Madrid (BOCM-20230721-30)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
6. Competencias de las direcciones generales
1. Gastos.
1.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones que se
imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuyo importe no supere
los 60.000 euros.
1.2. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
2. Contratación.
Realizar contrataciones de toda clase que se imputen a los programas presupuestarios
que les correspondan, cuyo importe no supere los 60.000 euros.
3. Gestión económica.
3.1. Gestionar los ingresos no tributarios que, a título indicativo, se concretan en:
a) Precios públicos y otros ingresos de derecho público.
b) Transferencias corrientes y de capital.
c) Derechos de superficie.
d) Ingresos por aprovechamientos urbanísticos.
e) Ventas y otros ingresos de derecho privado.
f) Cánones derivados de concesiones administrativas, salvo cuando aquellos revistan la naturaleza jurídica de tasas.
3.2. Esta delegación comprenderá todas las facultades de gestión que correspondan
de acuerdo con su naturaleza, sin perjuicio de las que tenga atribuidas el titular del Área de
Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y la Agencia Tributaria Madrid.
4. Sanciones y multas coercitivas.
4.1. Imponer las sanciones administrativas cuyo importe no supere 60.000 euros, sin
perjuicio de la imposición de las sanciones que de forma particular pudiera corresponder a
cada dirección general.
4.2. Imponer las multas coercitivas previstas por las disposiciones vigentes, cuando
su importe no supere 30.000 euros, sin perjuicio de la imposición de las multas coercitivas
que de forma particular pudiera corresponder a cada dirección general.
5. Gestión de procedimientos.
5.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
5.2. Conceder cualquier tipo de licencia, sin perjuicio de las previstas expresamente
en el presente acuerdo.
5.3. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
5.4. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno.
6. Reclamaciones y recursos.
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por cada dirección general.
7. Dirección General de Regeneración Urbana
1. Competencias específicas.
1.1. Definir, coordinar e impulsar el Plan Estratégico de Regeneración de Barrios mediante una intervención integral sostenible y accesible en entornos residenciales degradados.
1.2. Identificar, analizar y proponer actuaciones para la renovación y regeneración
urbana, dirigidas a mejorar la situación urbanística, la urbanización de los espacios libres y
fomentar la rehabilitación de los ámbitos residenciales vulnerables. Esta competencia incluirá la definición y aprobación de los instrumentos técnicos, de toda clase, necesarios para
la ejecución de las actuaciones.
1.3. Identificar, analizar y proponer nuevos ámbitos y espacios para el desarrollo de
actuaciones de regeneración.
1.4. Tramitar y ejecutar las actuaciones en materia de regeneración.
BOCM-20230721-30
Pág. 378
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
6. Competencias de las direcciones generales
1. Gastos.
1.1. Autorizar y disponer gastos, así como reconocer y liquidar obligaciones que se
imputen a los programas presupuestarios que les correspondan, cuyo importe no supere
los 60.000 euros.
1.2. Dejar sin efecto las autorizaciones y, en su caso, disposiciones de gasto derivadas de expedientes que hayan sido autorizados por la Junta de Gobierno.
2. Contratación.
Realizar contrataciones de toda clase que se imputen a los programas presupuestarios
que les correspondan, cuyo importe no supere los 60.000 euros.
3. Gestión económica.
3.1. Gestionar los ingresos no tributarios que, a título indicativo, se concretan en:
a) Precios públicos y otros ingresos de derecho público.
b) Transferencias corrientes y de capital.
c) Derechos de superficie.
d) Ingresos por aprovechamientos urbanísticos.
e) Ventas y otros ingresos de derecho privado.
f) Cánones derivados de concesiones administrativas, salvo cuando aquellos revistan la naturaleza jurídica de tasas.
3.2. Esta delegación comprenderá todas las facultades de gestión que correspondan
de acuerdo con su naturaleza, sin perjuicio de las que tenga atribuidas el titular del Área de
Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda y la Agencia Tributaria Madrid.
4. Sanciones y multas coercitivas.
4.1. Imponer las sanciones administrativas cuyo importe no supere 60.000 euros, sin
perjuicio de la imposición de las sanciones que de forma particular pudiera corresponder a
cada dirección general.
4.2. Imponer las multas coercitivas previstas por las disposiciones vigentes, cuando
su importe no supere 30.000 euros, sin perjuicio de la imposición de las multas coercitivas
que de forma particular pudiera corresponder a cada dirección general.
5. Gestión de procedimientos.
5.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
5.2. Conceder cualquier tipo de licencia, sin perjuicio de las previstas expresamente
en el presente acuerdo.
5.3. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
5.4. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno.
6. Reclamaciones y recursos.
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por cada dirección general.
7. Dirección General de Regeneración Urbana
1. Competencias específicas.
1.1. Definir, coordinar e impulsar el Plan Estratégico de Regeneración de Barrios mediante una intervención integral sostenible y accesible en entornos residenciales degradados.
1.2. Identificar, analizar y proponer actuaciones para la renovación y regeneración
urbana, dirigidas a mejorar la situación urbanística, la urbanización de los espacios libres y
fomentar la rehabilitación de los ámbitos residenciales vulnerables. Esta competencia incluirá la definición y aprobación de los instrumentos técnicos, de toda clase, necesarios para
la ejecución de las actuaciones.
1.3. Identificar, analizar y proponer nuevos ámbitos y espacios para el desarrollo de
actuaciones de regeneración.
1.4. Tramitar y ejecutar las actuaciones en materia de regeneración.
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Pág. 378
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