Madrid (BOCM-20230721-22)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 172
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
2.o La elaboración de informes relacionados con reclamaciones de los contratistas en vía administrativa y contencioso-administrativa que afecten a los aspectos económico-financieros de los contratos.
e) Informar, con carácter previo, preceptivo y vinculante, sobre la viabilidad económico-financiera de:
1.o Los contratos públicos de concesión de obras y servicios. El informe, comprenderá, en su caso, los expedientes de inversión que se vayan a complementar con
un contrato de concesión de servicios, con carácter previo a su licitación.
2.o Los contratos de servicios que conlleven prestaciones directas a favor de la
ciudadanía siempre que, por razón de su importe, deban ser autorizados por la
Junta de Gobierno.
3.o Las modificaciones y el restablecimiento del equilibrio económico de los contratos citados en los párrafos anteriores, siempre que supongan una alteración
de sus condiciones económicas.
4.o Los negocios jurídicos que generen ingresos en especie o permutas por valor
económico superior a 6.000 euros a favor del Ayuntamiento y de sus organismos autónomos y, en su caso, la modificación, la prórroga, o cualquier otra
incidencia en la ejecución.
g) Informar, con carácter preceptivo, sobre la utilidad económica de autorizaciones y
concesiones de aprovechamiento de dominio público, cuando impliquen la realización de inversiones o impongan contraprestaciones al concesionario que supongan una alteración de su utilidad económica.
1.5. Subvenciones públicas.
a) Elaborar estudios, informes y propuestas en relación con las distintas líneas de
subvenciones municipales, analizando las prioridades establecidas en la asignación de los recursos públicos y orientando el desarrollo de las políticas de fomento hacia los resultados.
b) Informar los planes estratégicos de subvenciones del sector público municipal,
con carácter previo a su aprobación, modificación y actualización.
c) Informar sobre la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos
y evaluación de resultados en las subvenciones de concurrencia competitiva o de
concesión directa por razones de interés público, social, económico o humanitario. El informe será previo a la convocatoria o concesión directa de las subvenciones, salvo los supuestos de emergencia social.
d) Informar sobre la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos
y evaluación de resultados de los planes estratégicos de subvenciones.
1.6. Empadronamiento.
a) Llevar la formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón municipal de
habitantes, de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado.
b) Realizar la propuesta de aprobación de la revisión del Padrón municipal de habitantes, con referencia al 1 de enero de cada año, formalizando las actuaciones llevadas a cabo durante el ejercicio anterior.
c) Tramitar y resolver las altas y bajas de oficio, así como gestionar las duplicidades
padronales y declarar la caducidad en los casos legalmente previstos.
d) Ceder los datos del Padrón municipal de habitantes en los términos legalmente establecidos.
e) Desarrollar la relación con otras administraciones públicas en cuestiones relativas
al empadronamiento, en especial con el Instituto Nacional de Estadística.
f) Representar al Ayuntamiento en los órganos colegiados de colaboración entre las
distintas administraciones en materia padronal.
g) Coordinar, elaborar instrucciones y asesorar a los distritos y servicios municipales
de atención a la ciudadanía, en relación con la gestión descentralizada del Padrón
municipal de habitantes, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de
Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
h) Gestionar los trámites padronales que se ofrezcan a los ciudadanos por medios
electrónicos y fomentar su utilización sin perjuicio de las competencias que correspondan a otras áreas de gobierno en materia de atención a la ciudadanía y
administración digital.
i) Realizar la revisión de la relación de entidades y núcleos de población y la división
en secciones del término municipal.
Pág. 213
BOCM-20230721-22
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
2.o La elaboración de informes relacionados con reclamaciones de los contratistas en vía administrativa y contencioso-administrativa que afecten a los aspectos económico-financieros de los contratos.
e) Informar, con carácter previo, preceptivo y vinculante, sobre la viabilidad económico-financiera de:
1.o Los contratos públicos de concesión de obras y servicios. El informe, comprenderá, en su caso, los expedientes de inversión que se vayan a complementar con
un contrato de concesión de servicios, con carácter previo a su licitación.
2.o Los contratos de servicios que conlleven prestaciones directas a favor de la
ciudadanía siempre que, por razón de su importe, deban ser autorizados por la
Junta de Gobierno.
3.o Las modificaciones y el restablecimiento del equilibrio económico de los contratos citados en los párrafos anteriores, siempre que supongan una alteración
de sus condiciones económicas.
4.o Los negocios jurídicos que generen ingresos en especie o permutas por valor
económico superior a 6.000 euros a favor del Ayuntamiento y de sus organismos autónomos y, en su caso, la modificación, la prórroga, o cualquier otra
incidencia en la ejecución.
g) Informar, con carácter preceptivo, sobre la utilidad económica de autorizaciones y
concesiones de aprovechamiento de dominio público, cuando impliquen la realización de inversiones o impongan contraprestaciones al concesionario que supongan una alteración de su utilidad económica.
1.5. Subvenciones públicas.
a) Elaborar estudios, informes y propuestas en relación con las distintas líneas de
subvenciones municipales, analizando las prioridades establecidas en la asignación de los recursos públicos y orientando el desarrollo de las políticas de fomento hacia los resultados.
b) Informar los planes estratégicos de subvenciones del sector público municipal,
con carácter previo a su aprobación, modificación y actualización.
c) Informar sobre la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos
y evaluación de resultados en las subvenciones de concurrencia competitiva o de
concesión directa por razones de interés público, social, económico o humanitario. El informe será previo a la convocatoria o concesión directa de las subvenciones, salvo los supuestos de emergencia social.
d) Informar sobre la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos
y evaluación de resultados de los planes estratégicos de subvenciones.
1.6. Empadronamiento.
a) Llevar la formación, mantenimiento, revisión y custodia del Padrón municipal de
habitantes, de acuerdo con lo que establezca la legislación del Estado.
b) Realizar la propuesta de aprobación de la revisión del Padrón municipal de habitantes, con referencia al 1 de enero de cada año, formalizando las actuaciones llevadas a cabo durante el ejercicio anterior.
c) Tramitar y resolver las altas y bajas de oficio, así como gestionar las duplicidades
padronales y declarar la caducidad en los casos legalmente previstos.
d) Ceder los datos del Padrón municipal de habitantes en los términos legalmente establecidos.
e) Desarrollar la relación con otras administraciones públicas en cuestiones relativas
al empadronamiento, en especial con el Instituto Nacional de Estadística.
f) Representar al Ayuntamiento en los órganos colegiados de colaboración entre las
distintas administraciones en materia padronal.
g) Coordinar, elaborar instrucciones y asesorar a los distritos y servicios municipales
de atención a la ciudadanía, en relación con la gestión descentralizada del Padrón
municipal de habitantes, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de
Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.
h) Gestionar los trámites padronales que se ofrezcan a los ciudadanos por medios
electrónicos y fomentar su utilización sin perjuicio de las competencias que correspondan a otras áreas de gobierno en materia de atención a la ciudadanía y
administración digital.
i) Realizar la revisión de la relación de entidades y núcleos de población y la división
en secciones del término municipal.
Pág. 213
BOCM-20230721-22
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