Madrid (BOCM-20230721-25)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias. Junta Gobierno
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
cias en materia de gestión y vigilancia de la circulación y de señalización
del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.
f) Renovar, reparar y conservar las fuentes ornamentales, a excepción de las
integradas en los grandes parques, en todos sus elementos, incluido su
alumbrado, así como controlar y supervisar el consumo de energía de las
mismas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras áreas de gobierno en materia de gestión del agua o patrimonio histórico.
g) Ejecutar los proyectos en materia de movilidad relativos a actuaciones menores en vías públicas.
h) Supervisar las actividades del Taller de Cantería y del Laboratorio de
Alumbrado.
i) Promover actuaciones integradas en el ámbito de la renovación de las vías
públicas y actuaciones conjuntas de remodelación zonal, en colaboración
con otras áreas de gobierno y los distritos.
1.3. Gestión de la urbanización:
Redactar proyectos y ejecutar obras de urbanización por los sistemas de cooperación y expropiación, así como las obras de urbanización sobre cesiones de suelo urbano consolidado.
1.4. Urbanización del espacio público:
Redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías
públicas, y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
1.5. Normalización de la urbanización:
a) Redactar y elaborar la propuesta del documento técnico “Normalización de
los Elementos Constructivos para Obras de Urbanización”, en colaboración
con otras áreas de gobierno con competencias en esta materia.
b) Controlar la calidad de las obras y actuaciones de conservación en la vía pública que sean competencia de esta dirección general.
c) Homologar y establecer criterios técnicos para el nuevo alumbrado público
y para sus elementos integrantes.
d) Redactar y elaborar la propuesta de actualización de los instrumentos reguladores de la ejecución de obras, entre otros, el pliego de prescripciones técnicas generales y los cuadros de precios aplicables a las obras.
1.6. Gestión del viario M-30:
a) Ejercer las funciones correspondientes al responsable del contrato en relación con la Sociedad de Economía Mixta “Madrid Calle 30, S. A.”, sin perjuicio de las facultades que corresponden al titular del área de gobierno.
b) Supervisar la conservación e inversiones de renovación del viario M-30 y
conservar los ramales de conexión al mismo.
1.7. Licencias, autorizaciones y concesiones:
a) Conceder las licencias o autorizaciones que sean preceptivas en el ámbito
de su competencia para la realización de obras en la red viaria.
b) Conceder las autorizaciones de uso de las instalaciones de las galerías de
servicio municipales.
c) Conceder autorizaciones para la ocupación de las vías públicas relativas a
obras urgentes o de excepcional interés público, promovidas por otras administraciones públicas, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de
la Ordenanza de Diseño y Gestión de Obras en la Vía Pública, de 31 de mayo
de 2006.
2. Patrimonio:
2.1. Inventario:
Como órgano responsable del epígrafe b) “Vías Públicas”, del Inventario de
Vías Públicas y Zonas Verdes:
a) Formar, aprobar, actualizar y custodiar el epígrafe b) “Vías Públicas”, del
Inventario de Vías Públicas y Zonas Verdes.
BOCM-20230721-25
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 21 DE JULIO DE 2023
B.O.C.M. Núm. 172
cias en materia de gestión y vigilancia de la circulación y de señalización
del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad.
f) Renovar, reparar y conservar las fuentes ornamentales, a excepción de las
integradas en los grandes parques, en todos sus elementos, incluido su
alumbrado, así como controlar y supervisar el consumo de energía de las
mismas, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otras áreas de gobierno en materia de gestión del agua o patrimonio histórico.
g) Ejecutar los proyectos en materia de movilidad relativos a actuaciones menores en vías públicas.
h) Supervisar las actividades del Taller de Cantería y del Laboratorio de
Alumbrado.
i) Promover actuaciones integradas en el ámbito de la renovación de las vías
públicas y actuaciones conjuntas de remodelación zonal, en colaboración
con otras áreas de gobierno y los distritos.
1.3. Gestión de la urbanización:
Redactar proyectos y ejecutar obras de urbanización por los sistemas de cooperación y expropiación, así como las obras de urbanización sobre cesiones de suelo urbano consolidado.
1.4. Urbanización del espacio público:
Redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías
públicas, y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.
1.5. Normalización de la urbanización:
a) Redactar y elaborar la propuesta del documento técnico “Normalización de
los Elementos Constructivos para Obras de Urbanización”, en colaboración
con otras áreas de gobierno con competencias en esta materia.
b) Controlar la calidad de las obras y actuaciones de conservación en la vía pública que sean competencia de esta dirección general.
c) Homologar y establecer criterios técnicos para el nuevo alumbrado público
y para sus elementos integrantes.
d) Redactar y elaborar la propuesta de actualización de los instrumentos reguladores de la ejecución de obras, entre otros, el pliego de prescripciones técnicas generales y los cuadros de precios aplicables a las obras.
1.6. Gestión del viario M-30:
a) Ejercer las funciones correspondientes al responsable del contrato en relación con la Sociedad de Economía Mixta “Madrid Calle 30, S. A.”, sin perjuicio de las facultades que corresponden al titular del área de gobierno.
b) Supervisar la conservación e inversiones de renovación del viario M-30 y
conservar los ramales de conexión al mismo.
1.7. Licencias, autorizaciones y concesiones:
a) Conceder las licencias o autorizaciones que sean preceptivas en el ámbito
de su competencia para la realización de obras en la red viaria.
b) Conceder las autorizaciones de uso de las instalaciones de las galerías de
servicio municipales.
c) Conceder autorizaciones para la ocupación de las vías públicas relativas a
obras urgentes o de excepcional interés público, promovidas por otras administraciones públicas, de conformidad con lo previsto en el artículo 12 de
la Ordenanza de Diseño y Gestión de Obras en la Vía Pública, de 31 de mayo
de 2006.
2. Patrimonio:
2.1. Inventario:
Como órgano responsable del epígrafe b) “Vías Públicas”, del Inventario de
Vías Públicas y Zonas Verdes:
a) Formar, aprobar, actualizar y custodiar el epígrafe b) “Vías Públicas”, del
Inventario de Vías Públicas y Zonas Verdes.
BOCM-20230721-25
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