Madrid (BOCM-20230721-25)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOCM
Pág. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
7.o
Dirección General de Gestión del Patrimonio
1. Patrimonio:
1.1. Gestión patrimonial:
a) Elaborar propuestas normativas sobre el patrimonio del Ayuntamiento de
Madrid, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de
Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en materia de patrimonio municipal del suelo.
b) Informar preceptivamente las ordenanzas, reglamentos y convenios que
tengan incidencia en el patrimonio del Ayuntamiento de Madrid.
c) Formular las propuestas de resolución de los procedimientos patrimoniales
de competencia del titular del área de gobierno.
d) Realizar los trámites conducentes a la formalización notarial de los contratos y demás negocios jurídicos sobre bienes y derechos del patrimonio del
Ayuntamiento de Madrid, así como la firma de las correspondientes escrituras.
e) Ejercer las competencias en materia de patrimonio relativas a la gestión de
los bienes de dominio público y patrimoniales, sin perjuicio de las competencias atribuidas expresamente a otros órganos.
f) Coordinar y optimizar el uso de los edificios administrativos, así como la
inspección del patrimonio inmobiliario que garantice la correcta utilización
de los bienes por sus usuarios.
g) Ejercer las prerrogativas previstas legalmente para la protección jurídica y
defensa del patrimonio del Ayuntamiento de Madrid, no expresamente atribuidas a otros órganos.
h) Tasar y peritar los inmuebles municipales y aquellos que puedan verse afectados en los distintos negocios jurídicos y actuaciones patrimoniales que se
lleven a cabo, en particular, en las adquisiciones, enajenaciones, permutas
y arrendamientos de bienes del patrimonio del Ayuntamiento de Madrid y
en la regularización jurídica de esos bienes.
1.2. Inventario:
Como órgano responsable del Inventario del Ayuntamiento de Madrid:
a) Formar, aprobar, actualizar y custodiar el Inventario del Ayuntamiento de
Madrid.
b) Formar y custodiar el archivo patrimonial correspondiente al Inventario del
Ayuntamiento de Madrid.
c) Solicitar la inscripción en el Registro de la Propiedad y en los demás registros públicos de los bienes y derechos inscribibles en el Inventario del
Ayuntamiento de Madrid.
d) Remitir trimestralmente a la Intervención General de las altas, bajas y las
demás modificaciones que se efectúen en las inscripciones del Inventario
del Ayuntamiento de Madrid.
e) Emitir los informes previstos en los artículos 18.1, 24 y 25 del Reglamento del
Inventario General del Ayuntamiento de Madrid, de 28 de marzo de 2006.
f) Formar el Inventario General mediante la unión de los inventarios separados al Inventario del Ayuntamiento de Madrid.
BOCM-20230721-25
5. Gestión de procedimientos:
5.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
5.2. Conceder cualquier tipo de licencia, sin perjuicio de las previstas expresamente
en el presente acuerdo.
5.3. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
5.4. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno.
6. Reclamaciones y recursos:
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por cada dirección general.
Pág. 266
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
7.o
Dirección General de Gestión del Patrimonio
1. Patrimonio:
1.1. Gestión patrimonial:
a) Elaborar propuestas normativas sobre el patrimonio del Ayuntamiento de
Madrid, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de
Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en materia de patrimonio municipal del suelo.
b) Informar preceptivamente las ordenanzas, reglamentos y convenios que
tengan incidencia en el patrimonio del Ayuntamiento de Madrid.
c) Formular las propuestas de resolución de los procedimientos patrimoniales
de competencia del titular del área de gobierno.
d) Realizar los trámites conducentes a la formalización notarial de los contratos y demás negocios jurídicos sobre bienes y derechos del patrimonio del
Ayuntamiento de Madrid, así como la firma de las correspondientes escrituras.
e) Ejercer las competencias en materia de patrimonio relativas a la gestión de
los bienes de dominio público y patrimoniales, sin perjuicio de las competencias atribuidas expresamente a otros órganos.
f) Coordinar y optimizar el uso de los edificios administrativos, así como la
inspección del patrimonio inmobiliario que garantice la correcta utilización
de los bienes por sus usuarios.
g) Ejercer las prerrogativas previstas legalmente para la protección jurídica y
defensa del patrimonio del Ayuntamiento de Madrid, no expresamente atribuidas a otros órganos.
h) Tasar y peritar los inmuebles municipales y aquellos que puedan verse afectados en los distintos negocios jurídicos y actuaciones patrimoniales que se
lleven a cabo, en particular, en las adquisiciones, enajenaciones, permutas
y arrendamientos de bienes del patrimonio del Ayuntamiento de Madrid y
en la regularización jurídica de esos bienes.
1.2. Inventario:
Como órgano responsable del Inventario del Ayuntamiento de Madrid:
a) Formar, aprobar, actualizar y custodiar el Inventario del Ayuntamiento de
Madrid.
b) Formar y custodiar el archivo patrimonial correspondiente al Inventario del
Ayuntamiento de Madrid.
c) Solicitar la inscripción en el Registro de la Propiedad y en los demás registros públicos de los bienes y derechos inscribibles en el Inventario del
Ayuntamiento de Madrid.
d) Remitir trimestralmente a la Intervención General de las altas, bajas y las
demás modificaciones que se efectúen en las inscripciones del Inventario
del Ayuntamiento de Madrid.
e) Emitir los informes previstos en los artículos 18.1, 24 y 25 del Reglamento del
Inventario General del Ayuntamiento de Madrid, de 28 de marzo de 2006.
f) Formar el Inventario General mediante la unión de los inventarios separados al Inventario del Ayuntamiento de Madrid.
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5. Gestión de procedimientos:
5.1. Acordar la conclusión y archivo de los procedimientos que aparezcan ultimados
en todos sus trámites.
5.2. Conceder cualquier tipo de licencia, sin perjuicio de las previstas expresamente
en el presente acuerdo.
5.3. Formular las propuestas de resolución de los decretos que hayan de ser adoptados por el titular del área de gobierno.
5.4. Formular las propuestas de suscripción de los convenios competencia del área
de gobierno.
6. Reclamaciones y recursos:
Resolver los recursos de reposición y los extraordinarios de revisión presentados contra los actos dictados por cada dirección general.