencia de los actualmente vigentes.
2.o Aprobar los acuerdos de modificación de la normativa reguladora de los precios
públicos, tanto los actualmente vigentes y aprobados por el Pleno, como los que se aprueben en el futuro en base a esta delegación.
3.o Derogar los acuerdos de establecimiento y regulación de los precios públicos,
tanto los actualmente vigentes y aprobados por el Pleno como los que se aprueben en el futuro en base a esta delegación.
Todo ello tanto para la figura de los precios públicos (cuando se cobren por servicios
prestados mediante gestión directa), como de los “precios privados”, que comparten naturaleza no coactiva por ser servicios de recepción voluntaria, pero que son prestados a la ciudadanía de manera indirecta o a través de sociedad mercantil pública.
Segundo.—Delegar en Alcaldía el ejercicio de las atribuciones del Pleno Municipal en
las siguientes materias:
— La defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.
Tercero.—No se delegan las competencias de la resolución de los recursos contra los
actos dictados en virtud de esta delegación.
Cuarto.—El Pleno podrá revocar las delegaciones en cualquier momento.
Quinto.—El Pleno podrá avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya
resolución corresponda a la Junta de Gobierno Local o al Alcalde por la presente delegación, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente, mediante acuerdo motivado que deberá ser notificado a los interesados, si
los hubiere, con anterioridad o simultáneamente a la resolución final que se dicte.
Sexto.—Comunicar el acuerdo a Alcaldía y a la Junta de Gobierno Local.
Séptimo.—Publicar el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia del portal web del Ayuntamiento».
Sometido el asunto a votación, se obtiene el siguiente resultado:
— Votos a favor: 13; 7 del GM Socialista, 4 del GM Mas Madrid Coslada y 2 del GM
Podemos-IU.
— Votos en contra: 0.
— Abstenciones: 12; 10 del GM Popular, y 2 del GM Vox.
El Pleno Municipal por 13 votos a favor, ningún voto en contra y 12 abstenciones
acuerda aprobar la propuesta antes transcrita.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Coslada, a 10 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/12.435/23)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
Pág. 399
En concreto, la delegación implica las siguientes cuestiones:
BOCM-20230721-37
1.o Aprobar los acuerdos de establecimiento y regulación de los precios públicos, sin
perjuicio de la subsistencia de los actualmente vigentes.
2.o Aprobar los acuerdos de modificación de la normativa reguladora de los precios
públicos, tanto los actualmente vigentes y aprobados por el Pleno, como los que se aprueben en el futuro en base a esta delegación.
3.o Derogar los acuerdos de establecimiento y regulación de los precios públicos,
tanto los actualmente vigentes y aprobados por el Pleno como los que se aprueben en el futuro en base a esta delegación.
Todo ello tanto para la figura de los precios públicos (cuando se cobren por servicios
prestados mediante gestión directa), como de los “precios privados”, que comparten naturaleza no coactiva por ser servicios de recepción voluntaria, pero que son prestados a la ciudadanía de manera indirecta o a través de sociedad mercantil pública.
Segundo.—Delegar en Alcaldía el ejercicio de las atribuciones del Pleno Municipal en
las siguientes materias:
— La defensa de la Corporación en materias de competencia plenaria.
Tercero.—No se delegan las competencias de la resolución de los recursos contra los
actos dictados en virtud de esta delegación.
Cuarto.—El Pleno podrá revocar las delegaciones en cualquier momento.
Quinto.—El Pleno podrá avocar para sí el conocimiento de uno o varios asuntos cuya
resolución corresponda a la Junta de Gobierno Local o al Alcalde por la presente delegación, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente, mediante acuerdo motivado que deberá ser notificado a los interesados, si
los hubiere, con anterioridad o simultáneamente a la resolución final que se dicte.
Sexto.—Comunicar el acuerdo a Alcaldía y a la Junta de Gobierno Local.
Séptimo.—Publicar el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en el tablón de anuncios y en el Portal de Transparencia del portal web del Ayuntamiento».
Sometido el asunto a votación, se obtiene el siguiente resultado:
— Votos a favor: 13; 7 del GM Socialista, 4 del GM Mas Madrid Coslada y 2 del GM
Podemos-IU.
— Votos en contra: 0.
— Abstenciones: 12; 10 del GM Popular, y 2 del GM Vox.
El Pleno Municipal por 13 votos a favor, ningún voto en contra y 12 abstenciones
acuerda aprobar la propuesta antes transcrita.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Coslada, a 10 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.
(03/12.435/23)
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ISSN 1989-4791