Madrid (BOCM-20230721-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023

B.O.C.M. Núm. 172

a) Tramitar y resolver las solicitudes de acceso a la información pública y de reutilización de información pública, presentadas al amparo de la Ordenanza de Transparencia de la ciudad de Madrid, de 27 de julio de 2016, y de la normativa estatal
y autonómica, referidas al ámbito material de competencias del organismo autónomo, sin perjuicio de las competencias delegadas en el órgano directivo competente en materia de transparencia.
b) Desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos adscritos a los puestos de trabajo del organismo autónomo.
c) Controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado
público en su ámbito y la coordinación con los órganos competentes en materia de
recursos humanos, a efectos de supervisar la vigencia y las actualizaciones necesarias de los datos resultantes de cambios en las situaciones administrativas de los
empleados municipales.
1.2. Delegar en director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, las
competencias que se relacionan a continuación:
a) Tramitar y aprobar las liquidaciones que procedan en los supuestos de ejecución sustitutoria, sin perjuicio de las competencias delegadas en otros órganos municipales.
b) Tramitar y resolver las solicitudes de acceso a la información pública y de reutilización de información pública, presentadas al amparo de la Ordenanza de Transparencia de la ciudad de Madrid, de 27 de julio de 2016, y de la normativa estatal
y autonómica, referidas al ámbito material de competencias del organismo autónomo, sin perjuicio de las competencias delegadas en el órgano directivo competente en materia de transparencia.
c) Desarrollar las funciones de acreditación y registro de las identidades de los empleados públicos adscritos a los puestos de trabajo del organismo autónomo.
d) Controlar las emisiones, revocaciones y suspensiones de certificados de empleado
público en su ámbito y la coordinación con los órganos competentes en materia de
recursos humanos, a efectos de supervisar la vigencia y las actualizaciones necesarias de los datos resultantes de cambios en las situaciones administrativas de los
empleados municipales.
2. Gastos.
Aprobar las cuentas a justificar de las partidas de gasto y las cuentas justificativas de
los anticipos de caja fija correspondientes al organismo autónomo.
3. Contratación.
Llevar a cabo las inscripciones que deban realizarse en el Registro de Contratos del
Ayuntamiento de Madrid.
4. Recursos y revisión de oficio.
4.1. Delegar en el gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de
Madrid y en el director de la Agencia Tributaria Madrid la competencia para resolver los
recursos de reposición y los recursos extraordinarios de revisión presentados contra sus actos dictados por delegación de la Junta de Gobierno, de conformidad con lo previsto en sus
respectivos estatutos.
4.2. La revisión de oficio de tales resoluciones corresponderá al consejo rector del
organismo público, de conformidad con lo previsto en sus respectivos estatutos.
No obstante, la rectificación de errores regulada en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, corresponderá al gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid y al director de la Agencia Tributaria Madrid, de conformidad con lo previsto en sus respectivos estatutos.
Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid

1. Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid.
Delegar en el presidente del Tribunal Económico-Administrativo Municipal de
Madrid las competencias que se relacionan a continuación:
1.1. Gastos.
a) Autorizar y disponer los gastos que se efectúen con cargo a partidas cuya gestión
le corresponda, cuando su importe sea inferior a 1.500.000 euros en gastos de capital o a 500.000 euros en gastos corrientes.

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